El Supremo suspende la renovaci¨®n de la Agencia de Protecci¨®n de Datos porque el proceso est¨¢ ¡°viciado de ra¨ªz¡±
El tribunal da la raz¨®n a uno de los candidatos, que denunci¨® que el nombramiento estaba decidido antes de convocarse el proceso selectivo
El Tribunal Supremo ha ordenado parar la renovaci¨®n de la c¨²pula de la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) al considerar que el proceso iniciado en noviembre por el Gobierno ¡°est¨¢ viciado de ra¨ªz al apartarse de la normativa vigente¡±. La decisi¨®n de la Sala de lo Contencioso-Administrativo responde a la petici¨®n de suspensi¨®n cautelar de uno de los candidatos incluido en la terna para elegir al nuevo presidente de la AEPD, quien ...
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El Tribunal Supremo ha ordenado parar la renovaci¨®n de la c¨²pula de la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) al considerar que el proceso iniciado en noviembre por el Gobierno ¡°est¨¢ viciado de ra¨ªz al apartarse de la normativa vigente¡±. La decisi¨®n de la Sala de lo Contencioso-Administrativo responde a la petici¨®n de suspensi¨®n cautelar de uno de los candidatos incluido en la terna para elegir al nuevo presidente de la AEPD, quien consider¨® que se hab¨ªa vulnerado su derecho fundamental al acceso a cargos p¨²bicos en condiciones de igualdad ¡°ante el hecho notorio de que el nombramiento estaba decidido antes de convocarse el proceso selectivo¡±.
La c¨²pula de la AEPD, dirigida por Mar Espa?a, ten¨ªa que haberse renovado en 2019, pero la elecci¨®n de la presidencia, que antes era discrecional del Gobierno, est¨¢ regulada desde 2018 por una ley que exige una mayor¨ªa de tres quintos del Congreso. El PSOE y el PP incluyeron la agencia de protecci¨®n de datos en el acuerdo que alcanzaron en octubre pasado para renovar el Tribunal Constitucional y el de Cuentas, y en el comunicado enviado a los medios la noche del 21 de octubre para comunicar los nombres de los elegidos para cada plaza, desvelaron que la AEPD pasar¨ªa a tener una presidenta, Bel¨¦n Cardona ¨Ccatedr¨¢tica de Derecho del Trabajo y actual subsecretaria de Justicia, Interior y Administraci¨®n P¨²blica de la Generalitat valenciana¨C, propuesta por los socialistas, y una adjunt¨ªa a la presidencia, Borja Adsuara ¨Cabogado y consultor en derecho digital¨C, a iniciativa popular.
Pero la ley que regula desde 2018 la AEPD obliga a que su presidencia salga de una convocatoria p¨²blica, que no se hab¨ªa realizado cuando PSOE y PP comunicaron su acuerdo. Se convoc¨® casi un mes despu¨¦s y concurrieron Cardona, Adsuara y otros 12 candidatos. Todos pasaron por un proceso de selecci¨®n y, en febrero, el Consejo de Ministros envi¨® al Congreso una terna que propuso un comit¨¦ de expertos para el puesto de presidente (que incluye a Cardona) y otra para el de la adjunt¨ªa (que incluye a Adsuara).
Los recursos presentados por dos de los candidatos tambi¨¦n incluidos en las ternas se dirigen contra ese acuerdo del Consejo de Ministros. Uno de los recurrentes, Ricard Mart¨ªnez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, hab¨ªa pedido al Supremo la suspensi¨®n cautelar¨ªsima (de urgencia y sin o¨ªr al resto de partes) del proceso, pero el tribunal lo rechaz¨® el pasado viernes porque no hay evidencia de que el Congreso vaya a elegir de forma ¡°inminente¡± al nuevo presidente. Pero los magistrados de la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Contencioso s¨ª aceptaron estudiar la suspensi¨®n cautelar solicitada por otro de los candidatos, Leonardo Cervera, director del Supervisor Europeo de Protecci¨®n de Datos, y eso es lo que han acordado este lunes tras escuchar las opiniones de la Abogac¨ªa del Estado y de la Fiscal¨ªa, contrarias ambas a frenar el procedimiento.
El Supremo solo ten¨ªa que pronunciarse ahora sobre la paralizaci¨®n temporal del proceso, pero en el auto redactado para exponer su decisi¨®n dejan claras muestras de que, al menos su primera impresi¨®n, es que el Gobierno se ha saltado la normativa, ¡°desde el momento en que, en puridad, no hay tal proceso, sino mera apariencia¡±. La petici¨®n de suspensi¨®n cautelar tiene un fundamento ¡°serio y atendible¡± porque el procedimiento est¨¢ ¡°viciado de ra¨ªz¡±, advierte la sala, que se?ala dos supuestos incumplimientos. El primero, que los nombres de los futuros responsables de la Agencia fueron pactados por el Gobierno y el PP un mes antes de convocarse el proceso selectivo. El segundo, que la norma que regula este nombramiento establece que el Consejo de Ministros ¡°debe remitir el nombre de un candidato para cada uno de los dos cargos al Congreso para su ratificaci¨®n, pero no una terna por orden alfab¨¦tico, como envi¨® el Gobierno. ¡°La consecuencia es que al apartarse del procedimiento, alter¨¢ndolo de ra¨ªz, hasta el punto de transformar la fase de ratificaci¨®n parlamentaria por otra de elecci¨®n, se ha actuado como si no existiese la vigente normativa y que, adem¨¢s, se ha procedido de modo que podr¨ªa prestarse a dar cobertura formal a una designaci¨®n ya hecha al hacerse la convocatoria¡±, se?alan los magistrados.
Para argumentar su decisi¨®n de suspender ahora el proceso, sin esperar a la sentencia que resolver¨¢ el fondo del asunto (si el procedimiento iniciado por el Gobierno es o no es legal), el Supremo sostiene que ¡°el da?o en t¨¦rmino reputacional para la AEPD, dentro de Espa?a y ante la Uni¨®n Europea, ser¨ªa mayor de dictarse una sentencia que declarase la nulidad del procedimiento de elecci¨®n, con el consiguiente cese de unos cargos que son inamovibles¡±.