El Supremo confirma la anulaci¨®n de la primera Zona de Bajas Emisiones de Barcelona
La sentencia no tendr¨¢ efectos, ya que el Ayuntamiento aprob¨® una nueva normativa este a?o
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casaci¨®n interpuesto por el Ayuntamiento de Barcelona, la Generalitat y el ?rea Metropolitana de Barcelona (AMB) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) que anul¨® la primera ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona. Sin embargo, esta decisi¨®n del Supremo no afecta a la actual ZBE, que est¨¢ en vigor desde hace nueve m...
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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casaci¨®n interpuesto por el Ayuntamiento de Barcelona, la Generalitat y el ?rea Metropolitana de Barcelona (AMB) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) que anul¨® la primera ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona. Sin embargo, esta decisi¨®n del Supremo no afecta a la actual ZBE, que est¨¢ en vigor desde hace nueve meses, despu¨¦s de que el Ayuntamiento de Barcelona aprobara un nuevo reglamento, precisamente para adaptarse a la sentencia inicial del TSJC. Fuentes municipales han recordado que la normativa actualmente en vigor fue aprobada por el pleno municipal en enero de 2023.
Con relaci¨®n a la decisi¨®n adoptada ahora por el Tribunal Supremo, desde el Ayuntamiento de Barcelona se asegura que la nueva normativa ¡±no est¨¢ cuestionada¡± y subrayan que la Ley del Cambio Clim¨¢tico obliga a todos los municipios de m¨¢s de 50.000 habitantes a disponer de una zona de bajas emisiones para proteger la calidad del aire. Seg¨²n estas fuentes, la sentencia del Supremo ¡°no afecta a ninguna multa firme interpuesta con la antigua ordenanza¡±.
A ra¨ªz de los recursos presentados por varias asociaciones, el TSJC anul¨® la primera ordenanza de la ZBE del Ayuntamiento de Barcelona, al entender que ten¨ªa deficiencias en su elaboraci¨®n, por la falta de informes determinantes y por ser excesivo en el ¨¢mbito geogr¨¢fico de aplicaci¨®n y en el tipo de coches excluidos.
La opini¨®n mayoritaria de los magistrados de la sala contencioso-administrativo del TSJC era que esta ordenanza del consistorio barcelon¨¦s incid¨ªa ¡°especialmente en los ciudadanos con menor capacidad econ¨®mica¡± para renovar su veh¨ªculo, en las familias numerosas, en los residentes, as¨ª como en los colectivos empresariales con menos recursos para sustituir sus coches profesionales.
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