La batalla europea de Joaquina para que se le reconozca la pensi¨®n de viudedad
Una mujer gitana denuncia a Espa?a ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por denegarle esta prestaci¨®n al no haber regularizado su matrimonio por el rito gitano, celebrado en 1974
Joaquina Cort¨¦s ten¨ªa 15 a?os cuando se cas¨® con Jos¨¦ Fern¨¢ndez, de 25, el 18 de mayo de 1974. Lo hicieron por el rito gitano, y desde entonces convivieron en Baeza (Ja¨¦n) y tuvieron cinco hijos reconocidos en el libro de familia. Ella se dedic¨® al cuidado del hogar y de los ni?os mientras su marido trabajaba fuera. Cuando Jos¨¦ falleci¨® en 2014, Joaquina solicit¨® la pensi¨®n de viudedad, una prestaci¨®n que la Seguridad Social le deneg¨® alegando que no se hab¨ªa constituido formalmente como pareja de hecho menos de dos a?os antes de su muerte, como establece la ley.
Desde ese momento, Joaq...
Joaquina Cort¨¦s ten¨ªa 15 a?os cuando se cas¨® con Jos¨¦ Fern¨¢ndez, de 25, el 18 de mayo de 1974. Lo hicieron por el rito gitano, y desde entonces convivieron en Baeza (Ja¨¦n) y tuvieron cinco hijos reconocidos en el libro de familia. Ella se dedic¨® al cuidado del hogar y de los ni?os mientras su marido trabajaba fuera. Cuando Jos¨¦ falleci¨® en 2014, Joaquina solicit¨® la pensi¨®n de viudedad, una prestaci¨®n que la Seguridad Social le deneg¨® alegando que no se hab¨ªa constituido formalmente como pareja de hecho menos de dos a?os antes de su muerte, como establece la ley.
Desde ese momento, Joaquina ha luchado en todas las instancias judiciales ¡ªdonde ha ganado batallas, como la del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA), que le dio la raz¨®n, y ha perdido otras, en el Tribunal Supremo y en el Constitucional, que se la quitaron, aunque con votos particulares¨D, en un periplo que ha culminado en el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TDHE), donde a finales de julio ha presentado una demanda contra el Estado espa?ol por discriminaci¨®n indirecta en la aplicaci¨®n de una norma que no ha tenido en cuenta ¡°su origen ¨¦tnico gitano, su condici¨®n de mujer y los roles de cuidado asignados a su g¨¦nero, su escaso nivel educativo y su situaci¨®n de vulnerabilidad socioecon¨®mica¡±, de acuerdo con los fundamentos del escrito a los que ha tenido acceso EL PA?S.
¡°Tengo tanta persistencia con este tema porque creo que es un derecho que tengo¡±, explica Joaquina a este diario sobre su batalla para que se le reconozca la pensi¨®n de viudedad. ¡°En todo momento, tanto mi marido como yo, est¨¢bamos convencidos de que nuestro matrimonio era v¨¢lido¡±, insiste. ¡°Estoy muy contenta y motivada a seguir adelante porque cuento con el apoyo del abogado [Juan Pablo Mola, que ha llevado su reclamaci¨®n desde el principio] y de la Fundaci¨®n Secretariado Gitano [FSG]¡±, abunda.
¡°Que se me reconociera la pensi¨®n de viudedad ser¨ªa de gran ayuda para m¨ª, ya que los ingresos con los que cuento son bajos¡±, reconoce. Pero Joaquina sabe que su lucha tambi¨¦n puede servirle a otras mujeres que se encuentran en una situaci¨®n similar: mujeres gitanas, que acusan a¨²n m¨¢s la brecha educativa que separa a esta comunidad del resto de la poblaci¨®n, con mayor dificultad para incorporarse al mercado laboral, en gran medida, como ocurre con Joaquina, por su dedicaci¨®n a los cuidados y al trabajo dom¨¦stico. Como insiste una portavoz de la FSG, ¡°la sociedad entonces era mucho m¨¢s machista. Joaquina ha estado toda su vida dedicada a la familia y ahora se encuentra con que no puede acceder a una pensi¨®n¡±.
Discriminaci¨®n indirecta
Estas particularidades son las que se resaltan en la denuncia presentada por Joaquina en Estrasburgo para reclamar que no se realice una aplicaci¨®n neutra del art¨ªculo 174.3 de la Ley General de la Seguridad Social, que regula el derecho a la prestaci¨®n de la pensi¨®n de viudedad, sino que se valore ¡°el efecto particular de dicha aplicaci¨®n en la demandante¡±. En el documento se hace hincapi¨¦ en el elevado porcentaje de mujeres gitanas que se casaron por el rito gitano siendo menores de edad. ¡°Con todos estos condicionantes de la comunidad gitana, y muy particularmente de las mujeres gitanas, la exigencia de la formalidad de tener el matrimonio oficializado conforme a la normativa o la inscripci¨®n de pareja de hecho para el cobro de la pensi¨®n supone una pol¨ªtica general o medida que tiene efectos desproporcionadamente perjudiciales en esta comunidad, por lo que podr¨ªa calificarse de una discriminaci¨®n indirecta¡±, se establece en la demanda.
El escrito ante el TDHE presentado por Joaquina se apoya en los argumentos de otra sentencia dictada por ese mismo tribunal en 2009 en un caso muy similar. Entonces, Estrasburgo reconoci¨® el derecho a percibir la pensi¨®n de viudedad a Mar¨ªa Luisa Mu?oz D¨ªaz, La Nena, un derecho que el Estado espa?ol tambi¨¦n le deneg¨® por no haber inscrito su matrimonio, tambi¨¦n celebrado por el rito gitano, como en el caso de Joaquina, en el Registro Civil. El paralelismo entre ambos casos ¡ªtanto La Nena como Joaquina se casaron antes de que se promulgara la Constituci¨®n, que solo otorga validez al matrimonio civil; ambas tuvieron varios hijos en com¨²n con sus respectivos maridos, reconocidos en el libro de familia; y sus c¨®nyuges cotizaron el tiempo suficiente para reclamar la pensi¨®n, 28 a?os en el caso de Joaquina¡ª determin¨® al TSJA a aplicar la doctrina del TEDH y fallar a favor de Joaquina, en 2016.
El Tribunal Supremo, primero, y el Constitucional, despu¨¦s, entendieron, sin embargo, que la sentencia del TEDH no pod¨ªa aplicarse al caso de Joaquina por considerar que no eran semejantes. Los magistrados del Supremo argumentaron que, a diferencia de La Nena, aqu¨ª no exist¨ªa ¡°buena fe¡±, ya que en el libro de familia de Joaquina y Jos¨¦ en las distintas inscripciones de sus hijos se hac¨ªa menci¨®n a su calidad de ¡°solteros¡± y a que los hijos eran ¡°extramatrimoniales¡±, y que el art¨ªculo 174.3 de la Ley General de la Seguridad Social ¡°es neutral desde la perspectiva racial¡±. Una argumentaci¨®n que tambi¨¦n hace suya el Constitucional. ¡°La se?ora Cort¨¦s era plenamente conocedora de la falta de validez de su matrimonio y tampoco formaliz¨® en momento alguno su relaci¨®n more uxorio en el modo exigido por la legislaci¨®n para el reconocimiento de su pensi¨®n de viudedad¡±, concluye la sentencia.
En la denuncia ante Estrasburgo se recuerda, no obstante, que tanto Joaquina como su marido eran ¡°analfabetos y dif¨ªcilmente pod¨ªan distinguir el sentido de unas inscripciones en el libro de familia en las que las autoridades mostraban su reconocimiento a una unidad familiar conformada por esa pareja y un total de cinco hijos¡±. ¡°Nunca, nadie, ni en el registro ni en ning¨²n otro ¨¢mbito nos advirtieron de que ten¨ªamos que regularizar nuestro matrimonio o nos trataron como solteros. De haberlo sabido, sin duda lo hubi¨¦ramos hecho. Los dos pens¨¢bamos que el casamiento que tuvimos nos hac¨ªa marido y mujer legalmente. Siempre hemos actuado de buena fe¡±, incide Joaquina.
Tanto en el caso del Supremo como en el del Constitucional hubo votos particulares en los que se llama la atenci¨®n sobre las particularidades sociales y culturales de la etnia gitana y la conveniencia de no aplicar la norma desde un punto de vista neutro por ¡°suponer una desventaja particular estad¨ªsticamente significativa tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo para los miembros de la comunidad roman¨ª¡±, de acuerdo con la redacci¨®n del voto particular del magistrado del Constitucional Juan Antonio Xiol R¨ªos, en la misma l¨ªnea de argumentaci¨®n que presenta la defensa de Joaquina ante Estrasburgo para que se tenga en cuenta el efecto particular de la norma en la demandante.
¡°Es muy triste y frustrante, porque me he dedicado toda la vida a la familia. Siempre hemos vivido juntos y nos hemos comportado como cualquier matrimonio¡±, resume Joaquina cuando se le pide que reflexione sobre estos siete a?os de andanzas judiciales para que se reconozca una pensi¨®n de viudedad. Le queda ya el ¨²ltimo tramo y espera tomar la senda que ya traz¨® La Nena en 2009. ¡°El hecho de que se ganara un caso anterior casi id¨¦ntico al m¨ªo me anima tambi¨¦n¡±, subraya.