Juli¨¢n Mu?oz logra el tercer grado por enfermedad ¡°incurable¡±
El juez de Vigilancia Penitenciaria de M¨¢laga ha adoptado esta resoluci¨®n al entender que "concurren en el interno los requisitos que la ley exige para estos supuestos especiales"
El juez de Vigilancia Penitenciaria de M¨¢laga ha acordado que el exalcalde de Marbella Juli¨¢n Mu?oz, interno en la prisi¨®n de Alhaur¨ªn de la Torre (M¨¢laga), siga cumpliendo su condena en tercer grado en un centro de internamiento adecuado a la enfermedad "grave e incurable" que padece. La c¨¢rcel ser¨¢ determinada por Instituciones Penitenciarias, seg¨²n apuntaron este martes fuentes judiciales. Los informes m¨¦dicos se?alan que el exalcalde presenta una serie de secuelas y recibe tratamiento por diversas enfermedades, entre ellas, cardiopat¨ªa isqu¨¦mica, artrosis vertebral, hipertensi¨®n y diabetes.
Juli¨¢n Mu?oz cumpli¨® condena, tras su etapa de alcalde de Marbella, por varios delitos urban¨ªsticos. En abril de 2013, regres¨® a prisi¨®n por el caso de blanqueo en el que fue juzgado junto a Isabel Pantoja. Fue condenado a siete a?os. En diciembre de 2013, el Supremo confirm¨® otros siete a?os de c¨¢rcel para Mu?oz por caso Minutas, en el que fue enjuiciado junto a Jos¨¦ Mar¨ªa del Nido. El pr¨®ximo 1 de septiembre, est¨¢ previsto que los dos vuelvan a coincidir en el banquillo de los acusados de la Audiencia de M¨¢laga por el caso Fergocom.
Esta decisi¨®n del juez de Vigilancia Penitenciaria de M¨¢laga puede ser recurrida. El acuerdo no supone la supresi¨®n de las condenas. Mu?oz tambi¨¦n est¨¢ condenado en el caso Malaya a dos a?os de reclusi¨®n.
El exalcalde tiene un dilatado expediente judicial: ha sido condenado a penas de prisi¨®n, multa o inhabilitaci¨®n en m¨¢s de cincuenta sentencias firmes. El nombre de Mu?oz ha figurado entre los imputados de m¨¢s de un centenar de casos instruidos en los juzgados de Marbella, la mayor parte de ellos por delitos urban¨ªsticos o contra la ordenaci¨®n del territorio, en los que suma 45 a?os de prisi¨®n.
El juez ha adoptado esta resoluci¨®n al entender que "concurren en el interno los requisitos que la ley exige para estos supuestos especiales": por un lado, una "enfermedad grave e incurable" ¡ªlos informes m¨¦dicos se?alan "un pron¨®stico de vida corto"¡ª, "la falta de facilidad para volver a delinquir, la escasa peligrosidad del interno" y, por ¨²ltimo, "razones humanitarias y de dignidad personal".
El auto se?ala tambi¨¦n que el juez de Vigilancia Penitenciaria de M¨¢laga no es competente para determinar en qu¨¦ centro penitenciario debe estar el interno ¡ªlo decidir¨¢ Instituciones Penitenciarias¡ª, respondiendo as¨ª al recurso de Juli¨¢n Mu?oz, que ha sido atendido en varias ocasiones en centros sanitarios de la capital malague?a y que rechazaba el internamiento en la prisi¨®n de Almer¨ªa.
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