?Puede el Mar Menor tener derechos propios como las personas?
Una iniciativa busca dotar de personalidad jur¨ªdica a esta laguna costera para intentar frenar su deterioro, un paso ya dado en otros espacios naturales de Colombia o Nueva Zelanda
El Mar Menor, en la costa de Murcia, es uno de los ecosistemas acu¨¢ticos m¨¢s valiosos del pa¨ªs, por eso preocupa su especial deterioro, con un grave episodio de mortandad de peces hace tan solo unos meses. Ahora, un grupo de trabajo de la Universidad de Murcia ha lanzado una iniciativa con un enfoque completamente distinto para salvar este humedal de agua salada: dotar a la laguna de personalidad jur¨ªdica con derechos propios, como las personas o las empresas. La impulsora de la idea, Teresa Vicente Gim...
El Mar Menor, en la costa de Murcia, es uno de los ecosistemas acu¨¢ticos m¨¢s valiosos del pa¨ªs, por eso preocupa su especial deterioro, con un grave episodio de mortandad de peces hace tan solo unos meses. Ahora, un grupo de trabajo de la Universidad de Murcia ha lanzado una iniciativa con un enfoque completamente distinto para salvar este humedal de agua salada: dotar a la laguna de personalidad jur¨ªdica con derechos propios, como las personas o las empresas. La impulsora de la idea, Teresa Vicente Gim¨¦nez, profesora de Filosof¨ªa del Derecho, explicaba hace unos d¨ªas en la Opini¨®n de Murcia la v¨ªa que considera m¨¢s viable para intentar hacer realidad en Espa?a un planteamiento que, aunque a algunos pueda parecer extra?o, ya cuenta con otros precedentes en el mundo.
La abogada y directora del grupo de trabajo de Medio Ambiente de la Cl¨ªnica Jur¨ªdica de la Universidad de Murcia plantea utilizar la Ley 9/1984 de esta comunidad aut¨®noma, que permite que uno o varios municipios cuya poblaci¨®n conjunta represente como m¨ªnimo un censo de 10.000 habitantes puedan presentar una proposici¨®n de ley ante la Asamblea regional. Y ya hay una localidad junto al Mar Menor que re¨²ne estos requisitos y est¨¢ dispuesta a lanzar la iniciativa legislativa popular: Los Alc¨¢zares. As¨ª lo ha confirmado a EL PA?S su alcalde, el socialista Mario Cervera, que est¨¢ de acuerdo con utilizar esta f¨®rmula "para proteger al Mar Menor de los desmanes actuales¡±.
Por su parte, desde el Gobierno de Murcia se asegura que ¡°todo paso que suponga avanzar en la defensa y la protecci¨®n del Mar Menor es valorado positivamente¡±.
?Puede un espacio natural tener derechos propios, como las personas? Hoy el Derecho considera el medio ambiente como un objeto. Sin embargo, como defiende la profesora de la Universidad de Murcia, este es un fallo del modelo antropoc¨¦ntrico del Derecho actual, tal y como ocurri¨® en el pasado con las mujeres o los ni?os. ¡°El Derecho moderno no solo ha excluido al medio ambiente, sino tambi¨¦n a las mujeres¡±, recalca Vicente Gim¨¦nez. ¡°Yo tengo 57 a?os y he visto entrar a mujeres en el despacho de mi padre [tambi¨¦n abogado] dici¨¦ndole que las pegaban, que las violaban, y ¨¦l iba a hablar con los maridos. Yo le preguntaba: pero pap¨¢ por qu¨¦ no vas al juzgado. Y ¨¦l me dec¨ªa: porque no son sujetos de derecho. As¨ª era en la ¨¦poca de Franco¡±.
Para esta abogada, con el Mar Menor pasar¨ªa algo similar. Si se reconociese personalidad jur¨ªdica a la laguna, un representante podr¨ªa ir directamente a un juzgado a reclamar sus derechos, sin tener que depender de las administraciones o de los vaivenes de la pol¨ªtica. Seg¨²n defiende, esto no deber¨ªa extra?ar tanto, pues es algo que ya ocurre con las empresas. ¡°Aqu¨ª se le dio personalidad jur¨ªdica y derechos a las entidades mercantiles y no hubo ning¨²n problema¡±, afirma la profesora de la Universidad de Murcia. ¡°Actualmente, incluso tienen m¨¢s derechos que las personas¡±, alega recordando lo ocurrido con los desahucios en Espa?a. ¡°?C¨®mo puede tener tantos derechos una mercantil que es capaz de dejar a una familia en la calle, con menores, sin haber tenido dolo? ?Y nos sorprende reconocer un valor a un ecosistema?¡±.
Ya existen espacios naturales en el mundo con derechos propios como las personas o las empresas. Uno de los casos m¨¢s conocidos es el del r¨ªo Atrato, en Colombia. En una sentencia de 2016, la Corte Constitucional de este pa¨ªs resolvi¨® ¡°reconocer al r¨ªo Atrato, su cuenca y afluentes como una entidad sujeta de derechos a la protecci¨®n, conservaci¨®n, mantenimiento y restauraci¨®n a cargo del Estado y las comunidades ¨¦tnicas¡±. El fallo del tribunal se produjo a ra¨ªz de una demanda interpuesta por varias comunidades ¨¦tnicas en El Choc¨®, uno de los territorios con mayor diversidad natural y humana de Colombia, por el grave impacto de extracciones mineras y explotaciones forestales en la cuenca.
En la sentencia de 163 p¨¢ginas, la Corte Constitucional no solo vincul¨® la destrucci¨®n del medio ambiente con la vulneraci¨®n de los derechos fundamentales de las comunidades ¨¦tnicas, sino que dio un paso m¨¢s all¨¢ y otorg¨® personalidad jur¨ªdica al Atrato, r¨ªo de 750 kil¨®metros que nace al occidente de la cordillera de los Andes y desemboca en el mar Caribe. El texto del tribunal estableci¨® tambi¨¦n que sea el Gobierno nacional el que ejerza la tutor¨ªa y representaci¨®n legal de los derechos del r¨ªo en conjunto con las comunidades que habitan en la cuenca del r¨ªo Atrato en Choc¨®.
Dos a?os despu¨¦s, en 2018, la Corte Suprema de este mismo pa¨ªs se bas¨® en la sentencia del r¨ªo Atrato para reconocer tambi¨¦n a la Amazonia colombiana como entidad ¡°sujeto de derechos¡±, ante el alarmante incremento de la deforestaci¨®n en la regi¨®n.
En estos dos casos se utiliz¨® la v¨ªa jurisdiccional, sin embargo, existen otros precedentes en los que se siguieron caminos distintos. En Nueva Zelanda se reconoci¨® la personalidad jur¨ªdica del r¨ªo Whanganui en 2017 a trav¨¦s de la Ley Te Awa Tupua aprobada en el Parlamento del pa¨ªs. Este texto legislativo dio la raz¨®n a los maor¨ªes, los ind¨ªgenas de Nueva Zelanda, en una reivindicaci¨®n que duraba 160 a?os, desde que la corona brit¨¢nica se hizo con la soberan¨ªa de las islas. El pueblo Whanganui Iwi luchaba desde entonces para que no solo se reconocieran los derechos de los ind¨ªgenas, sino tambi¨¦n del propio r¨ªo. Para ellos, no ten¨ªa sentido realizar una distinci¨®n, pues consideraban que todo formaba un conjunto: ¡°Yo soy el r¨ªo, y el r¨ªo soy yo¡±, reivindicaban.
En la ley aprobada por el Parlamento de Nueva Zelanda, la propia corona ped¨ªa disculpas y reconoc¨ªa ahora ¡°un todo indivisible y vivo¡± (Te Awa Tupua), ¡°que incluye el r¨ªo Whanganui desde las monta?as al mar, incorporando todos sus elementos f¨ªsicos y metaf¨ªsicos¡±. De este modo, en un texto que combina creencias ancestrales de los maor¨ªes y conceptos legales, se establece que ese todo alrededor del r¨ªo tiene personalidad jur¨ªdica, con todos los derechos y responsabilidades, pudiendo ser representado en un tribunal por un delegado del Estado y otro del pueblo Whanganui Iwi. Esta no ha sido la ¨²nica ocasi¨®n en la que Nueva Zelanda ha dado esta consideraci¨®n a una entidad natural, pues ya en 2013 otra ley hizo lo mismo con el Parque Natural Te Urewera.
Parad¨®jicamente, el ejemplo que m¨¢s se parece a la v¨ªa planteada ahora para el Mar Menor no ha tenido tanto ¨¦xito. Se trata del lago Erie, el cuarto en tama?o de los Grandes Lagos, en la frontera entre EE UU y Canad¨¢. Este humedal, que provee agua potable a 11 millones de personas, tiene graves problemas de eutrofizaci¨®n y de algas t¨®xicas. Ante la falta de avances en su protecci¨®n, en febrero de 2019 el municipio estadounidense de Toledo (Ohio) realiz¨® un refer¨¦ndum del que sali¨® aprobada una Declaraci¨®n de derechos del lago Erie, que por primera vez otorgaba derechos a un ecosistema en EE UU. Sin embargo, esta iniciativa municipal se encontr¨® con la oposici¨®n del gobernador de Ohio y en febrero de 2020 un juez invalid¨® la Declaraci¨®n de derechos aprobada al considerarla ¡°inconstitucionalmente vaga y exceder el poder del gobierno municipal en Ohio¡±.
Pero m¨¢s all¨¢ de la v¨ªa utilizada en aquellos casos en los que ya se ha reconocido derechos propios a espacios naturales, la pregunta es hasta qu¨¦ punto esto ha mejorado su conservaci¨®n. El ejemplo del r¨ªo Atrato muestra que ser sujeto de derechos propios no ha hecho desaparecer sus problemas. ¡°Esto es una lucha continua. ?Las mujeres estamos ahora mejor? Pues nos matan m¨¢s que nunca. Pero las mujeres tenemos derechos. A m¨ª me violan y puedo ir a un juzgado yo sola, mi abuela no pod¨ªa ir¡±, recalca la abogada Vicente Gim¨¦nez.
Propuesta de declaraci¨®n de derechos de la laguna del Mar Menor y su cuenca
Los impulsores de la iniciativa ya manejan una propuesta de declaraci¨®n de derechos de la laguna del Mar Menor y su cuenca basada en el texto aprobado en Toledo (EE UU) para el lago Erie. Seg¨²n este borrador, la declaraci¨®n de este ecosistema como sujeto de derechos supondr¨ªa:
-Se dotar¨ªa al ecosistema de gobernabilidad y protecci¨®n aut¨®noma independiente de los intereses de todos los poderes p¨²blicos.
-La tutor¨ªa y representaci¨®n legal de la Laguna se ejercer¨ªa a trav¨¦s del Gobierno en conjunto con las comunidades que habitan la cuenca del Mar Menor. Adicionalmente, se deber¨ªa conformar una comisi¨®n de guardianes de la laguna del Mar Menor.
-Cualquier corporaci¨®n o Gobierno que violase cualquier disposici¨®n de esta ley ser¨ªa culpable de un delito y ser¨ªa condenado a pagar la multa m¨¢xima permitida por la ley. Cualquier residente del entorno del Mar Menor (por determinar), podr¨ªa hacer cumplir los derechos y las prohibiciones de esta ley a trav¨¦s de una acci¨®n presentada en el tribunal correspondiente. Dicha acci¨®n judicial se presentar¨ªa en nombre de la laguna y los da?os se medir¨ªan por el costo de restaurar el ecosistema.
-Se reconocer¨ªa el derecho del ecosistema a existir, florecer y evolucionar naturalmente. Y esto derechos garantizados por ley ser¨ªan inherentes, fundamentales e inalienables, y ser¨ªan autoejecutables y exigibles contra actores p¨²blicos y privados.
-Se derogar¨ªan todas las disposiciones inconsistentes de las leyes anteriores adoptadas por la Comunidad Aut¨®noma de la Regi¨®n de Murcia, en la medida en que sean incompatibles con las disposiciones recogidas en esta ley.