TSJC anula una reducci¨®n salarial aplicada tras varios despidos
El tribunal considera "injustificado" rebajar sueldos y que las extinciones deber¨ªan ser suficientes La sentencia afirma que los despidos "desnaturalizan" la medida reductora de salarios CC OO considera que el fallo supone "un golpe" a la reforma laboral aprobada por el PP
Una empresa no puede aplicar una rebaja salarial por motivos econ¨®micos tras haber despedido empleados por la misma raz¨®n. . Este es el argumento esgrimido por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) al anular la decisi¨®n de una empresa de rebajar en un 15% el sueldo a sus empleados de Catalu?a tras despedir a parte de la plantilla. La sala de lo social del TSJC considera que las extinciones de contratos tendr¨ªan que haber sido suficientes para afrontar la crisis y tacha de "injustificada" la decisi¨®n de rebajar salarios.
La sentencia se refiere a la empresa Maetel (Maessa Telecomunicaciones, Ingenier¨ªa, Instalaciones y Servicios), una ingenier¨ªa que trabaja para Endesa, a la que le pide que restituya a los trabajadores de Catalu?a sus antiguos salarios, reducidos desde julio de 2012, cuando el mismo a?o hab¨ªa despedido a 11 empleados. La sentencia ve "injustificada" la reducci¨®n de sueldos "porque la adaptaci¨®n de la productividad de la empresa a la nueva l¨ªnea de mercado se deb¨ªa haber conseguido con los despidos", que la empresa llev¨® a cabo entre julio y noviembre de 2012.
Los despidos y la posterior rebaja salarial se produjeron despu¨¦s de que el centro de trabajo de Maetel en Tarragona firmara un contrato con Endesa que comportaba una ca¨ªda de la carga de trabajo y una reducci¨®n de las tarifas, explica el secretario de Acci¨®n Sindical de la Federaci¨®n de Industria de CC OO, Jos¨¦ Antonio Hern¨¢ndez. La empresa, con sede en Zaragoza, tiene otros dos centros de trabajo en Catalu?a.
La Sala Social del TSJC reprocha a la compa?¨ªa que con la reducci¨®n de los salarios busque "reducir costes" y recuerda que, "globalmente" la empresa "obtiene beneficios". El tribunal limita as¨ª las medidas que puede adoptar la empresa para adaptar su actividad a una situaci¨®n de bajada de la producci¨®n y de la facturaci¨®n.
El sindicato CC OO, que ha llevado la defensa de los trabajadores, entiende que esta sentencia supone "un golpe" a la reforma laboral aprobada por el Gobierno y que introdujo el salario entre las variables que una empresa puede modificar en aplicaci¨®n del art¨ªculo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Hasta entonces este articulo contemplaba modificar por "razones econ¨®micas, t¨¦cnicas y organizativas o de producci¨®n" cuestiones como el horario o los turnos de trabajo, pero no el salario. "Esta sentencia apoya la tesis de que antes de aplicar flexibilidad externa, despidiendo, hay que agotar todas las v¨ªas de flexibilidad interna", considera Hern¨¢ndez.
La empresa justific¨® los despidos por la reducci¨®n de la carga de trabajo de su ¨²nico cliente en Catalu?a, Endesa. Maetel tiene sede en Zaragoza y tres centros operativos en Catalu?a, precisa CC OO. En la sentencia, el TSJC asegura que los despidos objetivos llevados a cabo "han desnaturalizado completamente la medida reductora de salarios" ya que la raz¨®n de ser de la modificaci¨®n de las condiciones de trabajo es, precisamente, evitar las extinciones de empleo. En este sentido, el TSJC recuerda que la ampliaci¨®n de la flexibilidad interna que otorga la nueva legislaci¨®n laboral se justifica para favorecer en las empresas alternativas a la destrucci¨®n de empleo y subraya que se debe evitar "un uso abusivo o fraudulento de un poder empresarial que sigue siendo causal".
Adem¨¢s, el tribunal recuerda que los trabajadores de Catalu?a han dejado tambi¨¦n de percibir un plus debido a la falta de actividad. Respecto a la aplicaci¨®n del art¨ªculo 41, el alto tribunal subraya que "no existe una discrecionalidad absoluta del empresario", quien "deber¨¢ acreditar la concurrencia de circunstancias en su empresa". La sentencia del TSJC puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
CC OO tambi¨¦n ha informado de una reciente sentencia del juzgado social n¨²mero dos de Matar¨® (Barcelona), que tambi¨¦n "tumba" la reforma laboral en relaci¨®n con un conflicto colectivo en la empresa Cobra Instalaciones y Servicios. Este juzgado considera que existe un defecto de contenido ya que las razones de la empresa para bajar los sueldos a la plantilla no est¨¢n suficientemente probadas.
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