El Constitucional evita anular el C¨®digo Tributario catal¨¢n a cambio de limitarlo
Un sector del tribunal lo ve¨ªa inconstitucional al considerarlo como estructura de estado
El Tribunal Constitucional evit¨® este mi¨¦rcoles la anulaci¨®n completa del C¨®digo Tributario catal¨¢n a cambio de limitar las nuevas competencias que asignaba a la administraci¨®n auton¨®mica. El pacto interno se logr¨® con una sentencia esencialmente interpretativa. La doble finalidad del fallo es cortar por una parte la vis expansiva del texto, que hab¨ªa llevado a las fuerzas independentistas a dise?ar atribuciones propias de la Hacienda estatal, y...
El Tribunal Constitucional evit¨® este mi¨¦rcoles la anulaci¨®n completa del C¨®digo Tributario catal¨¢n a cambio de limitar las nuevas competencias que asignaba a la administraci¨®n auton¨®mica. El pacto interno se logr¨® con una sentencia esencialmente interpretativa. La doble finalidad del fallo es cortar por una parte la vis expansiva del texto, que hab¨ªa llevado a las fuerzas independentistas a dise?ar atribuciones propias de la Hacienda estatal, y por otra parte definir mejor el per¨ªmetro de actuaci¨®n de la autoridad tributaria catalana con autonom¨ªa reconocida y centrada en sus impuestos propios y los cedidos por el Estado.
El resultado fue anular parcialmente el c¨®digo, dando pautas para la aplicaci¨®n de otros preceptos en t¨¦rminos compatibles con la Constituci¨®n. De este modo la sentencia ¡ªde la que ha sido ponente el magistrado C¨¢ndido Conde-Pumpido¡ª renuncia a declarar inconstitucional la ley catalana, como plante¨® la Abogac¨ªa del Estado. Esta opci¨®n cont¨® al principio de los debates con el respaldo de una parte del sector conservador del Constitucional. La tesis de dicho grupo era que resultaba precisa la anulaci¨®n total del C¨®digo por entender que buscaba establecer una de las estructuras de estado en el marco del proc¨¦s.
En la fase final, el debate se centr¨® en cinco art¨ªculos, que quedaron suspendidos desde que el Constitucional admiti¨® a tr¨¢mite el recurso presentado por el Gobierno en septiembre de 2017. Apenas una semana antes el Parlament de Catalu?a hab¨ªa aprobado las leyes de desconexi¨®n. Y pocos d¨ªas despu¨¦s se produjeron los hechos de la Conselleria de Econom¨ªa, ante la que se concentraron miles de personas mientras la Guardia Civil registraba sus dependencias, en busca documentaci¨®n sobre los planes del proceso independentista. La ley fue aprobada con los votos de Junts pel S¨ª (que entonces reun¨ªa a CDC, ERC y otros grupos minoritarios) y la CUP, y con la oposici¨®n del PSC, Ciudadanos y PP.
Casi tres a?os m¨¢s tarde, lo que ha hecho el Constitucional es acordar una sentencia muy t¨¦cnica, a la que ayer a¨²n se daban los ¨²ltimos retoques, en la que se sientan claramente diversos principios, en el sentido de que la hacienda catalana tiene su propio ¨¢mbito de competencias, que no puede rebasar sin incurrir en motivos de inconstitucionalidad. Por ejemplo, no podr¨¢ regular los plazos de prescripci¨®n en materia tributaria. En sustancia, se trata de que la comunidad aut¨®noma asuma que sus atribuciones se ci?en a los impuestos auton¨®micos y cedidos, y que tales atribuciones no pueden extenderse a las de titularidad estatal.
En paralelo, el Constitucional rechaz¨® ayer las recusaciones formuladas por tres de los condenados en la sentencia del proc¨¦s (Oriol Junqueras, Ra¨¹l Romeva y Carme Forcadell) contra todos los magistrados del tribunal. Los tres consideran que el Constitucional no es con su actual composici¨®n un tribunal imparcial, entre otras razones porque todos sus miembros han participado en decisiones anteriores del propio tribunal sobre el proc¨¦s. El Constitucional ha confirmado su doctrina contraria a las recusaciones cuando se plantean contra todos los miembros del tribunal. Sostiene que es una instituci¨®n que no puede ser sustituida por ninguna otra en su misi¨®n de interpretaci¨®n de la Constituci¨®n, por lo que toda iniciativa dirigida contra la totalidad de sus integrantes estar¨ªa destinada a fracasar.