Sarkozy y el aforamiento real
Si hubiera una causa penal, el blindaje procesal del fuero no servir¨ªa para asegurar una vida m¨¢s apacible y larga a la Casa Real
Sarkozy no tiene fuero que le ampare. La reciente noticia de su detenci¨®n es ejemplar. Es el expresidente de la Rep¨²blica francesa, es decir, ex jefe del Estado, equivalente a nuestro ex jefe del Estado, nuestro rey abdicado. A Sakozy le han detenido en una comisar¨ªa de polic¨ªa normal durante todo el tiempo normalmente necesario para las indagaciones e interrogatorio. A continuaci¨®n, cumpliendo los tr¨¢mites normales, le han puesto a disposici¨®n de un juez normal, que ha practicado las actuaciones procesales normales, y ha decidido lo que normalmente proced¨ªa. ?l ha dicho lo normal all¨ª y aqu¨ª, que es v¨ªctima de una conspiraci¨®n pol¨ªtico-judicial, ¡°por ser quien es¡±. Y, sin perjuicio del razonable terremoto medi¨¢tico, todo sigue su curso normal.
Al ex jefe del Estado espa?ol no le podr¨ªa ocurrir lo mismo. Es absoluta y totalmente inviolable por cualquier actuaci¨®n oficial o privada realizada por ¨¦l durante su reinado. Y para hechos posteriores al d¨ªa de la abdicaci¨®n ha perdido la inviolabilidad absoluta que, como rey ¡°reinante¡±, le otorgaba la Constituci¨®n. Pero que nadie se inquiete. Hay acuerdo pol¨ªtico mayoritario para blindar al rey abdicado frente al riesgo de ser juzgado por jueces normales.
Para ello se ha aforado al exmonarca ante el Tribunal Supremo, aprovechando una ley de modificaci¨®n de las vacaciones judiciales. El cauce aprovechado no tiene nada que ver con el fuero del rey abdicado, pero era el veh¨ªculo m¨¢s r¨¢pido que pasaba en ese momento por el Congreso de los Diputados. Seg¨²n su propio Presidente, una verdadera chapuza. El fuero, adem¨¢s, tendr¨¢ efecto retroactivo, de manera que si alg¨²n juzgado normal hubiera osado iniciar alguna actuaci¨®n penal o civil que afecte al regio aforado por hechos posteriores a la abdicaci¨®n, deber¨¢ suspender el tr¨¢mite y remitir lo actuado al Tribunal Supremo, que ya sabe lo que tiene que hacer.
La historia de la inviolabilidad absoluta de los reyes europeos est¨¢ unida a sus ancestros religiosos. La monarqu¨ªa m¨¢s antigua, la inglesa, todav¨ªa es hoy Gobernadora de la Iglesia Anglicana. En la Constituci¨®n de Dinamarca a¨²n se conserva la f¨®rmula de que el rey es ¡°sagrado e inviolable¡±. Tambi¨¦n lo eran Fernando VII e Isabel II. As¨ª se estableci¨® en las sucesivas Constituciones espa?olas hasta la de 1869, fruto de la revoluci¨®n de 1868. La tradici¨®n europea de la inviolabilidad real implica mucho m¨¢s que un fuero, porque el fuero s¨®lo significa que el aforado debe ser juzgado por un tribunal de mayor rango que el que normalmente corresponder¨ªa. A los reyes no les puede juzgar ning¨²n tribunal, de ning¨²n rango, en ning¨²n caso.
A diferencia de los reyes, los presidentes de las rep¨²blicas europeas no son plenamente inviolables. Se les puede juzgar, ante los m¨¢s altos tribunales o ante los Parlamentos, y en ocasiones solo por determinados delitos, o solo tras su mandato. En Alemania, se puede juzgar al Jefe del Estado ante el Tribunal Constitucional Federal, a iniciativa de una cuarta parte del Parlamento. En Italia, por violaci¨®n de la Constituci¨®n, a instancia de la mayor¨ªa absoluta del Parlamento. En Portugal ante el Tribunal Supremo, por delitos cometidos en el ejercicio de su cargo, y por otros delitos, al finalizar su mandato y sin fuero alguno. Y Sarkozy, muy a su pesar, es buena muestra de la ausencia de inviolabilidad total en Francia.
En Espa?a, el actual Gobierno hab¨ªa proyectado un blindaje procesal a la reina y a los entonces pr¨ªncipes Felipe y Leticia, dot¨¢ndoles de fuero ante el Tribunal Supremo. Poco despu¨¦s, la inesperada abdicaci¨®n desbord¨® las obsequiosas previsiones de Gallard¨®n. Ahora, mediante la precipitada chapuza legislativa, tendr¨¢n que crear m¨¢s fueros no s¨®lo para la reina consorte, sino tambi¨¦n para la reina madre, para el rey padre, y hasta para su nieta la Infanta que, por infantil, no lo necesita.
La dinast¨ªa borb¨®nica espa?ola, con sus cuatro abdicaciones en tres siglos, y las interrupciones de dos breves Rep¨²blicas y una prolongada dictadura, no es modelo de estabilidad. El blindaje procesal del fuero no servir¨ªa para asegurar una vida m¨¢s apacible ni duradera a la dinast¨ªa ni a la instituci¨®n. M¨¢s bien al contrario.
Si se produjera la improbable noticia de que el Tribunal Supremo inicia causa penal contra la reina consorte, la reina madre o el rey padre, se tambalear¨ªan los cimientos de la Corona y del sistema. Si el tribunal competente deber¨ªa ser el normal o el Supremo ser¨ªa una cuesti¨®n de fuero casi irrelevante, ante la magnitud del terremoto, muy probablemente insuperable.
Y por encima de estas previsiones ya no cabe imaginar cat¨¢strofes institucionales todav¨ªa peores. El Gobierno se encargar¨¢ de que aqu¨ª no tengamos, como en Francia, la ejemplar posibilidad republicana de que el ex jefe del Estado sea un ciudadano normal, que deba responder civil o penalmente ante un juez normal por sus actos privados, no oficiales, hechos mientras era Jefe del Estado, o despu¨¦s. Como Sarkozy.
Jos¨¦ Mar¨ªa Mena es ex fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a.
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