Un fallo obliga al Consell a mantener la ayuda para la compra de una VPP
La Administraci¨®n deneg¨® a una afectada la renovaci¨®n de la ayuda para 10 a?os
Un juzgado de Castell¨®n ha condenado a la Generalitat a seguir abonando la ayuda para el pago de las cuotas de adquisici¨®n de una vivienda de promoci¨®n p¨²blica (VPP) a una mujer despu¨¦s de que se le negara su renovaci¨®n pasados cinco a?os.
La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n¨²mero 2 de Castell¨®n, facilitada por la Plataforma de Afectados de Ayudas a la Vivienda, tambi¨¦n condena a la Administraci¨®n valenciana a pagar las cuotas atrasadas a la perjudicada.
La Plataforma de Afectados de Ayudas a la Vivienda ha manifestado en un comunicado que se trata de la primera sentencia que es favorable a un particular ante la anulaci¨®n de la subsidiaci¨®n por parte de la Generalitat desde la aprobaci¨®n del Real Decreto 20/2012," el primero conocido de los recortes".
La Plataforma asegura que el fallo podr¨ªa abrir el camino para que 50.000 afectados en la Comunidad Valenciana puedan recuperar su derecho a recibir la subsidiaci¨®n.
Seg¨²n la sentencia, en febrero de 2007 el Servicio Territorial de Vivienda y Servicios Urban¨ªsticos concedi¨® a la demandante la financiaci¨®n de la adquisici¨®n de una Vivienda de Protecci¨®n P¨²blica durante 10 a?os.
La Generalitat se compromet¨ªa a subvencionar una parte de la cuota de la vivienda y la misma se deb¨ªa renovar a los cinco a?os si se manten¨ªan los requisitos que llevaron a su concesi¨®n, a?ade el texto.
Una vez pasado el periodo de cinco a?os, la beneficiaria de la subsidiaci¨®n present¨® la solicitud de pr¨®rroga en la que acreditaba los requisitos que le llevaron a obtener la cuota del pago de la vivienda por parte de la Generalitat, pero no fue admitida por el Servicio Territorial de Vivienda.
Esto ocurri¨® el 15 de octubre de 2012 y entonces la perjudicada present¨® un recurso ante la Direcci¨®n General de Obras P¨²blicas, Proyectos Urbanos y Vivienda, que fue desestimado tambi¨¦n.
Por ello llev¨® su caso al juzgado, que ahora ha dictado una resoluci¨®n favorable al respecto.
En la demanda la perjudicada explicaba que el motivo por el que la Administraci¨®n le neg¨® la renovaci¨®n de la ayuda fue porque se aplic¨® una normativa diferente a la que estaba en vigor cuando se concedi¨® la ayuda, el Real Decreto 20/2012.
El juez estima la demanda, ya que explica que en la aprobaci¨®n de la ayuda "en la casilla correspondiente al tiempo de duraci¨®n de la ayuda se establece expresamente diez a?os".
Por ello, a?ade, se trata de "un derecho ya reconocido" y lo que puede exigir ¨²nicamente la Generalitat, es que a los cinco a?os de concedida la ayuda, "se mantengan los requisitos que conllevan el otorgamiento de la subvenci¨®n".
As¨ª, se anula la resoluci¨®n que negaba la renovaci¨®n de la ayuda a la vivienda a la demandante y se declara la "procedencia" de la admisi¨®n de la solicitud de esta.
Tambi¨¦n decreta que, por un lado, se siga percibiendo la subsidiaci¨®n de parte de la Generalitat (pago de una parte de la cuota) y por otro, se reintegren las cantidades que est¨¢ abonando la denunciante por el "incumplimiento del pago por parte de la Generalitat de la subvenci¨®n de la cuota con los intereses generados".
Desde la Plataforma de Afectados de Ayudas a la Vivienda se ha exigido a la Administraci¨®n que, "una vez deslegitimada en su intento de socavar" esos derechos, "restablezca la subsidiaci¨®n para todos los afectados".
"No es justo que los afectados debamos acudir uno a uno a la v¨ªa contenciosa, asumiendo elevadas tasas, para recuperar lo que es leg¨ªtimamente nuestro", han agregado.
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