Condena al Sergas por un error de diagn¨®stico tras varias operaciones
Tendr¨¢ que indemnizar con 54.000 euros a la paciente por tardar en la detecci¨®n de una enfermedad inflamatoria p¨¦lvica
El Servizo Galego de Sa¨²de (Sergas) ha sido condenado a abonar 54.000 euros por retraso en diagn¨®stico en la detecci¨®n de una enfermedad inflamatoria p¨¦lvica a una paciente de 32 a?os tras haber acudido, al menos cinco veces, por urgencias al Complexo Hospitalario Universitario A Coru?a (Chuac). As¨ª lo se?ala la Asociaci¨®n El Defensor del Paciente, que indica que, mediante sentencia del Juzgado Contencioso de Santiago de Compostela, L.S.F., de 32 a?os de edad, deber¨¢ ser indemnizada en la suma de 54.000 euros por retraso diagn¨®stico en la detecci¨®n de una enfermedad inflamatoria p¨¦lvica (EIP). Como consecuencia de dicho retraso, seg¨²n explica El Defensor del Paciente, "la paciente sufri¨® varias intervenciones quir¨²rgicas que le generaron un grave da?o", cuando la enfermedad que padec¨ªa "podr¨ªa haber sido solucionada con tratamiento farmacol¨®gico", a?ade.
La paciente acudi¨® a El Defensor del Paciente y, a trav¨¦s de sus servicios jur¨ªdicos en Galicia, el abogado Cipriano Castreje formul¨® una demanda, que ha sido resuelta concediendo a la paciente la suma de 54.000 euros. Los hechos sucedieron cuando la paciente acudi¨® a consulta el 7 de noviembre de 2006 por dolor en fosa il¨ªaca derecha. "Y no consta que se le hiciese exploraci¨®n ginecol¨®gica, ya que con una simple exploraci¨®n bimanual, se hubiera comprobado que era portadora de una enfermedad inflamatoria p¨¦lvica", recuerda la asociaci¨®n. "Si en ese momento se hubiese diagnosticado la EIP, se podr¨ªa haber tratado oportunamente el caso con antibioterapia", abunda.
El 9 de noviembre de 2006, seg¨²n relata El Defensor del Paciente, "de nuevo no se explora adecuadamente a la afectada, y a pesar del signo inequ¨ªvoco de infecci¨®n es dada de alta con diagn¨®sticos tan dispares como lumbalgia aguda, contractura muscular o c¨®lico nefr¨ªtico". El abogado Cipriano Castreje ha se?alado que "la cadena de errores" que manifiesta el perito ginec¨®logo y que dieron lugar a que "la EIP se presentara como severa" cuando acude por quinta vez al Chuac, "se podr¨ªa haber evitado si alguien hubiera realizado en la primera visita una simple ecograf¨ªa abdominal, donde se habr¨ªa detectado la existencia de un absceso tubo-ov¨¢rico derecho". "Ha sido la Administraci¨®n sanitaria la que, con la mala praxis del personal a su servicio, ha provocado que la EIP no fuese tratada en un estado temprano con antibioterapia, sino que hubo que acudir a la cirug¨ªa radical y mutilante para salvarle la vida a la paciente, que qued¨® con secuelas est¨¦ticas y otras que afectar¨¢n al curso de salud el resto de su vida, y condicionar¨¢n, incluso, la posibilidad de poder ser madre", concluye la asociaci¨®n
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