El `rey de las verbenas? recurre su condena por fraude fiscal ante el Supremo
?ngel Mart¨ªnez defender¨¢ deducciones del IVA desestimadas por Hacienda para rebajar la multa de m¨¢s de un mill¨®n de euros
El empresario ?ngel Mart¨ªnez, Lito, el rey de las verbenas en Galicia, recurrir¨¢ la sentencia de la Audiencia de Pontevedra por la que ha sido condenado a dos a?os y tres meses de c¨¢rcel y multas de m¨¢s de un mill¨®n de euros por no declarar 326.374 euros correspondientes al IVA de los a?os 2011 y 2012, cuando su compa?¨ªa de orquestas, Representaciones Lito, tuvo unos ingresos de m¨¢s de 2,5 millones.
As¨ª lo ha anunciado su abogado Carlos Seoane que defender¨¢ ante el Tribunal Supremo la disparidad de criterio ...
El empresario ?ngel Mart¨ªnez, Lito, el rey de las verbenas en Galicia, recurrir¨¢ la sentencia de la Audiencia de Pontevedra por la que ha sido condenado a dos a?os y tres meses de c¨¢rcel y multas de m¨¢s de un mill¨®n de euros por no declarar 326.374 euros correspondientes al IVA de los a?os 2011 y 2012, cuando su compa?¨ªa de orquestas, Representaciones Lito, tuvo unos ingresos de m¨¢s de 2,5 millones.
As¨ª lo ha anunciado su abogado Carlos Seoane que defender¨¢ ante el Tribunal Supremo la disparidad de criterio frente a la Agencia Tributaria sobre el montante del IVA que la sentencia le obliga a pagar al empresario, Seoane alega que no se han aplicado deducciones en el impuesto al haber sido eliminadas por Hacienda.
El letrado ha incidido en el hecho de que otra sentencia haya admitido la tesis de la defensa al anular el registro que la AEAT hizo en la empresa de su cliente en 2013 y que dio origen al caso que deriv¨® en cuatro causas penales contra el empresario y su grupo de representaci¨®n de las orquestas con mayor cach¨¦ en el sector de las verbenas dentro y fuera de Galicia, como Panorama, Par¨ªs Noia o Filadelfia.
Adem¨¢s, subraya otra clave del caso que recoge la sentencia al descartar que la compa?¨ªa de Lito fuera propietaria de las orquestas sino que actuaba como representante de estas por lo que cobraba una comisi¨®n. ¡°La prueba documental y pericial no acredita que estemos ante una relaci¨®n en que la entidad acusada vendiese un producto¡±, concluye el fallo.
El giro judicial al tumbar la principal prueba de cargo de la acusaci¨®n bajo el criterio de que la actuaci¨®n de Hacienda estaba solo amparada en la v¨ªa administrativa pero no penal ha sido decisivo para ?ngel Mart¨ªnez que se enfrentaba a 47 a?os de prisi¨®n y m¨¢s de 40 millones de euros en multas.
Esta es la primera condena para ?ngel Mart¨ªnez, aunque todav¨ªa no es firme, despu¨¦s de salir absuelto en otra causa, mientras est¨¢ pendiente de enfrentarse a otros dos juicios por fraude de IVA. Estos ocho a?os de procesos judiciales han pasado factura al mayor empresario musical en Galicia hasta el punto de que un tribunal ha reconocido su incapacidad para continuar al frente de los negocios.
A mitad de la batalla legal que emprendi¨® el empresario, las expectativas del caso se han desinflado completamente. En marzo de 2019, el Tribunal Supremo anul¨® su primera condena de 12 a?os de prisi¨®n porque la empresa Representaciones Lito S.L., acusada en todos los procesos penales, no estaba debidamente representada, por lo que no se hab¨ªan respetado los derechos de la empresa y orden¨® repetir el juicio.
El fallo se produjo unos d¨ªas despu¨¦s de que la Audiencia de Pontevedra tambi¨¦n anulase en otra sentencia el registro de la Agencia Tributaria. Tras la repetici¨®n del juicio, adem¨¢s de reducir la condena por dilaciones indebidas, los magistrados de la Audiencia de Pontevedra inciden en que el caso queda reducido al delito por impago del IVA, y no del IRPF, cargo por el que Lito afrontaba 12 a?os de prisi¨®n y 31,1 millones en multas. Recuerda el tribunal que los funcionarios de la Agencia Tributaria que registraron las oficinas de la empresa investigada no estaban autorizados a recoger soportes documentales relativos al impuesto de la renta, lo que supone la absoluci¨®n de ese delito imputado.
La Audiencia tambi¨¦n ha condenado a la empresa Representaciones Lito, como autora de dos delitos de defraudaci¨®n tributaria, al pago de una multa de 340.000 euros. El fallo tambi¨¦n impone al condenado y a su empresa el pago de una indemnizaci¨®n a la Agencia Tributaria de otros 326.374 euros.
Durante el juicio, la defensa de Lito aleg¨® que el acusado estaba afectado por una patolog¨ªa neurol¨®gica degenerativa, pero la vista se celebr¨® tras un informe forense, aunque el empresario se acogi¨® a su derecho a no declarar. Ahora, el tribunal concluye en sentencia que el acusado pudo ejercitar su derecho de defensa y subraya que los informes periciales indican que en el momento en el que se celebr¨® el juicio ten¨ªa aminoradas sus capacidades de comprensi¨®n y de expresi¨®n pero no limitadas, lo que no le impidi¨® preparar su defensa antes y durante el juicio.