Un fallo anula la orden de plantillas de Educaci¨®n de 2010
La sentencia afea a la consejer¨ªa la ausencia de ¡°buena fe¡± en la negociaci¨®n
Una sentencia notificada este martes a FETE-UGT anula la orden de plantillas de la ESO, Bachillerato y FP que la Consejer¨ªa de Educaci¨®n public¨® en 2010 en contra del criterio de los sindicatos. El fallo, emitido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, secci¨®n segunda, del Tribunal Superior de Justicia valenciano, es la tercera sentencia desfavorable que Educaci¨®n encaja en los ¨²ltimos 15 d¨ªas. La primera, el d¨ªa 18, obligaba a Educaci¨®n a autorizar una l¨ªnea en valenciano en un colegio de Xirivella. La segunda, del d¨ªa 19 de febrero, consideraba nula de pleno derecho la normativa que primaba a las madres embarazadas?en la escolarizaci¨®n de su hijo.
Esta tercera sentencia declara nula de pleno derecho la orden sobre plantillas en los IES. Es, adem¨¢s, un aviso contra la falta de negociaci¨®n en las materias del alcance de la orden impugnada: ¡°Criterios para la dotaci¨®n de plantillas y determinaci¨®n de las condiciones de trabajo del profesorado¡±. El fallo judicial tumba la orden, como resume Javier Gonz¨¢lez, de FETE-UGT, que la impugn¨®, ¡°por no haber sido negociada debidamente con los representantes de los trabajadores de la ense?anza, vulnerando un tr¨¢mite legal esencial que establece el Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico, ya que esta orden regula las condiciones de trabajo del profesorado de los centros de Secundaria¡±.
El demandante aduce que el viernes 19 de noviembre de 2010 ¡°se le envi¨® la documentaci¨®n y convocatoria para el lunes, 22 de noviembre, y ante la protesta sindical por la premura se les convoc¨® de nuevo para el d¨ªa 25, no asistiendo a la reuni¨®n los representantes de UGT, por lo que se denuncia que no ha existido una negociaci¨®n real y efectiva¡±.
La Administraci¨®n, por su parte, argumenta que existi¨® negociaci¨®n, con independencia de su mayor o menor amplitud, que se desarroll¨® los d¨ªas 22 y 25 de noviembre, y que en ning¨²n caso existe obligaci¨®n de llegar a un acuerdo, sino tan solo de llevar a cabo el proceso negociador¡±.
¡°No cabe concluir que nos hallemos ante un aut¨¦ntico y efectivo proceso negociador, y menos a¨²n que est¨¦ presidido por la buena fe negocial¡±, rebate el juez, tras la ¡°lectura de las actas-carentes de firma- de las reuniones mantenidas entre Administraci¨®n y sindicatos¡±. Esa buena fe "hubiera requerido, dada la trascendencia de las materias a negociar, facilitar con la suficiente antelaci¨®n a los representantes sindicales, la totalidad de la documentaci¨®n necesaria para permitir el debate entre las distintas propuestas y posiciones¡±. El fallo, que es recurrible, recuerda que las anteriores plantillas se negociaron en dos a?os.
Ante la pregunta de si existe alguna similitud con la falta de proceso negociador en el caso de la bolsa de interinos, tan de actualidad ahora, Gonz¨¢lez acepta que ¡°existe cierto paralelismo con la situaci¨®n actual de?denuncia del Acuerdo de Interinos¡±, pero ¡°no es exactamente igual. Lo que se ha producido ahora, matiza, es la denuncia de un acuerdo en vigor, que finaliza su vigencia en el curso 2014/2015, para "forzar" a una negociaci¨®n a los representantes del profesorado "que no se puede plantear" tienen "un acuerdo vivo". Por lo tanto, concluye el portavoz sindical, si se dictara una orden o resoluci¨®n que sustituyera a este acuerdo, el motivo principal de un posible recurso contra ella "ser¨ªa precisamente ese, que existe un acuerdo en vigor que debe respetarse y no, como en el caso anterior, la falta de negociaci¨®n¡±.
Adem¨¢s de estas tres sentencias desfavorables a la Consejer¨ªa de Educaci¨®n, conocidas en los ¨²ltimos 15 d¨ªas, el ¨²ltimo fallo recuerda que el mismo tribunal anul¨® el 10 de diciembre de 2012 la resoluci¨®n de la Direcci¨®n General de Evaluaci¨®n, Innovaci¨®n y Calidad Educativa, sobre reducci¨®n del n¨²mero de desdobles para el curso 2010/11, ¡°por no haberse negociado con los sindicatos los criterios para regulaci¨®n de plantillas¡±. Tambi¨¦n el pasado mes de diciembre el TSJ fall¨® en contra de la consejer¨ªa por la denegaci¨®n de una l¨ªnea en valenciano a un colegio concertado de Picassent.
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