La fiscal¨ªa pide al Supremo un nuevo juicio por el 'caso Marta'
La acusaci¨®n califica de "inadmisible" la sentencia
La Fiscal¨ªa ha solicitado al Tribunal Supremo (TS) que ordene la celebraci¨®n de un nuevo juicio y anule la sentencia de la Secci¨®n S¨¦ptima de la Audiencia Provincial de Sevilla que conden¨® a Miguel Carca?o a 20 a?os de c¨¢rcel como autor de la muerte de la joven Marta del Castillo y absolvi¨® al resto de los acusados, como son Francisco Javier Delgado, su novia, Mar¨ªa Garc¨ªa, y Samuel Ben¨ªtez, ya que considera que se trata de un fallo "inadmisible desde los par¨¢metros de la l¨®gica" y que contiene afirmaciones de hechos "imposibles".
En el recurso elevado a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, el ministerio p¨²blico plantea cinco motivos de casaci¨®n y reclama que "se acuerde la nulidad de la sentencia y la celebraci¨®n de un nuevo juicio con una Sala que tenga una nueva composici¨®n", ya que considera que "la respuesta en derecho que ofrece a nuestras pretensiones tiene el car¨¢cter de gravemente err¨®nea y arbitraria, dicho sea con todo respeto al esforzado trabajo realizado" por la Secci¨®n S¨¦ptima.
El fiscal comienza admitiendo que se ha tratado de un juicio "de especial dificultad" dado que "hay numerosas y contradictorias versiones de los acusados" y a ello se suman "las argucias procesales para eludir el tr¨¢mite del juicio por jurado" y la imposibilidad de encontrar el cad¨¢ver de Marta, pero pese a ello asevera que la sentencia incurre en conclusiones "arbitrarias". La fiscal¨ªa entiende que "si un tribunal no ha valorado con arreglo a las elementales reglas del razonamiento humano las pruebas y dicta una resoluci¨®n que contiene pronunciamiento contradictorios o influencias arbitrarias y que contradicen las reglas de la l¨®gica y del sentido com¨²n, resulta un sinsentido mantener ese pronunciamiento frente a evidencias que son percibidas de manera natural y sin esfuerzo por cualquiera que se aproxime al contenido de la sentencia", punto en el que cita las contradicciones existentes entre el fallo que conden¨® al Cuco y la sentencia dictada contra los mayores de edad.
En el recurso, tremendamente cr¨ªtico con la sentencia de la Audiencia Provincial, abunda en que "sobre las discrepancias observadas no se hace en la sentencia recurrida referencia alguna, salvo que por tal se entienda la cr¨ªptica expresi¨®n que se?ala que el cuerpo de la v¨ªctima fue hecho desaparecer" por Miguel y El Cuco "con ayuda de al menos un tercero desconocido". El fiscal entiende que "el aceptar por v¨¢lidas conclusiones que son absolutamente il¨®gicas lesiona, no solo los derechos constitucionales de las partes procesales, sino tambi¨¦n los sentimientos de las v¨ªctimas", y prosigue con sus cr¨ªticas a la Secci¨®n S¨¦ptima se?alando que "la b¨²squeda de la verdad material no debe consentir la existencia de verdades inveros¨ªmiles, contradictorias entre s¨ª o imposibles", un tipo de verdad que "creemos se ha establecido judicialmente" en el fallo.
El fiscal reclama, as¨ª, la celebraci¨®n de un nuevo juicio, ya que ello "satisface los derechos de las acusaciones, de las v¨ªctimas, sin quebrantar los de las defensas". La fiscal¨ªa quiere "otro juicio, otra pr¨¢ctica de la prueba y la obligaci¨®n de tener que valorar la misma por otra Sala de instancia que pueda dar coherencia y racionalidad a su discurso", tras lo que hace una relaci¨®n de las "incongruencias" de la sentencia, considerando que "choca con una serie de evidencias que no acierta a sortear, incurriendo en valoraciones arbitrarias". "En ocasiones, es como si de tanto mirar con lupa las hojas de los ¨¢rboles, se hubiera perdido la visi¨®n del bosque", critica el ministerio p¨²blico, que primeramente hace alusi¨®n a la hora en que, seg¨²n la Audiencia Provincial, ocurri¨® el fallecimiento, y a la hora en que Miguel y El Cuco hicieron desaparecer el cuerpo, y que sit¨²a a las 22.15 del 24 de enero de 2009, una conclusi¨®n esta ¨²ltima "gravemente err¨®nea y arbitraria". "No se trata de una cuesti¨®n balad¨ª, pues los acusados absueltos lo son b¨¢sicamente porque en esa hora ten¨ªan s¨®lidas coartadas", apostilla.
Frente a ello, el fiscal del caso situ¨® la desaparici¨®n del cuerpo cerca de las 3.00 de la madrugada bas¨¢ndose para ello en una serie de testigos y circunstancias que "eliminaban las coartadas" de todos los acusados. As¨ª, critica que la sentencia sit¨²e al Cuco a las 22,15 en dos lugares diferentes --haciendo desaparecer el cuerpo y junto a unos amigos en otro lugar distante casi cuatro kil¨®metros de Le¨®n XIII--, as¨ª como que "conf¨ªe b¨¢sicamente la determinaci¨®n de la hora en que se libraron del cuerpo a las declaraciones de los acusados", algo que "es sorprendente". As¨ª, hace referencia al testigo que dijo que vio a Carca?o a las 2.00 con una silla de ruedas, pero sin embargo la Sala fija la hora en base al testimonio de Carca?o, que dijo que se encontr¨® con el vecino a las 22.30, una conclusi¨®n "gravemente err¨®nea", y a un segundo testigo que asegur¨® que vio a dos j¨®venes sobre las 2.00 con un bulto en una silla de ruedas; sobre este particular, la Sala "establece una duda sobre la fecha en que vio" lo relatado.
Sin embargo, la fiscal¨ªa considera que "no es en absoluto frecuente tirar la basura de la casa transport¨¢ndola en una silla de ruedas y empujada por dos j¨®venes encapuchados, y resulta menos frecuente todav¨ªa que si eso ocurre, ocurra precisamente en la misma fecha en que el cuerpo de una joven asesinada haya sido sacado de la casa donde ha ocurrido el crimen con una silla de ruedas". "No se puede afirmar que el testigo se confunde en la fecha y al mismo tiempo sostener la presencia de una tercera persona sobre lo manifestado por ese testigo", a?ade. As¨ª, considera que el razonamiento "es absurdo", y "solo puede explicarse porque el tribunal fij¨® el momento de la salida del cuerpo a las 22.15 y todas las pruebas que atacaban esa conclusi¨®n hab¨ªa que desestimarlas; el resultado es arbitrario y err¨®neo, y con ello la sentencia entera", punto en el que invita a la Audiencia a "someter a un juicio de racionalidad el hecho de que unos j¨®venes que quieren deshacerse de un cuerpo decidan hacerlo alrededor de las 22.00, empujando una silla de rueda", operaci¨®n que "conlleva el gran riesgo de ser sorprendidos por terceros".
A su juicio, "el sentido com¨²n sugiere que la operaci¨®n se realiz¨® de madrugada", punto en el que se refiere a Samuel, se?alando que las "contradicciones" en las que incurri¨® en sus declaraciones autoinculpatorias "no afectan a lo sustancial, que es su intervenci¨®n en el encubrimiento de un crimen grav¨ªsimo cometido por sus amigos", y al hermano de Carca?o y su novia, refiri¨¦ndose al taxista que dice que traslad¨® al primero de ellos hasta Le¨®n XIII. "La Sala no considera la posibilidad de que haya algo de cierto en esa declaraci¨®n, ya que se ha fijado de antemano la hora cr¨ªtica de la salida del cuerpo de la casa", indica, subrayando que "hay muchos datos, indicios o pruebas que se confrontan con lo se?alado en relaci¨®n a la secuencia de los hechos, datos que abren las puertas a una responsabilidad que la sentencia, de manera clamorosamente err¨®nea, ha cerrado al fijar una secuencia de los hechos que da validez a la coartada de los absueltos".
En relaci¨®n al hecho de que haya absuelto a Carca?o de un delito contra la integridad moral por la distintas versiones sobre el paradero del cuerpo, el fiscal se muestra en contra y pide que se le condene a dos a?os de c¨¢rcel. Adem¨¢s, solicita que se condena a Carca?o a pagar los 616.319,27 euros que costaron las sucesivas b¨²squedas del cuerpo, admitiendo que, "aunque carece de bienes, de manera que pocos efectos producir¨¢ la modificaci¨®n que se solicita, esta petici¨®n pretende dotar de coherencia a la respuesta judicial a estos hechos".
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