Regular el caos
La velocidad vertiginosa con que las redes sociales evolucionan no debe ser un obst芍culo para atender las nuevas problem芍ticas que se puedan generar. Es un tema ineludible
Algunas fuentes estiman que el n迆mero de personas usuarias de redes sociales es de aproximadamente 3,800 millones: cerca del 50% de la poblaci車n mundial. Por s赤 mismo, Facebook, que apareci車 en su primera versi車n en 2004, cuenta hoy con alrededor de 2.700 millones de registros.
Un crecimiento tan acelerado dif赤cilmente puede ser ordenado, por eso se han generado negocios paralelos al crecimiento de las redes sociales, como la venta de bots, utilizados para desinformar y atacar a personas usuarias, o la incitaci車n a la violencia y al odio, generando conflictos que el Estado tiene que res...
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Algunas fuentes estiman que el n迆mero de personas usuarias de redes sociales es de aproximadamente 3,800 millones: cerca del 50% de la poblaci車n mundial. Por s赤 mismo, Facebook, que apareci車 en su primera versi車n en 2004, cuenta hoy con alrededor de 2.700 millones de registros.
Un crecimiento tan acelerado dif赤cilmente puede ser ordenado, por eso se han generado negocios paralelos al crecimiento de las redes sociales, como la venta de bots, utilizados para desinformar y atacar a personas usuarias, o la incitaci車n a la violencia y al odio, generando conflictos que el Estado tiene que resolver.
La aparici車n de estas desviaciones ha llevado a que las redes sociales busquen autorregularse, acciones que, aunque loables, muchas veces han llegado tarde.
A esto se sum車 recientemente la decisi車n de Facebook y Twitter de censurar al presidente Trump, a d赤as de que concluyera su encargo, lo que demostr車 la discrecionalidad de estas plataformas y los riesgos que la libertad de expresi車n enfrenta en ellas. Se trata de un balance complicado, pues por un lado las redes sociales deben eliminar las publicaciones potencialmente da?inas, y por otro deben respetar la libertad de expresi車n, un dilema ante el cual los gobiernos no pueden permanecer indiferentes.
En Estados Unidos, la Primera Enmienda tutela la libertad de expresi車n frente al Gobierno, pero no frente a una empresa privada. Lo mismo ocurre en la mayor赤a de los pa赤ses, aunque algunos han intentado generar regulaciones para tratar de limitar el poder y definir las responsabilidades de las redes sociales.
Alemania, por ejemplo, aprob車 la Ley de Aplicaci車n de Redes, en la que obliga a las redes sociales a retirar el contenido ilegal en un plazo m芍ximo de 24 horas; en caso contrario, las empresas podr芍n ser acreedoras a multas de hasta 50 millones de euros.
En Francia se aprob車 la Ley Avia, con la cual se impon赤a a buscadores y redes sociales la obligaci車n de eliminar el contenido manifiestamente ilegal. Esta normatividad fue desechada por el Poder Judicial galo, pero deriv車 en que la Uni車n Europea iniciara un proceso de legislaci車n regional.
M芍s recientemente, el Gobierno de Estados Unidos ha expresado su intenci車n de modificar la secci車n 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, legislaci車n federal que otorga a las empresas de internet protecci車n contra la responsabilidad por el contenido generado por personas usuarias que se difunde en sus plataformas.
En M谷xico, aunque la Constituci車n establece que el derecho a la informaci車n ser芍 garantizado por el Estado, no existe un mecanismo claro para que la ciudadan赤a se pueda defender cuando este derecho es violentado por una empresa, como s赤 ocurre, por ejemplo, con los juicios de amparo ante los abusos del Estado.
La Suprema Corte de Justicia de la Naci車n (SCJN) ha establecido en diversos criterios que la libertad de expresi車n es pilar de un Estado constitucional y democr芍tico de derecho. Asimismo, la Declaraci車n de Principios sobre la Libertad de Expresi車n dispone que los Estados est芍n obligados a garantizar el ejercicio de este derecho y que este solo admite limitaciones excepcionales que deben estar previamente establecidas por la ley.
La evoluci車n misma de las redes sociales ha dejado en claro que el derecho humano a la libertad de expresi車n en el ciberespacio debe ser tutelado para su ejercicio eficaz, mediante principios establecidos en las leyes, no como obst芍culo, sino como herramienta para su potencializaci車n. De esta manera, la 迆nica forma correcta y democr芍tica de protegerlo es por la v赤a legislativa.
Conviene recordar que las empresas privadas propietarias de las redes sociales prestan este servicio mediante redes p迆blicas de telecomunicaciones y, al estar estas 迆ltimas sujetas a un r谷gimen de inter谷s p迆blico, se considera que su regulaci車n se debe implementar a trav谷s de las normatividades correspondientes.
La velocidad vertiginosa con que las redes sociales evolucionan no debe ser un obst芍culo para atender las nuevas problem芍ticas que se puedan generar; se trata de un tema ineludible que muchos pa赤ses ya empezaron a discutir, y M谷xico no puede ser la excepci車n.
Es tambi谷n necesario recordar que, junto con la libertad de expresi車n, los gobiernos deben garantizar la protecci車n de los datos personales de quienes utilizan las redes sociales, as赤 como impulsar la justa tributaci車n a la que 谷stas deber赤an estar sujetas, toda vez que en M谷xico generan gran parte de sus ganancias. Ese es el reto que enfrentamos para ordenar el caos.
Ricardo Monreal es el l赤der de Movimiento de Regeneraci車n Nacional en el Senado mexicano.