Reforma del Reglamento para que puedan cobrar el paro los parlamentarios
Percibir¨¢n una indemnizaci¨®n en caso de cese por renuncia, equivalente a una mensualidad
El Parlamento aprob¨® ayer una reforma de su Reglamento para que sus miembros puedan cobrar el paro, como cualquier otro trabajador afiliado a la Seguridad Social. Esta reforma, que cont¨® con el respaldo de todos los grupos, pretende la inclusi¨®n de los parlamentarios en el r¨¦gimen general de la Seguridad Social a efectos de cotizaci¨®n y prestaci¨®n por desempleo.
Para que ello sea efectivo, la C¨¢mara de Vitoria deber¨¢ aprobar una proposici¨®n de ley que remitir¨¢ a las Cortes Generales para que sean ¨¦stas las que aprueben una modificaci¨®n de la Ley de la Seguridad Social.
La reforma, aprobada sin que ning¨²n grupo interviniese ante el pleno, modifica tres art¨ªculos del actual Reglamento de la C¨¢mara y varias disposiciones, informa Efe. Hasta que el Congreso no apruebe la correspondiente proposici¨®n de ley, la reforma incluye una disposici¨®n transitoria para que, mientras que la legislaci¨®n general de la Seguridad Social no prevea la cobertura de las prestaciones por desempleo de los parlamentarios, estos perciban, en el caso de renuncia o de extinci¨®n de su mandato, una prestaci¨®n econ¨®mica temporal equivalente al 40% de una mensualidad de su salario base.
Esta prestaci¨®n se abonar¨¢ mensualmente durante al menos un trimestre por cada a?o de mandato, con un m¨¢ximo de 12 meses.
Indemnizaci¨®n
Adem¨¢s, la reforma incluye un apartado que establece que los parlamentarios percibir¨¢n, una sola vez y siempre que hayan desempe?ado el cargo al menos durante un a?o, una indemnizaci¨®n en caso de cese por renuncia, equivalente a una retribuci¨®n mensual. Este ¨²ltimo punto tendr¨¢ car¨¢cter general, excepto en el caso de pasar a percibir una remuneraci¨®n p¨²blica en un plazo inferior a un mes.
En el cap¨ªtulo de los derechos y prerrogativas de los parlamentarios, se incluye que las cotizaciones a la Seguridad Social estar¨¢n sujetas a la legislaci¨®n general en la materia y al convenio especial suscrito por la C¨¢mara con la Tesorer¨ªa General.
Esta reforma del Reglamento es uno de los aspectos acordados por los grupos en la ponencia que trabaj¨® en la elaboraci¨®n del Estatuto del Pol¨ªtico vasco. Entre otras cosas, en ese acuerdo se recoge suprimir por ley el derecho de los altos cargos del Gobierno a percibir complementos de pensiones vitalicias.
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