La juez ordena el ingreso en prisi¨®n del extorero Jos¨¦ Ortega Cano
La decisi¨®n del juzgado es recurrible ante la Audiencia Provincial de Sevilla
El ingreso en prisi¨®n del extorero Jos¨¦ Ortega Cano parece que solo es cuesti¨®n de d¨ªas. Aunque a¨²n no se sabe de cu¨¢ntos. La juez que lo conden¨® a dos a?os y medio de c¨¢rcel por el accidente de tr¨¢fico que cost¨® la vida a Carlos Parra ha rechazado su petici¨®n de que se aplazara el encarcelamiento mientras se tramita el indulto solicitado a finales del a?o pasado. La decisi¨®n del juzgado es recurrible ante la Audiencia Provincial de Sevilla y el abogado del exdiestro, Jes¨²s Zapatero, ha anunciado que aprovechar¨¢ esa situaci¨®n. ¡°En principio, recurriremos. A¨²n tenemos cinco d¨ªas para estudiarlo. Pero s¨ª, seguramente, se recurrir¨¢¡±, reitera. En el auto, la magistrada no precisa la fecha para cumplir la entrada en prisi¨®n. Seg¨²n fuentes del caso, existe la posibilidad de que el juzgado requiera a Ortega Cano su ingreso inmediato, aunque puede ser que espere uno o dos meses hasta que la Audiencia Provincial se pronuncie.
Seg¨²n la resoluci¨®n, la juez de lo Penal 6 de Sevilla accede a la petici¨®n de la fiscal¨ªa y de la acusaci¨®n particular, ya que no concurre ninguna de las causas previstas en la ley para suspender la medida. ¡°No se considera que concluya ninguna circunstancia excepcional ni extraordinaria para la concesi¨®n de esta suspensi¨®n¡±, dice el auto. La magistrada asegura que, con su petici¨®n, Ortega Cano solo intenta dilatar el procedimiento. Respecto a los motivos de salud alegados por el extorero ¡ªquien fue intervenido de coraz¨®n en diciembre del a?o pasado¡ª, la juez asegura que los servicios m¨¦dicos de Instituciones Penitenciarias ¡°velan por la salud de toda la poblaci¨®n reclusa¡±.
Adem¨¢s, se?ala que, en el caso de que ingrese en prisi¨®n y el Gobierno decida en unos meses darle el indulto ¡ªconcesi¨®n que la magistrada califica como ¡°ilusoria¡±¡ª, solo habr¨¢ cumplido una parte m¨ªnima de la pena. La juez recuerda en la resoluci¨®n emitida que la Secci¨®n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla conden¨® a Ortega Cano por tres delitos: homicidio imprudente, conducci¨®n temeraria y contra la seguridad vial en su modalidad de conducir bajo la influencia de bebidas alcoh¨®licas. El extorero siempre ha negado que hubiera bebido esa noche, pese a que el an¨¢lisis del Instituto Nacional de Toxicolog¨ªa arroj¨® un resultado de 1,26 gramos de alcohol por litro en sangre.
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