Absuelta por tercera vez una funcionaria del Sergas a la que su hija denunci¨® por acceder a su historial cl¨ªnico
¡°No tener motivos suficientes para condenar es un buen motivo para absolver¡±, argumenta el TSXG, que duda de que la madre no tuviera alg¨²n consentimiento de su hija para conocer su estado de salud
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la secci¨®n quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, por la que se absuelve por tercera vez a Mar¨ªa Josefa O.A., funcionaria del Servicio Galego de Sa¨²de (Sergas), acusada de un delito continuado de descubrimiento y revelaci¨®n de secretos cometido por funcionario p¨²blico al ser denunciada por su hija por acceder hasta en 68 ocasiones a su historial m¨¦dico, seg¨²n recoge la sentencia.
La mujer, empleada en el servicio de admisi¨®n del Hospital Xeral C¨ªes de Vigo, se sent¨® hasta tres veces en el ba...
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la secci¨®n quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, por la que se absuelve por tercera vez a Mar¨ªa Josefa O.A., funcionaria del Servicio Galego de Sa¨²de (Sergas), acusada de un delito continuado de descubrimiento y revelaci¨®n de secretos cometido por funcionario p¨²blico al ser denunciada por su hija por acceder hasta en 68 ocasiones a su historial m¨¦dico, seg¨²n recoge la sentencia.
La mujer, empleada en el servicio de admisi¨®n del Hospital Xeral C¨ªes de Vigo, se sent¨® hasta tres veces en el banquillo involucrada en este proceso y en medio de las dudas de los tribunales para condenarla por falta de pruebas. Fue absuelta en dos sentencias de la Audiencia de Pontevedra -en 2019 y 2021-, pero los recursos de la acusaci¨®n contra los dict¨¢menes de la secci¨®n quinta de Vigo derivaron en la repetici¨®n del primer juicio y, despu¨¦s, en la anulaci¨®n del segundo fallo absolutorio. El TSXG, que ahora la absuelve, aleg¨® falta de motivaci¨®n de sendas sentencias por lo que la funcionaria se someti¨® el pasado mes de abril a un nuevo veredicto en el que afrontaba una condena de cuatro a?os de prisi¨®n y nueve de inhabilitaci¨®n.
El tribunal de primera instancia consider¨® acreditado que la investigada, entre el 11 de junio de 2012 y el 2 de abril de 2014, hizo uso de su usuario y clave de acceso personal para entrar en la historia cl¨ªnica de su hija y querellante, pero subray¨® que lo hizo sin que durante ese tiempo su hija ¡°le retirara el consentimiento o le prohibiera el acceso¡±. Ahora, el alto tribunal gallego confirma la tesis de la Audiencia de Vigo y coincide en que ¡°no parece disparatado¡± entender que en el ¨¢mbito de la relaci¨®n materno filial ¡°existiera o razonablemente pudiera existir esa suerte de autorizaci¨®n o, cuando menos, haya motivos para la duda¡±.
¡°No es posible entender que la sentencia apelada haya incurrido en quebranto de las normas sobre distribuci¨®n de la carga de la prueba¡±, dice el tribunal de apelaci¨®n, y sostiene que la versi¨®n acogida por la Audiencia Provincial es ¡°coherente¡±, al tiempo que se?ala que existen dos versiones contrapuestas y que el tribunal de instancia ¡°ha adoptado una de ellas, sin que tal proceder sea disparatado, por m¨¢s que se pueda o no compartir¡±, fundamenta.
¡°No tener motivos suficientes para condenar es un buen motivo para absolver¡±, argumenta el TSXG, invocando una sentencia del Tribunal Supremo para desestimar los argumentos de la parte recurrente. Esta aleg¨® que se hab¨ªan acreditado ¡°los elementos constitutivos de delito que se le imputan a la acusada y que corresponde a esta acreditar que el acceso a la historia cl¨ªnica en hasta 68 ocasiones cont¨® con su anuencia¡±.
En los interrogatorios judiciales, la madre expuso que su hija arrastraba problemas de salud derivados de trastornos alimentarios y que sufr¨ªa malos tratos de su pareja. Seg¨²n la madre, su hija la denunci¨® acus¨¢ndola de estar obsesionada por controlar su vida desde que la chica se independiz¨® y se fue a vivir con su novio. Las vistas pusieron en evidencia la complicada relaci¨®n entre ambas y quedaron siempre las dudas sobre si la actuaci¨®n de la acusada fue delictiva.