La Abogac¨ªa del Estado considera que no se puede mantener el plan de desescalada sin el estado de alarma
S¨¢nchez revela que el asesor jur¨ªdico del Gobierno descarta que las leyes sanitarias permitan restringir derechos fundamentales
La Abogac¨ªa del Estado considera que no hay una alternativa jur¨ªdica al estado de alarma para seguir limitando de forma general los movimientos de los ciudadanos durante la desescalada. Pedro S¨¢nchez ha revelado este mi¨¦rcoles que el Gobierno ha pedido tres veces la opini¨®n de la Abogac¨ªa sobre la posibilidad de aplicar las leyes sanitarias ...
La Abogac¨ªa del Estado considera que no hay una alternativa jur¨ªdica al estado de alarma para seguir limitando de forma general los movimientos de los ciudadanos durante la desescalada. Pedro S¨¢nchez ha revelado este mi¨¦rcoles que el Gobierno ha pedido tres veces la opini¨®n de la Abogac¨ªa sobre la posibilidad de aplicar las leyes sanitarias vigentes para mantener las restricciones a la libertad de circulaci¨®n y de reuni¨®n y que la respuesta siempre ha sido la misma. ¡°No hay alternativa, no hay plan b¡±, repiti¨® ayer S¨¢nchez desde la tribuna del Congreso.
El PP se ha opuesto a las dos ¨²ltimas pr¨®rrogas del estado de alarma esgrimiendo un plan jur¨ªdico alternativo que aparca la aplicaci¨®n de esta figura que la Constituci¨®n reserva para momentos excepcionales y la sustituye por medidas contempladas en leyes sanitarias y de seguridad. Pero el Ejecutivo sigue aferrado al estado de alerta bas¨¢ndose en dos premisas: los asesores en materia sanitaria consideran que es imprescindible seguir limitando los movimientos de los ciudadanos para evitar que el virus se propague y los asesores jur¨ªdicos advierten de que esto solo es posible con el estado de alarma.
El Gobierno hab¨ªa asumido hasta ahora en exclusiva la decisi¨®n jur¨ªdica, pero S¨¢nchez ha dado a entender este mi¨¦rcoles en el Congreso que el Ejecutivo ha tenido dudas y no ha descartado explorar otras f¨®rmulas. La Abogac¨ªa del Estado, sin embargo, se lo ha desaconsejado. El presidente ha revelado que se ha pedido la opini¨®n de la Abogac¨ªa en tres ocasiones y que, en todos los casos, el asesor jur¨ªdico del Gobierno ha dicho que no hay alternativa al estado de alarma para seguir limitando la libertad de circulaci¨®n y de reuni¨®n hasta el final de la desescalada.
Aunque cada una de las tres fases va flexibilizando las restricciones de movimientos, no es hasta que no acabe la tercera (prevista para la mayor¨ªa de la poblaci¨®n a finales de junio) cuando se podr¨¢ viajar libremente entre provincias. Adem¨¢s, al menos durante la fase 1, a la que todav¨ªa no han llegado las dos ciudades m¨¢s pobladas de Espa?a, Madrid y Barcelona, se limita tambi¨¦n el derecho de reuni¨®n (¡°deber¨ªan¡± ser de un m¨¢ximo de 10 personas). El Gobierno considera estas medidas esenciales para mantener la propagaci¨®n del virus bajo control, y, seg¨²n ha asegurado S¨¢nchez, la Abogac¨ªa las ve incompatibles con la legislaci¨®n sanitaria vigente.
El presidente ha le¨ªdo varios extractos de esos informes, que no se han hecho p¨²blicos. El ¨²ltimo de ellos, seg¨²n S¨¢nchez, est¨¢ fechado el 5 de mayo y es categ¨®rico: ¡°Siendo imprescindible seguir manteniendo limitaciones a la libertad deambulatoria en el conjunto del territorio nacional para contener la pandemia no existe alternativa jur¨ªdica al estado de alarma que permita restringir el derecho fundamental del art¨ªculo 19 de la Constituci¨®n [libertad de circulaci¨®n] con el referido alcance general¡±, afirma la Abogac¨ªa.
El Gobierno, seg¨²n S¨¢nchez, ha preguntado espec¨ªficamente al ¨®rgano que dirige Consuelo Castro por la alternativa jur¨ªdica plateada por el PP, basada en la Ley Org¨¢nica de Medidas Especiales en Materia de Salud P¨²blica de Salud P¨²blica y la Ley General de Sanidad, ambas de 1986, y en la Ley General de Salud P¨²blica, de 2011. Seg¨²n la Abogac¨ªa, la ley de salud p¨²blica de 1986 faculta a las autoridades sanitarias para ¡°adoptar determinadas medidas para proteger la salud p¨²blica¡±, pero ¡°ninguna de esas medidas habilita a dichas autoridades para actuar ante una emergencia sanitaria que, afectando de manera potencial a la mayor¨ªa de la poblaci¨®n, no a personas determinadas o a grupos concretos de ellas, y en la totalidad el territorio nacional, como es el caso del covid-19, requiere la adopci¨®n de restricciones a un derecho fundamental como la libertad de circulaci¨®n¡±.
Menos encaje a¨²n, seg¨²n la Abogac¨ªa, tienen las restricciones de movimientos generalizadas en las otras dos leyes sanitarias. Ambas permiten a las autoridades sanitarias acometer determinadas actuaciones en caso de que exista riego para la salud, pero contemplan medidas como la inmovilizaci¨®n de productos o el cierre de instalaciones o empresas, por lo que, seg¨²n la Abogac¨ªa no dan cobertura suficiente para restringir derechos fundamentales.
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