Cuatro magistrados del Tribunal Constitucional acusan a la mayor¨ªa conservadora de ¡°usurpar¡± funciones del Parlamento
La ¨²ltima sentencia sobre la estrategia jur¨ªdica frente a la pandemia vuelve a fracturar al tribunal de garant¨ªas
Un a?o despu¨¦s de la pol¨¦mica sentencia que anul¨® el estado de alarma para hacer frente a la pandemia, la estrategia jur¨ªdica decidida por el Gobierno con el fin de combatir la covid sigue generando fuertes controversias en el Constitucional. Ahora, cuatro magistrados del sector progresista del tribunal de garant¨ªas han dado a conocer un contundente voto discrepante con el ¨²ltimo fallo impulsado sobre esta materia por e...
Un a?o despu¨¦s de la pol¨¦mica sentencia que anul¨® el estado de alarma para hacer frente a la pandemia, la estrategia jur¨ªdica decidida por el Gobierno con el fin de combatir la covid sigue generando fuertes controversias en el Constitucional. Ahora, cuatro magistrados del sector progresista del tribunal de garant¨ªas han dado a conocer un contundente voto discrepante con el ¨²ltimo fallo impulsado sobre esta materia por el boque conservador, por entender que este bloque ha venido a ¡°usurpar el espacio y margen de apreciaci¨®n que corresponde al legislador democr¨¢tico¡±.
El fallo ¡ªdictado el pasado d¨ªa 2 de junio por siete votos a cuatro¡ª volvi¨® a echar por tierra una medida importante de las acordadas por el Gobierno y apoyadas por el Parlamento para combatir la expansi¨®n de la pandemia. En este caso, se trataba de la ley aprobada por el Ejecutivo en septiembre de 2020, con el posterior aval del Congreso, consistente en que las comunidades aut¨®nomas pudieran someter al aval de los jueces cualquier medida administrativa restrictiva de las libertades ¡ªcomo los confinamientos territoriales o las limitaciones horarias¡ª, antes de que fueran de obligado cumplimiento.
Estas medidas fueron puestas en marcha tras el primer estado de alarma y provocaron que el Tribunal Superior de Justicia de Arag¨®n (TSJA) viera en la ley que establec¨ªa este control judicial previo un posible motivo de inconstitucionalidad. Esta tesis fue acogida por el Constitucional en su ¨²ltima sentencia sobre la materia. El fallo ¡ªdel que fue ponente el magistrado del sector conservador Antonio Narv¨¢ez¡ª estim¨® que el hecho de incrementar las garant¨ªas en la adopci¨®n de medidas restrictivas de la libertad pon¨ªa en riesgo, en realidad, el principio de separaci¨®n de poderes.
La sentencia expuso que esa modificaci¨®n legal provocaba que el poder judicial tuviera que avalar o no las decisiones administrativas contra la pandemia antes de que entraran en vigor, y no limitarse a revisar su legalidad a posteriori, y a resultas de posibles demandas. La mayor¨ªa conservadora ¡ªen este caso con el apoyo del vicepresidente del tribunal, Juan Antonio Xiol¡ª, consider¨® que as¨ª se quebrantaba el principio de separaci¨®n de poderes, porque se atribu¨ªa a la jurisdicci¨®n contenciosa ¡°funciones ajenas a su cometido constitucional¡±.
En sustancia, lo que subray¨® el fallo es que el Gobierno estaba descargando en los jueces responsabilidades que no les corresponden, porque son pol¨ªticas. A este argumento ha contestado el sector progresista con contundencia, por medio de un voto discrepante en el que expone que la separaci¨®n de poderes no se resiente porque exista colaboraci¨®n entre ellos. Subraya as¨ª que la configuraci¨®n de las normas ¡°es tarea que corresponde primordialmente al legislador democr¨¢tico, como una leg¨ªtima opci¨®n pol¨ªtica de la que responder ante los ciudadanos en elecciones, y no a la jurisdicci¨®n constitucional¡±.
Por ello, el Constitucional no puede ¡°usurpar el espacio y margen de apreciaci¨®n que corresponde al legislador democr¨¢tico para adaptarse a las circunstancias de cada momento¡±, seg¨²n expone el voto discrepante, que cita jurisprudencia del propio tribunal. Y se a?ade que ¡°trat¨¢ndose del control de las decisiones adoptadas por el legislador, la presunci¨®n de constitucionalidad de las leyes ha de ocupar un papel destacado en el enjuiciamiento de las cuestiones planteadas¡±. Los magistrados discrepantes subrayan que ¡°la sentencia (¡) se aleja indebidamente de esta doctrina constitucional e interfiere, sin razones constitucionales suficientes para ello y de modo desproporcionado, en el margen de apreciaci¨®n que la Constituci¨®n atribuye al legislador democr¨¢tico¡±.
Los magistrados del sector progresista reprochan a la mayor¨ªa conservadora que en su sentencia ¡°se obvian el contexto y la finalidad de la reforma legislativa enjuiciada¡±. Ese contexto era ¡°el de una pandemia¡± causada por un virus con ¡°alta capacidad de transmisi¨®n y que, en el momento de aprobaci¨®n de la ley hab¨ªa provocado ya decenas de miles de muertes en Espa?a¡±.