Restricciones de movilidad en Madrid: cuatro zonas b¨¢sicas de salud de la Comunidad seguir¨¢n afectadas
La Comunidad no aplica medidas a m¨¢s ¨¢reas en su actualizaci¨®n semanal y las levanta en la mayor¨ªa
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La mejora de la situaci¨®n epidemiol¨®gica en la regi¨®n ha llevado a la Comunidad de Madrid a levantar las restricciones en la mayor¨ªa de zonas b¨¢sicas de salud que a¨²n las mantienen. A partir del pr¨®ximo lunes, 7 de diciembre, salen de la lista de afectadas 11 zonas b¨¢sicas de salud (ZBS) y seis localidades de l...
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La mejora de la situaci¨®n epidemiol¨®gica en la regi¨®n ha llevado a la Comunidad de Madrid a levantar las restricciones en la mayor¨ªa de zonas b¨¢sicas de salud que a¨²n las mantienen. A partir del pr¨®ximo lunes, 7 de diciembre, salen de la lista de afectadas 11 zonas b¨¢sicas de salud (ZBS) y seis localidades de la regi¨®n, donde se han experimentado bajadas en el n¨²mero de contagios por encima del 50% y la tendencia de incidencia por coronavirus ha registrado un descenso mantenido. Solo se mantendr¨¢n en cuatro: Guzm¨¢n el Bueno y la Elipa, en el municipio de Madrid y la zona b¨¢sica de La Moraleja en Alcobendas. En estos tres n¨²cleos se prorroga la vigencia de la orden por siete d¨ªas naturales, es decir, desde las 00.00 horas del 7 de diciembre hasta las 00.00 horas del 14 de diciembre. Asimismo, siguen vigentes las restricciones de movilidad, hasta el lunes 14 de diciembre, en la zona b¨¢sica de Barcelona, en M¨®stoles.
Las zonas b¨¢sicas que a partir del lunes quedan sin limitaciones de movilidad son la de Daroca, en Ciudad Lineal y Vic¨¢lvaro-Artilleros en el distrito de Vic¨¢lvaro, en el municipio de Madrid; Cuzco, Alicante y Castilla la Nueva en el municipio de Fuenlabrada; Sierra de Guadarrama, Collado Villalba Pueblo y Collado Villalba Estaci¨®n, en el municipio de Collado Villalba; adem¨¢s de Alpedrete y Galapagar. Por su parte, las seis localidades que quedan excluidas de las limitaciones de movilidad son Moralzarzal; El Boalo, Cerceda, Mataelpino en la zona b¨¢sica de salud de Manzanares el Real; los municipios de Colmenar de Oreja, Chinch¨®n y Villaconejos en la zona b¨¢sica de Colmenar de Oreja; y los municipios de San Martin de Valdeiglesias y Pelayos de la Presa, en la ZBS de San Mart¨ªn de Valdeiglesias.
En las cuatro zonas que seguir¨¢n afectadas los ciudadanos pueden desplazarse por la v¨ªa p¨²blica dentro de los per¨ªmetros del ¨¢rea afectada. Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece en un tercio. En los velatorios podr¨¢n estar un m¨¢ximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados. Los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la regi¨®n (por regla general al 50%) y se suspende temporalmente la actividad de los parques infantiles de uso p¨²blico.
Adem¨¢s, a nivel regional hay cierre perimetral con motivo del Puente de diciembre hasta el d¨ªa 14. De cara a la Navidad, la Comunidad insta a los Ayuntamientos a realizar controles de aforo en v¨ªas p¨²blicas hasta el 8 de enero y proh¨ªbe celebrar las campanadas en la calle. Las cabalgatas tendr¨¢n que ser en recintos acotados y con p¨²blico sentado y el aforo de mercadillos se reduce al 50% a partir de la publicaci¨®n este s¨¢bado de una orden en el bolet¨ªn regional.
Horarios y aforos
En toda la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de estado de alarma, y del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Comunidad de Madrid, se ha establecido adem¨¢s la limitaci¨®n de movimiento entre las 00:00 horas y las 06:00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hosteler¨ªa en la misma franja horaria.
Asimismo, las reuniones sociales o familiares est¨¢n limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes. En el caso del comercio y servicios profesionales, as¨ª como los mercadillos al aire libre, no podr¨¢n iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deber¨¢n cerrar a las 22:00 horas, a excepci¨®n de las farmacias, establecimientos m¨¦dicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables.
Los centros comerciales donde haya cines, restauraci¨®n u ocio podr¨¢n cerrar a las 00.00 horas. Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hosteler¨ªa y restauraci¨®n interior, el Decreto establece la reducci¨®n de los aforos en toda la regi¨®n al 50%. Adem¨¢s, est¨¢ suspendido el servicio en barra. Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center), las terrazas al aire libre que permanecen al 75%, los establecimientos comerciales con el 75% y los centros de formaci¨®n no reglada, al 75%.
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