Resistencias a la ley del aborto
Una sentencia del Constitucional evidencia la oposici¨®n de sectores m¨¦dicos a una prestaci¨®n sanitaria plenamente legal en Espa?a
A pesar de que la interrupci¨®n voluntaria del embarazo se despenaliz¨® en Espa?a hace casi 40 a?os, en 1985, y desde entonces es una prestaci¨®n sanitaria legal que el Servicio Nacional de Salud est¨¢ obligado a ofrecer en las mejores condiciones sanitarias y de proximidad posibles, todav¨ªa hay en Espa?a 12 provincias, adem¨¢s de las ciudades de Ceuta y Melilla, en las que las mujeres que quieren abortar no disponen de un centro en el que poder hacerlo y han de desplazarse a otras provincias. En 2021 fueron por lo menos 4.154 las que tuvieron que hacerlo.
Se trata de un incumplimiento grave...
A pesar de que la interrupci¨®n voluntaria del embarazo se despenaliz¨® en Espa?a hace casi 40 a?os, en 1985, y desde entonces es una prestaci¨®n sanitaria legal que el Servicio Nacional de Salud est¨¢ obligado a ofrecer en las mejores condiciones sanitarias y de proximidad posibles, todav¨ªa hay en Espa?a 12 provincias, adem¨¢s de las ciudades de Ceuta y Melilla, en las que las mujeres que quieren abortar no disponen de un centro en el que poder hacerlo y han de desplazarse a otras provincias. En 2021 fueron por lo menos 4.154 las que tuvieron que hacerlo.
Se trata de un incumplimiento grave y reiterado de la normativa que genera una desigualdad inaceptable en el acceso a la interrupci¨®n voluntaria del embarazo. Esta anomal¨ªa se ha prolongado en el tiempo sin que las autoridades sanitarias hayan sido capaces de evitarlo y remediar el da?o personal, f¨ªsico y ps¨ªquico que impone a la mujer el trato desigual entre comunidades sin m¨¢s raz¨®n que el lugar de residencia. El Tribunal Constitucional ha puesto en evidencia la injusticia que ello representa con un fallo en el que obliga al Servicio de Salud de Murcia a indemnizar a una mujer que tuvo que viajar a Madrid para poder abortar. Considera que el sistema sanitario murciano vulner¨® su ¡°derecho fundamental a la integridad f¨ªsica y moral¡±, pues las autoridades tienen la obligaci¨®n de garantizar que ¡°la mujer que va a interrumpir el embarazo, que se encuentra en una situaci¨®n de vulnerabilidad f¨ªsica y emocional, no salga de su entorno habitual y pueda contar con los apoyos de sus allegados para hacer frente a esta dif¨ªcil situaci¨®n del modo menos traum¨¢tico posible¡±.
La proliferaci¨®n de estas situaciones es consecuencia directa de la pasividad con que han actuado las autoridades sanitarias locales ante la resistencia de un sector del colectivo m¨¦dico en determinadas provincias: ha demostrado tener una gran capacidad de coacci¨®n ambiental, forzando una extensi¨®n de la objeci¨®n de conciencia que no se corresponde ni con la realidad sociol¨®gica de la profesi¨®n ni con la aceptaci¨®n muy mayoritaria en la sociedad espa?ola del aborto. La ley protege el derecho de los profesionales sanitarios a objetar, pero la objeci¨®n no debe ser en ning¨²n caso un obst¨¢culo para que las mujeres puedan acceder a ese derecho, nunca ejercido desde la frivolidad o la improvisaci¨®n caprichosa. Es el sistema sanitario el que tiene que asegurar que haya m¨¦dicos dispuestos a practicar abortos.
El caso sobre el que ha fallado el Tribunal Constitucional, iniciado en 2015, revela una actuaci¨®n sanitaria que se acerca mucho al maltrato institucional y que tambi¨¦n vulnera la ley de Autonom¨ªa del Paciente en la medida en la que se escamote¨® a la mujer informaci¨®n m¨¦dica relevante y necesaria sobre el estado del feto para tomar una decisi¨®n libre e informada. La falta de informaci¨®n gener¨® un gran trastorno en la familia y puso en riesgo que pudiera acogerse a tiempo a los plazos previstos en la ley.
Casos como este son los que trata de evitar la ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupci¨®n Voluntaria del Embarazo aprobada en febrero, justo una semana despu¨¦s de que el Tribunal Constitucional avalara, tras 13 a?os de haber sido recurrida por el PP, la ley de plazos aprobada en 2010. Esta nueva ley obliga a que al menos cada capital de provincia cuente con un centro p¨²blico o acreditado para practicar abortos. Lo ¨²ltimo que deber¨ªa pasar es que las autoridades sanitarias permitan de nuevo que la ley quede en papel mojado.