Los juristas cuestionan la ¡°viabilidad¡± de la querella de la fiscal¨ªa por el 9-N
Los expertos creen que el delito de desobediencia atribuido a Mas puede caer en saco roto
A la querella que prepara la fiscal¨ªa contra los responsables pol¨ªticos del 9-N le aguarda un futuro sombr¨ªo. As¨ª lo auguran, al menos, los juristas consultados por EL PA?S, que cuestionan la viabilidad de una actuaci¨®n penal contra el presidente de la Generalitat, Artur Mas, y su vicepresidenta, Joana Ortega. Los fiscales catalanes est¨¢n armando jur¨ªdicamente una querella que podr¨ªa contemplar al menos dos delitos: desobediencia y prevaricaci¨®n. Varios catedr¨¢ticos creen que no se dan todos los requisitos para aplicarlos al proceso de participaci¨®n que, el 9-N moviliz¨® a 2,3 millones de personas.
La fiscal¨ªa contempla la desobediencia porque los organizadores de la consulta alternativa no respetaron la decisi¨®n del Tribunal Constitucional de suspenderla. Ese delito castiga a ¡°las autoridades o funcionarios¡± que incumplan resoluciones judiciales. Pero para que haya desobediencia tiene que haber ¡°un requerimiento fehaciente y una deliberada voluntad de no acatar una orden concreta¡±, recuerda V¨ªctor Moreno, catedr¨¢tico de Derecho Procesal de la Universidad Carlos?III.
¡°En este caso ha habido una resoluci¨®n, pero no un requerimiento concreto. Y al Constitucional no se le pueden pedir actuaciones ajenas a su funci¨®n constitucional y que sea un gendarme¡±, incide Moreno. ¡°Jur¨ªdicamente, una querella as¨ª tiene poco recorrido. No est¨¢ claro que sea viable. Construir esto penalmente es muy dif¨ªcil¡±, a?ade. El catedr¨¢tico opina que ¡°se est¨¢ tratando jur¨ªdicamente algo que es pol¨ªtico¡± y recuerda que ¡°no todos los conflictos se pueden solucionar con el C¨®digo Penal¡±.
De esa opini¨®n es Juli¨¢n R¨ªos, profesor de Derecho Penal en ICADE. ¡°Estamos ante un tema cuyo trasfondo y soluci¨®n es pol¨ªtica. El Gobierno pretende usar el derecho penal para fines que pervierten su funci¨®n¡±. R¨ªos cree que la jornada del 9-N fue ¡°un acto de protesta y movilizaci¨®n ciudadana fuera de todo rigor jur¨ªdico¡±, por lo que ¡°dif¨ªcilmente, desde un punto de vista penal, puede entenderse que se desobedece una resoluci¨®n del Constitucional¡±. El experto recuerda que, aunque la resoluci¨®n suspend¨ªa el proceso, ¡°al parecer no existe un acto concreto de ejecuci¨®n de esa providencia dirigido a alguien concreto¡±.
La profesora de Penal de la Universidad de Granada Inmaculada Ramos tampoco lo ve claro. ¡°No es f¨¢cil porque a las figuras aplicables les faltan requisitos¡±, se?ala tras explicar que, para acusar de prevaricaci¨®n administrativa, har¨ªa falta un acto administrativo que dictara a sabiendas una resoluci¨®n injusta necesaria para sostener la acusaci¨®n. S¨ª lo hubo en el caso de la consulta oficial, pero no en el proceso de participaci¨®n celebrado el 9-N. Tampoco ve f¨¢cil la acusaci¨®n de desobediencia puesto que, al contrario de lo que ocurri¨® con el lehendakari Juan Jos¨¦ Ibarretxe, en este caso no ha habido requerimientos para el cumplimiento de la suspensi¨®n.
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