El TSJC anula el plan de gesti¨®n de la cuenca interna de la Generalitat
El tribunal detecta un defecto de forma al no incluir dict¨¢menes de la comisi¨®n jur¨ªdica asesora
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha declarado la nulidad del decreto que aprueba el Plan de Gesti¨®n de la Cuenca Fluvial de Catalu?a y el acuerdo de la Generalitat que establece el programa de medidas del citado plan. El Gobierno aragon¨¦s lo hab¨ªa denunciado al considerar que la Generalitat asum¨ªa competencias estatales, al realizar recomendaciones sobre la gesti¨®n de la parte catalana de la cuenca hidrogr¨¢fica del Ebro, gestionada por la Confederaci¨®n Hidrogr¨¢fica del Ebro.
Si bien la sentencia asume algunos recursos interpuestos por el Departamento de Presidencia del Gobierno de Arag¨®n, desestima la petici¨®n de nulidad del decreto de delimitaci¨®n del ¨¢mbito territorial del distrito de la cuenca hidrogr¨¢fica, impugnado indirectamente por el Ejecutivo aragon¨¦s.
En lo que s¨ª que le da la raz¨®n a la comunidad aragonesa es en la ausencia de los dict¨¢menes de la Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora y del Instituto Aragon¨¦s del Agua, as¨ª como del informe del Consejo Nacional del Agua, que se emiti¨® posteriormente a la aprobaci¨®n del decreto impugnado. El Gobierno catal¨¢n asegura que si no encarg¨® esos informes es porque ¡°se entendi¨® que no era necesario¡±, ya que ¡°no est¨¢ previsto en el reglamento de planificaci¨®n hidrol¨®gica¡±.
La sentencia considera que el procedimiento de aprobaci¨®n del plan de gesti¨®n de la cuenca fluvial de Catalu?a ha incurrido "en un defecto sustancial", que implica su nulidad, lo que "hace innecesario el an¨¢lisis del resto de motivos del recurso". Ante esos defectos de forma detectados por el TSJC, la Generalitat ha anunciado que interpondr¨¢ un recurso de casaci¨®n.
El fallo del TSJC no declara nulo, sin embargo, el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros en abril de 2011, por lo que el Plan de Gesti¨®n de la Cuenca Fluvial de Catalu?a. El Gobierno de Arag¨®n ha recurrido tambi¨¦n esta ley ante el Tribunal Supremo.
El plan de gesti¨®n fue aprobado a finales de noviembre de 2010 pero ya se est¨¢n llevando a cabo una revisi¨®n anticipada. El motivo no es otro de la imposibilidad de ejecutar las inversiones en los plazos establecidos a causa del contexto econ¨®mico.
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