Bankia condenada a devolver 200.000 euros
La sentencia anula el contrato por falta de informaci¨®n clara y precisa El demandante era un agricultor de 66 a?os de la provincia de Castell¨®n
Dice el dicho que el cliente siempre tiene la raz¨®n, aunque hasta ahora no parec¨ªa muy cierto cuando hablamos de bancos. Parece que las cosas est¨¢n cambiando. Una sentencia, dictada con fecha 24 de julio, obliga a Bankia a devolver 200.000 euros a un agricultor aut¨®nomo de 66 a?os de Castell¨®n, al haberse declarado la nulidad del contrato de adquisici¨®n de obligaciones subordinadas. El juzgado de Primera Instancia n¨²mero 11 de Valencia ha considerado que el comprador no conoc¨ªa el funcionamiento ni los riesgos del producto.
La sentencia estima la demanda del agricultor y declara la nulidad del contrato "por error esencial en el consentimiento", y condena a Bankia a devolver 200.000 euros y sus intereses legales. La resoluci¨®n concluye que el demandante no pudo ¡°conocer de forma cabal su funcionamiento y los riesgos del mismo¡±. El fallo condena tambi¨¦n a Bankia al pago de las costas, seg¨²n la sentencia facilitada por la asesor¨ªa Col.lectiu Ronda.
El cliente concert¨® en octubre de 2006 la compra de obligaciones subordinadas por un valor de 200.000 euros procedentes de la venta de una finca. Las obligaciones subordinadas son t¨ªtulos emitidos por una entidad para la financiaci¨®n de un proyecto y se trata de un producto h¨ªbrido entre la deuda y las acciones. El agricultor pens¨® que adquir¨ªa un dep¨®sito a plazo fijo, sin riesgo y recuperable en cualquier momento, seg¨²n aleg¨® ¨¦l mismo.
Sin embargo, y al igual que ha sucedido con miles de afectados por las preferentes, cuando quiso disponer de parte del capital para realizar un viaje, se le inform¨® de que no pod¨ªa recuperarlo hasta el a?o 2022. En la sentencia, la juez del Juzgado 11 de Valencia considera que en esta operaci¨®n la entidad falt¨® a su deber de proceder ¡°con diligencia y transparencia en inter¨¦s de su cliente¡±.
Bankia, por su parte, aleg¨® que inform¨® al cliente de las caracter¨ªsticas del producto y de sus riesgos y hubo consentimiento informado. Aduce adem¨¢s que el cliente es un agricultor aut¨®nomo pero "cuenta con un importante patrimonio inmobiliario" y ha realizado otras inversiones como imposiciones a plazo fijo, compra de acciones y compra de otras obligaciones subordinadas con posterioridad a las que se juzgan.
La magistrada, sin embargo, insiste en lo contrario y destaca dos cosas. En primer lugar, considera probada ¡°la ausencia de preparaci¨®n t¨¦cnica del cliente en materia de inversiones financieras¡±, y a?ade que ¨¦ste se dedicaba a trabajar sus tierras. En segundo lugar, insiste en ¡°la relaci¨®n comercial de confianza existente¡± entre el agricultor y su oficina, en especial con un empleado y su director.
La sentencia valora las subordinadas como un ¡°instrumento financiero complejo y de riesgo alto¡± ya que, entre otras cosas, para el cliente ¡°existe un riesgo vinculado directamente a la solvencia de la entidad emisora¡±.
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