Trucos para ajustar la pr¨®xima declaraci¨®n de la renta (dese prisa porque solo le queda un mes para beneficiarse)
La campa?a de 2024 incluye cambios que los ahorradores deben valorar con vistas a optimizar su IRPF
Llegar¨¢n abril, mayo o junio de 2024 y habr¨¢ que hacer, como todos los a?os, cuentas con Hacienda. En esa pr¨®xima declaraci¨®n de renta, IRPF 2023, habr¨¢ que tener en cuenta las novedades aprobadas respecto, por ejemplo, a las reducciones aplicables a los rendimientos netos de trabajo (que aumentan). Tambi¨¦n las relativas al incremento hasta el 7% (frente al 5% anterior) del porcentaje de reducci¨®n por gastos de dif¨ªcil justificaci¨®n en el r¨¦...
Llegar¨¢n abril, mayo o junio de 2024 y habr¨¢ que hacer, como todos los a?os, cuentas con Hacienda. En esa pr¨®xima declaraci¨®n de renta, IRPF 2023, habr¨¢ que tener en cuenta las novedades aprobadas respecto, por ejemplo, a las reducciones aplicables a los rendimientos netos de trabajo (que aumentan). Tambi¨¦n las relativas al incremento hasta el 7% (frente al 5% anterior) del porcentaje de reducci¨®n por gastos de dif¨ªcil justificaci¨®n en el r¨¦gimen de estimaci¨®n directa simplificada o del 10% para quienes determinen el rendimiento neto de sus actividades econ¨®micas por el m¨¦todo de estimaci¨®n objetiva. O adicionalmente, entre otras, la relativa a la posibilidad de aplicarse una nueva deducci¨®n del 15%, con una base m¨¢xima de 20.000 euros, del valor de adquisici¨®n de un veh¨ªculo el¨¦ctrico ¡°enchufable¡± nuevo y no afecto a actividades econ¨®micas. En lo que respecta al ahorro y la inversi¨®n, hay tambi¨¦n novedades importantes que conviene, a decir de los expertos, valorar antes de final de a?o para, en la medida de lo posible, reducir la pr¨®xima factura fiscal.
La primera y m¨¢s significativa novedad del pr¨®ximo IRPF tiene que ver con que se han regulado nuevos tipos de gravamen en la escala del ahorro, a?adiendo dos tramos a la base liquidable entre 200.000 y 300.000 euros con un tipo del 27% (antes 26%), y a partir de 300.000 euros, del 28%. Por tanto, tal y como explican desde Abante Asesores, y dado que en la actualidad la ley nos permite compensar determinadas ganancias patrimoniales con p¨¦rdidas, bajo ciertos requisitos y plazos, si se tienen plusval¨ªas reales y p¨¦rdidas latentes, puede convenir hacer efectivas estas ¨²ltimas para dejar de tributar por las primeras. No solo se trata de ganancias y p¨¦rdidas por venta de acciones, viviendas, fondos de inversi¨®n¡, sino tambi¨¦n de dividendos, seguros o venta de bonos, pues se mantienen los porcentajes de compensaci¨®n ¡°cruzados¡± del 25%. En este terreno, recuerdan los expertos, han de cumplirse las normas antiaplicaci¨®n, que dicen que cuando se compran valores cotizados ¡ªacciones, t¨ªtulos de renta fija o fondos de inversi¨®n¡ª y se venden con p¨¦rdidas, no es posible declarar dicha p¨¦rdida si se han adquirido t¨ªtulos homog¨¦neos durante los dos meses anteriores o los dos posteriores al momento de dicha venta.
La segunda de las grandes novedades toca de lleno a los planes de pensiones. La nueva normativa establece que la cantidad m¨¢xima que se puede aportar al plan de pensiones individual, reduciendo as¨ª el volumen de ingresos a declarar y con ello los impuestos a pagar, es de 1.500 euros. La cuesti¨®n es que, este a?o, este importe puede incrementarse en 8.500 euros m¨¢s si, seg¨²n el ¨²ltimo estudio del REAF- CGE sobre planificaci¨®n de la Renta 2023, tal incremento proviene de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador. En este l¨ªmite de 8.500 euros es donde la nueva ley introduce algo m¨¢s de flexibilidad para las aportaciones del trabajador, explican. ¡°Hasta ahora, el trabajador solo pod¨ªa aportar, como m¨¢ximo, la misma cuant¨ªa que la empresa. A partir de 2023 el trabajador puede aportar m¨¢s que la empresa en funci¨®n de unos coeficientes¡±, lo que, de alguna manera, vuelve a incentivar fiscalmente las contribuciones a la previsi¨®n social.
En el caso de las personas que trabajan por cuenta propia, seg¨²n explican desde Abante Asesores, estas tienen la posibilidad de aportar a su plan de pensiones individual 1.500 euros y, adicionalmente, pueden complementar el ahorro a trav¨¦s de un plan de pensiones de empleo simplificado, con aportaciones de hasta 4.250 euros. Por lo que, en total, los aut¨®nomos pueden aportar hasta 5.750 euros. A un tipo medio en el IRPF del 40%, dicha cantidad supone un ahorro de impuestos de 2.300 euros.
En lo relativo a planes de pensiones, adem¨¢s de en las aportaciones, tambi¨¦n es importante, seg¨²n los t¨¦cnicos, pensar en el rescate de los planes de pensiones. Es decir, si se hace este ejercicio o en otro a?o fiscal, y si se ejecuta en forma de renta o como capital. Respecto a 2023 en concreto, desde Abante Asesores se se?ala que ¡°las aportaciones que se hayan realizado antes del 31 de diciembre de 2006 se pueden rescatar con una reducci¨®n del 40%, siempre que se cumplan estas fechas: los que se jubilaron a partir de 2015 tienen el a?o de jubilaci¨®n en curso y los dos siguientes para poder aplicarse la deducci¨®n. Es decir, 2023 es el ¨²ltimo a?o para los que se hayan jubilado en 2021¡å.
Hay otras operaciones financiero-fiscales que pueden resultar convenientes para tratar de minimizar la pr¨®xima factura fiscal. Desde el REAF-CGE se se?alan, entre otras, que si se est¨¢ muy pr¨®ximo a cumplir los 65 a?os y se desea vender la vivienda habitual, es mejor esperar a tener dicha edad porque en ese caso la posible plusval¨ªa no tributa. Y, explican, que si en lugar de la vivienda habitual se transmite otro elemento patrimonial, ¡°tampoco se tributar¨¢ por la ganancia obtenida si el importe total se destina a la constituci¨®n de una renta vitalicia asegurada, con un l¨ªmite m¨¢ximo de 240.000 euros, antes de que transcurran seis meses desde la venta¡±.
El Colegio de Economistas recuerda igualmente que ¡°si adquiri¨® alg¨²n bien antes de 1995 y lo ha transmitido, le conviene hacer n¨²meros para optimizar la factura fiscal¡±. ?La raz¨®n? Hay que tener en cuenta que se pueden aplicar los llamados coeficientes de abatimiento, de entre el 11,11% y el 25% seg¨²n los activos, sobre un valor m¨¢ximo de 400.000 euros. ¡°De ah¨ª que haya que analizar si interesa reducir la plusval¨ªa de esta venta porque si esta es peque?a y hay otras alternativas futuras, podr¨ªa ser m¨¢s conveniente no reducirla y reservar el l¨ªmite para otra operaci¨®n posterior¡±. No hay que olvidar tampoco que las donaciones a fundaciones, asociaciones e incluso partidos pol¨ªticos dan derecho a deducciones en el IRPF superiores al 10% de su importe, con algunos supuestos de hasta el 85% por los primeros 150 euros.
El caso de la vivienda
Respecto a la vivienda, desde Abante Asesores se hace una ¨²ltima precisi¨®n. Si se adquiri¨® antes del 1 de enero de 2013, es posible deducir un 15% de lo aportado en 2023, sobre un m¨¢ximo de 9.040 euros, lo que supondr¨ªa hasta 1.356 euros. De ah¨ª que estos expertos recuerden que ¡°si el importe de nuestra hipoteca es inferior a esos 9.040 euros y no tenemos comisi¨®n de cancelaci¨®n anticipada, deber¨ªamos valorar si nos interesa amortizar anticipadamente parte de la hipoteca para llegar a ese l¨ªmite y poder deducirnos sobre el m¨¢ximo¡±.
En el caso de las criptomonedas, seg¨²n explican desde el REAF, ¡°en el momento en que un contribuyente convierte una criptomoneda en euros, bien a trav¨¦s de una operaci¨®n digital bien a trav¨¦s del pago de una compra con tarjeta de d¨¦bito en moneda virtual, se produce una alteraci¨®n en la composici¨®n de su patrimonio que genera una ganancia o p¨¦rdida patrimonial a integrar en la base imponible del ahorro¡±. Si se han obtenido beneficios, se ha de tributar por ellos. Eso s¨ª, hay que tener en cuenta, para su c¨¢lculo, las comisiones de compra y de venta y que se aplica el m¨¦todo FIFO (primera entrada, primera salida), por lo que el hecho de que los bitcoins se adquieran y transmitan en diferentes casas de cambio o exchanges no altera su homogeneidad fiscal. De ah¨ª la importancia, con vistas a final de a?o, de controlar todas las operaciones llevadas a cabo para determinar si conviene o no realizar alguna operaci¨®n adicional para compensar p¨¦rdidas o ganancias.
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