El Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechaza liberar el superyate de un oligarca ruso amarrado en Barcelona
El Tribunal asegura que el propietario no ha acreditado una ¡°necesidad imperiosa de zarpar¡± para realizar alguna ¡°actuaci¨®n o negocio inaplazable¡±.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado liberar el superyate de un supuesto oligarca ruso vinculado al presidente Vlad¨ªmir Putin al afirmar que el propietario no ha dado cuenta de una ¡°necesidad imperiosa de zarpar para realizar alguna actuaci¨®n o negocio inaplazable¡±.
La Direcci¨®n General de la Marina Mercante acord¨® el pasado d¨ªa 14 la retenci¨®n provisional en Barcelona del superyate Valerie, valorado en 140 millones de d¨®lares y de 85 metros de eslora,...
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado liberar el superyate de un supuesto oligarca ruso vinculado al presidente Vlad¨ªmir Putin al afirmar que el propietario no ha dado cuenta de una ¡°necesidad imperiosa de zarpar para realizar alguna actuaci¨®n o negocio inaplazable¡±.
La Direcci¨®n General de la Marina Mercante acord¨® el pasado d¨ªa 14 la retenci¨®n provisional en Barcelona del superyate Valerie, valorado en 140 millones de d¨®lares y de 85 metros de eslora, en aplicaci¨®n de las sanciones aprobadas por la UE contra Rusia, que permanecer¨¢ amarrado hasta que se lleven a cabo las comprobaciones sobre su propiedad.
Tiene bandera de las islas de San Vicente y las Granadinas, pero se sospecha que estar¨ªa vinculado, por medio de un complejo entramado de sociedades, al magnate Sergei Chemezov, consejero delegado de la empresa de armamento Rostec Corporation y muy pr¨®ximo tambi¨¦n a Putin.
Esta decisi¨®n fue recurrida ante la Justicia por la mercantil Sulberg Services Limited, propietaria del barco, que hab¨ªa pedido como medida cautelar levantar el bloqueo y volver a navegar. Pero el tribunal ha denegado esta petici¨®n en un auto, al que ha tenido acceso Efe, ya que ¡°no concurren razones de urgencia¡± puesto que ¡°en el escrito no se refiere, ni siquiera, que la persona f¨ªsica o jur¨ªdica, que, realmente, fuera propietaria del buque, tenga la necesidad imperiosa de zarpar para realizar alguna actuaci¨®n o negocio inaplazable¡±.
¡°Por lo tanto, no hay circunstancias f¨¢cticas o jur¨ªdicas que impidan que la presente medida no pueda tramitarse y resolverse por v¨ªa ordinaria, tras presentarse las alegaciones por parte del Abogado del Estado¡±, a?ade la Sala.
Adem¨¢s, el tribunal precisa que ¡°si se accediera a la medida cautelar sin o¨ªr a la Administraci¨®n pudieran causarse perjuicios irreparables a la misma, en la medida en que si el buque abandonara aguas territoriales espa?olas, no ser¨ªa posible la inmovilizaci¨®n ni el aseguramiento del mismo¡±.