Un juez anula la expulsi¨®n de un marroqu¨ª condenado por violencia machista para que pueda ver a su hijo discapacitado
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n se ampara en la ¡°relaci¨®n de afectividad¡± entre el padre y el ni?o
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n (TSJCyL) ha anulado la expulsi¨®n de un ciudadano de origen marroqu¨ª por violencia machista bas¨¢ndose en la ¡°relaci¨®n de afectividad¡± que el hombre tiene con su hijo de 11 a?os, que padece una grave discapacidad. El juez del TSJCyL Jos¨¦ Mat¨ªas Alonso Mill¨¢n ampara esta decisi¨®n en que el agresor, sobre el que pesan cuatro a?os de prisi¨®n y cinco de alejamiento, mantiene una buena relaci¨®n con el menor y ...
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n (TSJCyL) ha anulado la expulsi¨®n de un ciudadano de origen marroqu¨ª por violencia machista bas¨¢ndose en la ¡°relaci¨®n de afectividad¡± que el hombre tiene con su hijo de 11 a?os, que padece una grave discapacidad. El juez del TSJCyL Jos¨¦ Mat¨ªas Alonso Mill¨¢n ampara esta decisi¨®n en que el agresor, sobre el que pesan cuatro a?os de prisi¨®n y cinco de alejamiento, mantiene una buena relaci¨®n con el menor y considera que ser¨ªa perjudicial para el ni?o alejarlo de su progenitor. Asimismo, destaca que el hombre lleva en Espa?a 27 de sus 44 a?os y que goza de permiso de residencia de larga duraci¨®n desde 2007. La sentencia recoge que toda la familia del var¨®n reside en territorio nacional legalmente y que no se le puede expulsar a Marruecos, donde no tiene ¡°arraigo¡± o vinculaci¨®n.
La decisi¨®n judicial ha tenido en cuenta que el ni?o, de nacionalidad espa?ola, padece una discapacidad ¡°muy grave¡±, del 73%, fruto de una displej¨ªa esp¨¢stica y de ¡°deformidades ortop¨¦dicas en caderas y rodillas, con par¨¢lisis infantil que le obliga a estar en silla de ruedas adaptada a su deformidad toro-lumbar¡±. La resoluci¨®n recoge tambi¨¦n que la pareja llevaba divorciada desde 2015 y que la mujer posee en exclusiva la guardia y la custodia del hijo en com¨²n.
Esta declar¨® en el juicio que envi¨® a prisi¨®n al padre del menor, desarrollado en el Juzgado de lo Penal 32 de Madrid, que el var¨®n le proporcionaba mensualmente los 150 euros acordados para la manutenci¨®n infantil y que la relaci¨®n paternofilial era buena, argumentos que han sustentado la decisi¨®n del magistrado del TSJCyL. El juez entiende que esos motivos refrendan que el hombre prosiga en Espa?a, si bien no habr¨ªa ¡°absolutamente ning¨²n impedimento¡± para expulsar al autor de un delito de violencia machista por ser ¡°persona extranjera condenada por delito doloso castigado con pena superior a un a?o¡±.
La Audiencia Provincial segoviana atendi¨® un recurso interpuesto por la Subdelegaci¨®n del Gobierno en Segovia que solicitaba la expulsi¨®n del marroqu¨ª por cinco a?os precisamente por la legislaci¨®n que el juez recoge como argumento que refrenda esa solicitud. El demandante elev¨® el caso ante el TSJCyL, situado en Burgos, que le ha dado la raz¨®n. El magistrado Alonso insiste en que aunque haya motivos legales para enviar al individuo a Marruecos, "ha de ponderarse en consecuencia el inter¨¦s superior del menor que no ha sido valorado¡± y los beneficios que le aporta el contacto continuado y las atenciones del progenitor.
El magistrado plasma en la sentencia que ¡°el arraigo familiar impide que se proceda a la expulsi¨®n del hombre condenado por maltrato, pues atentar¨ªa gravemente contra el superior inter¨¦s del menor de obtener un desarrollo integral de su personalidad, que considerando las especiales dificultades de discapacidad que presenta, exige una prestaci¨®n asistencial, an¨ªmica y de relaci¨®n afectiva no solamente de su madre, sino tambi¨¦n de su padre¡±.