Una legislaci¨®n m¨¢s simple y transparente
La nueva Ley del Territorio acorta los plazos y mejora el control p¨²blico
La Generalitat ha presentado a las Cortes Valencianas un proyecto de ley de Ordenaci¨®n del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOPTU) que agiliza la tramitaci¨®n de los planes y garantiza el control p¨²blico del agente urbanizador.
Despu¨¦s de una d¨¦cada de sobreabundancia legislativa, o¨ªdas las quejas de sectores profesionales y las denuncias ciudadanas por la opacidad de estas normas, la Generalitat emprendi¨®, aprovechando la crisis, una revisi¨®n completa de la normativa.
El proyecto de ley acorta los plazos de tramitaci¨®n de los planes urban¨ªsticos porque a¨²na el proceso de evaluaci¨®n de impacto ambiental con la urban¨ªstica. Tambi¨¦n reserva a la Generalitat el control en la planificaci¨®n de las infraestructuras o las dotaciones p¨²blicas y deja a los Ayuntamientos el dibujo en detalle de los sectores.
El director de Evaluaci¨®n Ambiental y Territorial de la Generalitat, Juan Giner, destac¨® del texto que deja muy claro desde el principio lo que se puede hacer o no en el territorio, a la vez que mejora la transparencia respecto a periodos anteriores.
Ning¨²n promotor ni Consistorio podr¨¢ refugiarse en una notar¨ªa para sacar de tapadillo un plan urban¨ªstico como ocurr¨ªa en el pasado. ¡°Hay m¨¢s control p¨²blico de la figura del agente urbanizador¡±, subrayaron los altos cargos de Territorio.
La Generalitat ha consultado durante todo el proceso de reformulaci¨®n legislativa con funcionarios europeos y tenido en cuenta la jurisprudencia en materia urban¨ªstica para evitar conflictos como los vividos en d¨¦cadas pasadas con la derogada LRAU y leyes posteriores. Las denuncias de los ciudadanos por pr¨¢cticas abusivas del agente urbanizador en los Programas de Actuaci¨®n Integrada (PAI) llegaron a las puertas del Parlamento Europeo y mantuvieron en vilo a la Generalitat durante a?os.
El nuevo equipo de Urbanismo recupera una figura que ya exist¨ªa y que nunca funcion¨®, la de los propietarios como agente urbanizador directo. Cuando un solar o edificio pendiente de rehabilitaci¨®n lleve a?os paralizado, un tercero podr¨¢ obligar a los Ayuntamientos a intervenir. Es decir, a exigir al propietario que edifique o rehabilite y en el caso de que no quiera hacerlo, permitir a un tercero hacerlo. El plazo para forzar la situaci¨®n se ampl¨ªa de los dos a?os actuales a seis, seg¨²n Giner, por el escenario de crisis actual.
La reserva de suelo para la construcci¨®n de viviendas de protecci¨®n p¨²blica, queda supeditado a lo que recoge la ley de suelo estatal, entre un 10 y un 15%. La regulaci¨®n de las Actuaciones Territoriales Estrat¨¦gicas (ATE), que la Generalitat ide¨® para acelerar proyectos de inter¨¦s econ¨®mico, se toca ligeramente. En concreto, se refuerzan los criterios econ¨®micos que deben cumplir los promotores del proyecto.
Giner, que compareci¨® acompa?ado de los subdirectores de Territorio, Vicente Dom¨¦nech y Enrique Mart¨ª Selva, acab¨® con el ¨²nico mensaje posible a los protagonistas del negocio inmobiliario: hay que centrarse en los planes existentes.
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