El Supremo tumba los permisos del Consell a dos torres en Benidorm
El tribunal anula asimismo la licencia de obras municipal en primera l¨ªnea de costa
En una dura y contundente sentencia emitida el pasado 23 de julio, que es firme y definitiva, el Tribunal Supremo ha determinado que las dos torres Gemelos 28 de la Punta Llisera, en primera l¨ªnea del Rac¨® de l¡¯Oix de Benidorm, no debieron ser autorizadas por el Consell el 29 de abril de 2005. Al mismo tiempo, arremete y cuestiona la concesi¨®n de la licencia de obras que le otorg¨® el Ayuntamiento dos meses antes de la entrada en vigor de la actual Ley de Costas en 1988. La sentencia deja en evidencia que toda la tramitaci¨®n administrativa para la construcci¨®n de estos dos edificios en la zona de servidumbre de protecci¨®n mar¨ªtima fue una aut¨¦ntica chapuza, los deja fuera de ordenaci¨®n urban¨ªstica y cerca del limbo jur¨ªdico.
Desde que el director general de Puertos y Costas de la Consejer¨ªa de Ordenaci¨®n del Territorio, que entonces dirig¨ªa Rafael Blasco, firm¨® la autorizaci¨®n para que Edificaciones Calpe, una empresa del grupo Ballester, levantara las torres hasta hoy han pasado siete a?os y los edificios ya est¨¢n construidos y parcialmente habitados.
La Administraci¨®n General del Estado recurri¨® el permiso del Consell de 2005 ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que fall¨® a favor del Gobierno valenciano y la empresa en junio de 2008. Pero esta sentencia del Supremo deja en evidencia los argumentos que esgrimi¨® el TSJ valenciano, cuya sentencia permiti¨® que Ballester continuara las obras.
El TS anula el permiso de la consejer¨ªa bas¨¢ndose en la invalidez de la licencia de obras obtenida por el original promotor, Inmobiliaria y Promociones Cafarelli, SA, que luego vendi¨® la parcela a Edificaciones Calpe, para levantar dos edificios de 21 plantas, otras cuatro de garajes y una piscina.
Cronolog¨ªa de una ilegalidad en primera l¨ªnea de mar
06-07-1988. Se le concede licencia de obras por decreto del alcalde Manuel Catal¨¢n Chana.
15-07-1988. El pleno aprueba un primer estudio de detalle (ED) sin la mayor¨ªa necesaria.
29-07-1988. Entra en vigor la Ley de Costas.
28-09-1989. El alcalde anula por decreto el acuerdo plenario que aprob¨® el primer ED.
26-09-1996. El pleno aprueba de nuevo el estudio de detalle.
29-04-2005. El Consell otorga autorizaci¨®n al promotor para construir, que el abogado del Estado recurri¨®.
02-06-2008. El TSJ falla a favor de la empresa y el Consell.
18-11-2008. La Abogac¨ªa del Estado recurre la anterior sentencia.
09-06-2011. El alcalde de Benidorm concede, estando en funciones, la licencia de ocupaci¨®n de las viviendas.
23-07.2012. El Tribunal Supremo anula la autorizaci¨®n y considera nula la licencia de obras.
La licencia de obras fue concedida por decreto del entonces alcalde, Manuel Catal¨¢n Chana, del PSPV, el 6 de junio de 1988, menos de dos meses antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas el 28 de julio del mismo a?o. Pero estaba condicionada a dos cosas: la aprobaci¨®n de un estudio de detalle para reordenar las dos parcelas de la obra y la adecuaci¨®n del proyecto edificatorio a la volumetr¨ªa exigida.
El estudio de detalle, que el Supremo considera un instrumento de planeamiento municipal de rango normativo superior sin el que no se puede conceder la licencia de obras, no fue aprobado por el pleno hasta el 26 de septiembre de 1996, ocho a?os despu¨¦s de la entrada en vigor de la Ley de Costas. ¡°La concesi¨®n de la licencia condicionada a la aprobaci¨®n de un ulterior estudio de detalle no pod¨ªa tener otra consecuencia que su invalidez, al no ser ajustada a derecho tal condici¨®n¡±. Y a¨²n dice m¨¢s: ¡°No es descartable que la premura en la concesi¨®n de la licencia el 6 de junio de 1998 y la aprobaci¨®n inicial del estudio de detalle el 15 de julio obedeciera al intento de evitar la aplicaci¨®n de la Ley de Costas¡±.
El TS concreta que cuando el Consell autoriz¨® a la mercantil la construcci¨®n de los edificios ¡°ya se hab¨ªa aprobado el deslinde del dominio p¨²blico mar¨ªtimo terrestre¡±, por lo que ¡°la parcela quedaba afectada por la servidumbre de tr¨¢nsito y protecci¨®n¡±, que en suelo urbano es de 20 metros, donde ¡°est¨¢n prohibidas las edificaciones destinadas a residencia o habitaci¨®n¡±, seg¨²n la Ley de Costas.
Las 168 viviendas ya se han vendido a un precio entre 290.000 y 575.000 euros
El terreno donde se levantan los edificios, construidos tras la demolici¨®n de otro all¨ª ubicado, intent¨® recuperarlo para el dominio p¨²blico el primer Gobierno de Zapatero. El Consejo de Ministros aprob¨® el 15 de junio de 2007, cuando ya estaba en pie la estructura de ambos bloques, la declaraci¨®n de utilidad p¨²blica de la parcela de 10.639 metros donde se ubican ambas torres para su expropiaci¨®n dentro del programa de adquisici¨®n de fincas del Ministerio de Medio Ambiente que dirig¨ªa Cristina Narbona.
Tras las elecciones generales de 2008, el Gobierno desisti¨® del procedimiento porque el coste de la expropiaci¨®n podr¨ªa haber superado los 50 millones de euros y ya hab¨ªa recibido el primer rev¨¦s judicial del TSJ. Fue entonces cuando, pese a que el Gobierno advirti¨® de que recurrir¨ªa al Supremo, el promotor decidi¨® continuar las obras y terminar las 168 viviendas de las torres, de las que ya ha vendido la mitad a precios entre 290.000 y 575.000 euros.
El tribunal considera que Benidorm intent¨® sortear la Ley de Costas
Pero el camino judicial de Gemelos 28 todav¨ªa no ha concluido. Un particular present¨® una querella contra el alcalde Agust¨ªn Navarro y tres t¨¦cnicos municipales por la concesi¨®n de la licencia de ocupaci¨®n el 9 de junio de 2011, dos d¨ªas antes del pleno en el que el regidor fue reelegido para el cargo en minor¨ªa. El querellante, Emilio Ram¨ªrez, considera que hay construido un exceso de volumetr¨ªa porque la altura de cada planta pas¨® de 2,70 a 3,33 metros y en vez de los 26.566,83 metros del proyecto original, el promotor ha acabado construyendo 6.500 m¨¢s, un 23% de exceso.
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