Irregularidades democr¨¢ticas en el Colegio de M¨¦dicos de Madrid
La justicia debe proteger el derecho de cada uno de los miembros de la candidatura ganadora y el del colectivo de m¨¦dicos a ser representados por quienes eligieron democr¨¢ticamente
El art¨ªculo 36 de la Constituci¨®n dicta que ¡°la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deber¨¢n ser democr¨¢ticos.¡± El Ilustre Colegio Oficial de M¨¦dicos de Madrid, Icomem, se encuentra en una situaci¨®n sin precedentes debido a una resoluci¨®n injustificable y carente de base legal clara. La Comisi¨®n de Recursos del Colegio, en su resoluci¨®n del 14 de enero de 2025, ...
El art¨ªculo 36 de la Constituci¨®n dicta que ¡°la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deber¨¢n ser democr¨¢ticos.¡± El Ilustre Colegio Oficial de M¨¦dicos de Madrid, Icomem, se encuentra en una situaci¨®n sin precedentes debido a una resoluci¨®n injustificable y carente de base legal clara. La Comisi¨®n de Recursos del Colegio, en su resoluci¨®n del 14 de enero de 2025, anul¨® la proclamaci¨®n del Dr. Tom¨¢s Merina Ortega como candidato electo, pero sin afectar al resto de los integrantes de su candidatura, ¡°Icomem para todos¡±. Sin embargo, y de forma inexplicable, ninguno de los miembros de la candidatura ha podido tomar posesi¨®n de sus cargos.
Una decisi¨®n que se produce a destiempo
Sorprendentemente, la resoluci¨®n de la Comisi¨®n de Recursos fue emitida despu¨¦s de las elecciones y despu¨¦s de que la Junta Electoral proclamara oficialmente ganadora a la candidatura del Dr. Merina. El proceso electoral transcurri¨® sin impugnaciones hasta que se conocieron los resultados, lo que pone en duda la imparcialidad de la decisi¨®n tomada.
Si la Comisi¨®n de Recursos consideraba que exist¨ªan problemas, deber¨ªa haber actuado antes de las elecciones y del pronunciamiento de la Junta Electoral, no despu¨¦s. Permitir que el proceso avanzara hasta su conclusi¨®n y despu¨¦s intentar anular el resultado para favorecer al que ha perdido, es un atentado a los art¨ªculos 9.2, 23.1, 36 y 103.1 de la CE.
Los integrantes de ¡®Icomem para Todos¡¯ deben asumir sus cargos
La resoluci¨®n no impugna ni invalida la idoneidad del resto de los miembros de la candidatura, por lo que no hay ning¨²n obst¨¢culo legal para que el resto de la Junta Directiva electa tome posesi¨®n de sus cargos y comience a trabajar en la direcci¨®n del Icomem.
Independientemente de lo que resuelvan los tribunales en relaci¨®n con el caso del Dr. Merina, los otros 10 integrantes de la candidatura est¨¢n plenamente habilitados para asumir sus funciones y deben hacerlo. En base a los Estatutos del Icomem la actual Junta Directiva en funciones tiene caducadas todas sus potestades, al igual que la propia Comisi¨®n de Recursos.
Una decisi¨®n que compromete la legitimidad del Icomem
La decisi¨®n de impedir la toma de posesi¨®n de la candidatura ganadora genera un precedente peligroso para los colegios profesionales y para la confianza en sus propias instituciones. Si se permite que resoluciones administrativas posteriores a unas elecciones puedan modificar o anular el resultado verificado por la Junta Electoral, se abre la puerta a futuras injerencias que ponen en riesgo el car¨¢cter democr¨¢tico de los colegios.
El Icomem est¨¢ socavando no solo su propia credibilidad sino la del resto de los colegios profesionales, convirtiendo a la instituci¨®n en un campo de maniobras pol¨ªticas que nada tienen que ver con la representaci¨®n de los m¨¦dicos de Madrid.
Justicia y respeto del voto de los colegiados
El Dr. Merina ha interpuesto un recurso contencioso administrativo para impugnar la resoluci¨®n que anul¨® su proclamaci¨®n, as¨ª pues, se est¨¢n utilizando todas las v¨ªas legales para revertir esta situaci¨®n. Pero mientras se resuelve su caso, el resto de la Junta Directiva ganadora debe asumir sus funciones de inmediato.
La justicia no solo debe proteger los derechos del Dr. Merina, sino tambi¨¦n el derecho de cada uno de los miembros de la candidatura ganadora y el derecho colectivo de los m¨¦dicos de Madrid a ser representados por la candidatura que ellos eligieron democr¨¢ticamente.
La Comisi¨®n de Recursos debe rectificar y permitir que los elegidos asuman sus responsabilidades, garantizando que el Colegio siga funcionando de acuerdo con la ley y sus Estatutos y con el respaldo de los m¨¦dicos colegiados, tal es el esp¨ªritu de nuestra Constituci¨®n.
Sin duda en todo esto hay lesiones, responsabilidades legales y rendici¨®n de cuentas.