El Constitucional rechaza el recurso de Victoria Rosell por la investigaci¨®n a la que la someti¨® la Fiscal¨ªa
El tribunal considera que los derechos fundamentales de la actual delegada contra la Violencia de G¨¦nero ya fueron protegidos por el Supremo
El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo a la jueza en excedencia Victoria Rosell, en la actualidad delegada del Gobierno contra la Violencia de G¨¦nero, en relaci¨®n con la investigaci¨®n de que fue objeto por parte de la Fiscal¨ªa de Canarias en 2015, cuando la magistrada preparaba su candidatura a las Cortes en las listas de Podemos. El motivo de la denegaci¨®n es que el tribunal de garant¨ªas considera que Rosell ya recibi¨® una protecci¨®n clara de sus derechos fundamentales por parte del Supremo, que...
El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo a la jueza en excedencia Victoria Rosell, en la actualidad delegada del Gobierno contra la Violencia de G¨¦nero, en relaci¨®n con la investigaci¨®n de que fue objeto por parte de la Fiscal¨ªa de Canarias en 2015, cuando la magistrada preparaba su candidatura a las Cortes en las listas de Podemos. El motivo de la denegaci¨®n es que el tribunal de garant¨ªas considera que Rosell ya recibi¨® una protecci¨®n clara de sus derechos fundamentales por parte del Supremo, que en 2017 estim¨® que la Fiscal¨ªa ten¨ªa atribuciones limitadas para investigar posibles responsabilidades disciplinarias de los magistrados.
El argumento esencial de la sentencia ¡ªde la que ha sido ponente el vicepresidente del tribunal, Juan Antonio Xiol¡ª es que cuando Rosell present¨® su petici¨®n de amparo ¡°ya no persist¨ªa ning¨²n tipo de lesi¨®n constitucional¡±. La pretensi¨®n de la magistrada era que el Constitucional reconociera que se hab¨ªan lesionado sus derechos por la investigaci¨®n que abri¨® la Fiscal¨ªa de Las Palmas en su contra. Estas diligencias estaban relacionadas con la venta de una emisora de radio de su pareja, el periodista Carlos Sosa, al empresario Miguel ?ngel Ram¨ªrez, quien a su vez ten¨ªa una causa abierta en el juzgado de Rosell.
La investigaci¨®n se inici¨® tras recibir la Fiscal¨ªa una documentaci¨®n enviada an¨®nimamente sobre esa operaci¨®n comercial. Los fiscales comenzaron las indagaciones para comprobar si la magistrada hab¨ªa incurrido en alguna actuaci¨®n indebida, por no haberse abstenido de continuar con el procedimiento que ten¨ªa en su juzgado. Luego se supo que el env¨ªo an¨®nimo proced¨ªa en realidad del juez Salvador Alba. Alba fue expulsado de la carrera judicial el pasado 3 de marzo tras haber sido condenado en 2021 por el Supremo a seis a?os y seis meses de prisi¨®n por conspirar contra Rosell.
Rosell consigui¨® un primer pronunciamiento favorable por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que en 2017 consider¨® que la investigaci¨®n de que fue objeto por parte de la Fiscal¨ªa hab¨ªa invadido ¡°aspectos esenciales del procedimiento disciplinario¡±, materia que corresponde al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Esta primera sentencia supuso la anulaci¨®n de las diligencias preprocesales que hab¨ªan instruido los fiscales de Canarias.
Aquella resoluci¨®n fue recurrida al Supremo, ante el que Rosell pidi¨® que se reconociera que la investigaci¨®n de la Fiscal¨ªa y su difusi¨®n afectaron a sus derechos pol¨ªticos, por coincidir con su condici¨®n de integrante de la candidatura electoral de Podemos. La Sala de lo Contencioso consider¨®, en cambio, que dicha vulneraci¨®n no hab¨ªa existido, porque, entre otros factores, la magistrada ¡ªentonces ya en situaci¨®n de servicios especiales¡ª logr¨® ser elegida diputada, en diciembre de 2015.
Rosell busc¨® el ulterior amparo del Constitucional, que finalmente ha considerado que en esencia la jueza ya logr¨®, de la jurisdicci¨®n ordinaria, la protecci¨®n deseada. El fallo del tribunal de garant¨ªas afirma que las actuaciones de la Fiscal¨ªa de Las Palmas ¡°hab¨ªan sido declaradas de manera concluyente en la v¨ªa judicial como radicalmente nulas por vulnerar sus derechos fundamentales¡±. El Constitucional estima que dicho reconocimiento fue claro tanto en la primera sentencia, la del Tribunal Superior de Canarias, como en la del Supremo. Y razona el tribunal de garant¨ªas que en la primera se acept¨® ¡°la falta de competencia y la infracci¨®n del principio de neutralidad del Ministerio Fiscal¡± en su investigaci¨®n sobre Rosell, y, en la segunda, logr¨® que ¡°finalmente y de manera firme en v¨ªa judicial¡± la anulaci¨®n de las diligencias de la Fiscal¨ªa se fundamentara ¡°en la vulneraci¨®n del derecho de defensa¡± de la magistrada.