El Supremo anula la ampliaci¨®n del puerto de Altea que aval¨® el Consell
El proyecto se autoriz¨® con una declaraci¨®n ambiental realizada sobre un proyecto anterior
El Tribunal Supremo desestima el recurso que en su d¨ªa present¨® la Generalitat y que pretend¨ªa legalizar el proyecto de ampliaci¨®n del puerto deportivo Luis Campomanes en Altea, que iba a pasar de 500 a 1.000 amarres. Las obras comenzaron y la Generalitat las paraliz¨® cuando Ecologistas en Acci¨®n, Greenpeace y WWF presentaron un recurso por su impacto ambiental.
La sentencia del 1 de febrero de 2010 del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) que anulaba ese proyecto sigue en pie. El Supremo estima que el estudio de impacto ambiental realizado por el promotor (Marina de Greenwich, SA) no se correspond¨ªa con el proyecto presentado sino que estaba relacionado con un proyecto diferente. La declaraci¨®n de impacto ambiental pretend¨ªa imponer como una medida compensatoria el trasplante de las matas de esa a otra localizaci¨®n. Sin embargo, ese trasplante era inviable y nunca se hab¨ªa realizado con ¨¦xito en el Mediterr¨¢neo en una extensi¨®n tan grande. Seg¨²n los denunciantes el estudio de impacto ambiental presentado no se correspond¨ªa con el proyecto final, sino con un proyecto anterior, sometido a informaci¨®n p¨²blica en el a?o 2000.
La secci¨®n tercera de sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casaci¨®n que la Generalitat interpuso en mayo de 2010 contra la sentencia del TSJCV de febrero de 2010. Esta sentencia anulaba el proyecto de ampliaci¨®n del puerto deportivo Luis Campomanes (ahora denominado Marina Greenwich). Fue presentado por la mercantil Marina de Greenwich, SA, en 2002 y aprobado por la Consejer¨ªa de Infraestructuras y Urbanismo.
En el procedimiento judicial qued¨® acreditado que las obras ocupar¨ªan y destruir¨ªan una pradera de Posidonia oceanica muy bien conservada en una extensi¨®n de varias decenas de hect¨¢reas.
El fallo establece que Marina de Greenwich, SA, y la Generalitat deber¨¢n pagar las costas del proceso, que son unos 2.000 euros cada uno.
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