Trabajo se?ala que cualquier nueva contrataci¨®n debe respetar el SMI de 2024, pese a la derogaci¨®n en el Congreso
El ministerio reacciona tras el rechazo parlamentario. La Direcci¨®n General de Trabajo elabora un criterio interpretativo que considera ¡°contrario a los principios b¨¢sicos que ordenan la normativa laboral la desaparici¨®n de un suelo legal para la contrataci¨®n por cuenta ajena¡±
El Ministerio de Trabajo considera ¡°contrario a los principios b¨¢sicos que ordenan la normativa laboral la desaparici¨®n de un suelo legal para la contrataci¨®n por cuenta ajena¡±. As¨ª lo expresa la Direcci¨®n General de Trabajo en un criterio interpretativo acordado este jueves, al que ha tenido acceso EL PA?S. De esta forma, pese a la derogaci¨®n de la pr¨®rroga del salario m¨ªnimo interprofesional (SMI) que decidi¨® el Congreso este...
El Ministerio de Trabajo considera ¡°contrario a los principios b¨¢sicos que ordenan la normativa laboral la desaparici¨®n de un suelo legal para la contrataci¨®n por cuenta ajena¡±. As¨ª lo expresa la Direcci¨®n General de Trabajo en un criterio interpretativo acordado este jueves, al que ha tenido acceso EL PA?S. De esta forma, pese a la derogaci¨®n de la pr¨®rroga del salario m¨ªnimo interprofesional (SMI) que decidi¨® el Congreso este mi¨¦rcoles con el voto en contra (de PP, Vox y Junts) al decreto ¨®mnibus, el departamento que dirige Yolanda D¨ªaz considera que el SMI de 2024 (1.134 euros brutos al mes en 14 pagas) debe seguir aplicando a cualquier contrataci¨®n que se haga desde hoy mismo. Y avisa de que Inspecci¨®n estar¨¢ pendiente de posibles incumplimientos.
¡°Las nuevas contrataciones no deben tomar como referencia un salario m¨ªnimo inferior al fijado en el SMI de 2024. La Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social vigilar¨¢ que las personas trabajadoras reciban puntualmente la remuneraci¨®n pactada y verificar¨¢ el cumplimiento estricto de esta obligaci¨®n empresarial¡±, indican desde el ministerio de D¨ªaz. Cabe precisar que esta instrucci¨®n cubre un periodo breve, ya que pronto (seguramente en unas dos semanas) se aprobar¨¢ un nuevo incremento del SMI con car¨¢cter retroactivo, de manera que cualquier afectado recuperar¨ªa la diferencia en la n¨®mina posterior.
El 23 de diciembre de 2024 el Consejo de Ministros aprob¨® el real decreto-ley 9/2024, en el que en uno de sus p¨¢rrafos dice lo siguiente: ¡°Se incluye la pr¨®rroga de la vigencia del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario m¨ªnimo interprofesional (SMI) para 2024, durante el periodo necesario para garantizar la continuidad de los trabajos de la mesa de di¨¢logo social en la b¨²squeda, un a?o m¨¢s, de un incremento pactado del salario m¨ªnimo interprofesional¡±.
Es decir, ante la previsi¨®n de que la menor retribuci¨®n posible de 2025 no iba a quedar establecida antes del final del a?o, el Gobierno prorrog¨® la de 2024. El fracaso de este mi¨¦rcoles en la convalidaci¨®n de dicho real decreto-ley caus¨® mucha confusi¨®n. No estaba claro si pasaba a aplicar el salario m¨ªnimo de 2023 o si dejaba de regir el SMI. Por ello, Trabajo anunci¨® medidas concretas para evitar problemas: insisti¨® en que el nuevo incremento, como los ¨²ltimos a?os, ser¨¢ retroactivo, de manera que cualquiera que firmase un contrato por debajo del actual SMI luego recuperar¨ªa la diferencia; y anunci¨® la publicaci¨®n de unas pautas.
Esas pautas se concretan en el criterio interpretativo firmado este mi¨¦rcoles. Es un an¨¢lisis de cinco p¨¢ginas de la malla legal que sustenta el salario m¨ªnimo, recordando el punto de partida. Empieza por el art¨ªculo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, que dice: ¡°El Gobierno fijar¨¢, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales m¨¢s representativas, anualmente, el salario m¨ªnimo interprofesional¡±. Con base en ello, la Direcci¨®n General de Trabajo considera que el establecimiento del SMI ¡°supone un deber del que el Gobierno no puede sustraerse y que no decae en ning¨²n caso¡±.
Esa ¨²ltima parte, el ¡°no decae en ning¨²n caso¡±, anticipa el resto de la interpretaci¨®n: ¡°Que sea habitual la aprobaci¨®n anual de normas con rango de ley, en el caso de que entre los reales decretos anuales de fijaci¨®n del SMI exista soluci¨®n de continuidad, no es m¨¢s que la prueba tangible de, en primer lugar, que los decretos que fijan el SMI tienen vigencia anual y, en segundo lugar, que el legislador no contempla periodos en los que el SMI no exista¡±.
Por ello, interpreta Trabajo, ¡°es indudable que la s¨²bita desaparici¨®n del citado suelo m¨ªnimo para el salario por cuenta ajena¡± generar¨ªa efectos indeseados, entre los que cita: una desvirtuaci¨®n del car¨¢cter protector del SMI, una situaci¨®n de incertidumbre e inseguridad jur¨ªdica, la imposibilidad de aplicar otras magnitudes relacionadas con el SMI o el incumplimiento de las exigencias ¡°que se derivan de normas nacionales e internacionales¡±.
¡°Se reputa imprescindible entender¡±, finaliza Trabajo, ¡°que la desaparici¨®n abrupta de la pr¨®rroga del SMI no afecta a los contratos ya vigentes, que no pueden reducir la cuant¨ªa¡±. Respecto a las nuevas contrataciones, concluye que las que se produjeran ¡°durante el breve lapso en que el SMI de 2024 no cuente con pr¨®rroga expresa y surta sus efectos el nuevo SMI de 2025, estas no deber¨ªan tomar referencias salariales inferiores al SMI vigente en 2024¡å. Lo justifica argumentando que ¡°quedar¨ªan vac¨ªos de contenido los mandatos constitucionales antes rese?ados¡±.
La instrucci¨®n termina con un aviso: ¡°Conviene destacar que corresponde a la Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social, como servicio p¨²blico, vigilar el cumplimiento de las normas del orden social¡±. Agrega que Inspecci¨®n ¡°proceder¨¢ a verificar la estricta observancia de esta obligaci¨®n empresarial¡±.
Confusi¨®n
¡°El Ministerio de Trabajo est¨¢ desde el minuto uno tomando las medidas necesarias para que esta falta de pr¨®rroga de 2024, hasta que se apruebe la de 2025, no tenga ning¨²n efecto negativo¡±, explico este mi¨¦rcoles el secretario de Estado de Trabajo, Joaqu¨ªn P¨¦rez Rey, despu¨¦s de la reuni¨®n con los agentes para abordar un nuevo incremento del SMI. ¡°Vamos a tomar todas las medidas necesarias para que nadie sufra consecuencias negativas derivadas de esta insensata actuaci¨®n del PP. Tendr¨¢n que explican a la ciudadan¨ªa por qu¨¦ han vuelto a golpear a los m¨¢s d¨¦biles¡±, agreg¨®.
P¨¦rez Rey asegur¨® que el incremento de 2025 se aprobar¨¢ ¡°cuanto antes¡±. Por las declaraciones de los agentes sociales, todo apunta a que habr¨¢ acuerdo entre sindicatos y ministerio el pr¨®ximo mi¨¦rcoles, con escasas opciones de que participe la patronal. De ser as¨ª, lo m¨¢s previsible es que el nuevo incremento se aprobase en el Consejo de Ministros de la semana siguiente, el martes 4 de febrero. En 2024, centrales y Trabajo lo pactaron el 12 de enero y se aprob¨® en Consejo de Ministros del 6 de febrero, con car¨¢cter retroactivo desde el primer d¨ªa del a?o.