El Poder Judicial elige a dos magistrados del Supremo por orden del alto tribunal pese a la reforma que veta los nombramientos
El CGPJ designa de nuevo a dos jueces de la Sala de lo Militar cuya designaci¨®n anul¨® la justicia
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este lunes la designaci¨®n de Fernando Mar¨ªn y Ricardo Cuesta como magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo. La designaci¨®n supone en la pr¨¢ctica incumplir la reforma legal que impide al ¨®rgano de gobierno de los jueces hacer nombramientos discrecionales cuando, como ahora, tiene el mandato caducado. ...
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este lunes la designaci¨®n de Fernando Mar¨ªn y Ricardo Cuesta como magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo. La designaci¨®n supone en la pr¨¢ctica incumplir la reforma legal que impide al ¨®rgano de gobierno de los jueces hacer nombramientos discrecionales cuando, como ahora, tiene el mandato caducado. Pero el Consejo ha votado las designaciones en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo que anul¨® por un defecto de forma los nombramientos de Mar¨ªn y Cuesta, realizados en noviembre de 2019, y orden¨® al CGPJ que eligiera a dos magistrados de la Sala de lo Militar a pesar de la reforma legal que impide a los actuales vocales designar puestos discrecionales.
El asunto que ten¨ªa este lunes sobre la mesa el pleno del Consejo General del Poder Judicial ha generado un debate jur¨ªdico interno entre los vocales. El alto tribunal anul¨® los nombramientos realizados en noviembre de 2019 por dos defectos formales ¡ªla falta de unos informes preceptivos y la decisi¨®n del CGPJ de no hacer ternas de candidatos sino duplas¡ª e inst¨® al Consejo a retrotraer el proceso de selecci¨®n al momento en que se produjo el primero de esos defectos. Y como este momento era muy anterior a la ley que impide al CGPJ hacer nombramientos, la nueva norma no afectaba a estas designaciones, seg¨²n las dos sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (una por cada nombramiento anulado).
Las sentencias del Supremo estaban fechadas el 8 de abril, cuando la reforma legal llevaba ya una semana en vigor, pero su redacci¨®n es claramente anterior a que se aprobara la norma, ya que la Sala hace referencia al ¡°supuesto de que el legislador modificara la capacidad del Consejo General del Poder Judicial para hacer nombramientos antes de su renovaci¨®n o, incluso, que modificara la configuraci¨®n de sus ¨®rganos internos¡±, se?al¨® el alto tribunal. ¡°Tales modificaciones, de producirse, no pueden afectar a una sentencia firme que retrotrae actuaciones a un momento anterior a tales hipot¨¦ticos cambios¡±, sosten¨ªa el alto tribunal.
El Supremo ratific¨® su posici¨®n m¨¢s adelante cuando uno de los candidatos a las plazas en litigio pidi¨® una aclaraci¨®n sobre las consecuencias de la entrada en vigor de la reforma legal. La Sala de lo Contencioso dict¨® un auto se?alando la irrelevancia de ese cambio y reiterando que las sentencias deb¨ªan ejecutarse en sus propios t¨¦rminos en el plazo fijado, en este caso, de un mes.
Todos los vocales reunidos este lunes en el pleno coincid¨ªan en que las sentencias dictadas por el Supremo obligaban a elaborar nuevas ternas de candidatos, elevarlas al pleno y votar. Pero mientras algunos vocales apostaban por votar las designaciones sin m¨¢s como todas las anteriores que se hicieron hasta que entr¨® en vigor la reforma legal, otros ten¨ªan dudas de si hab¨ªa que propiciar el nombramiento porque consideraban discriminatorio completar estas vacantes mientras otras se quedan sin cubrir.
Finalmente se ha impuesto la primera tesis y el Consejo ha elegido por amplia mayor¨ªa a los dos mismos magistrados seleccionados en 2019 y que ya ven¨ªan ejerciendo como tal desde entonces en la Sala de lo Militar. Para la primera plaza, Fernando Mar¨ªn ha obtenido 18 de los 21 votos emitidos; mientras que para la segunda, Ricardo Cuesta ha recabado 15 y otro el candidato Carlos Mel¨®n, que fue quien recurri¨® el anterior nombramiento al Supremo, ha obtenido tres. Solo tres vocales, Roser Bach, Enrique Lucas y Concepci¨®n S¨¢ez, optaron por votar en blanco, aunque los dos ¨²ltimos vienen votando as¨ª desde hace meses porque entienden que el CGPJ en funciones no est¨¢ legitimado para hacer nombramientos en funciones incluso antes de que entrara en vigor la ley que los veta.
Sin cr¨ªticas al decreto del fin de la alarma
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha debatido este lunes otro asunto que, de haber prosperado, habr¨ªa levantado nuevas ampollas con el Ejecutivo: la propuesta registrada por siete vocales del sector conservador para que el ¨®rgano se pronunciase sobre el hecho de que el Gobierno haya dejado en manos del Tribunal Supremo las restricciones de derechos fundamentales para combatir la pandemia tras el estado de alarma, sin pedir un informe al CGPJ. Al haberse tramitado la norma como real decreto ley, el Gobierno no ten¨ªa que pedir la opini¨®n del Consejo, pero estos vocales consideraban que debi¨® hacerlo aunque no estuviera obligado. La propuesta fue rechazada por 12 votos en contra, 7 a favor y 2 en blanco.