Anulado por segunda vez el copago en discapacidad que el PP modificar¨¢
El Consell modificar¨¢ la normativa como le exig¨ªa la primera sentencia de nulidad
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha vuelto a declarar nulo el decreto de copago en centros de discapacidad de la Generalitat tras admitir el recurso presentado contra el mismo por la Federaci¨®n valenciana de asociaciones de familiares y personas con enfermedad mental (Feafes). Esta es la segunda vez que el TSJ anula este decreto y en este caso los argumentos utilizados por el tribunal son similares a los de la sentencia del Comit¨¦ de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi): el copago debe regularse como tasa porque este servicio es "objetivamente indispensable para poder satisfacer las necesidades b¨¢sicas de la vida personal o social de los particulares".
La nueva sentencia, con fecha de 20 de noviembre de 2014, declara la "¨ªntegra nulidad de pleno derecho" del decreto 113/2013 de 2 de agosto mediante el cual el Consell impuso el copago a los usuarios de centros p¨²blicos de apoyo a la discapacidad y el mayor. Adem¨¢s, el TSJCV condena en costas a la Administraci¨®n a la que da un plazo de 10 d¨ªas para presentar recurso de casaci¨®n. Los jueces consideran que el copago "es, en la realidad jur¨ªdica, una tasa que afecta a un servicio p¨²blico esencial e imprescindible como es la asistencia social a ancianos y personas con discapacidad".
Pese a esta segunda anulaci¨®n, la Consejer¨ªa de Bienestar Social ha afirmado que esta sentencia "no var¨ªa" la actuaci¨®n del Consell respecto a primera sentencia condenatoria, puesto que tras la publicaci¨®n de la misma la Generalitat anunci¨® que acatar¨ªa las exigencias de la misma y regular¨ªa el copago tasa, y con rango de ley. Aunque Bienestar Social explica que esta modificaci¨®n formal entrar¨¢ en vigor en enero de 2015, la consejer¨ªa ha recurrido esta sentencia ante el conflicto que podr¨ªa suponer tener que devolver el montante ya recaudado desde principios de 2014.
Para que esta modificaci¨®n est¨¦ lista el pr¨®ximo mes de enero, el PP ha presentado en Las Cortes Valencianas una enmienda a la Ley de Acompa?amiento de los presupuestos para incluir el copago como tasa mediante un procedimiento que evita, entre otros, tener que debatir la ley en el pleno con los dem¨¢s grupos parlamentarios.
La Generalitat niega que esta segunda sentencia en su contra suponga anular el copago puesto que "no se pronuncia sobre si deben o no existir esas aportaciones sino sobre la f¨®rmula de regularlas", es decir, que sea tasa y no precio p¨²blico.
"La nueva tasa incorporar¨¢ las mejoras anunciadas tambi¨¦n por la Consejer¨ªa en su momento, como el incremento de dinero de bolsillo para las personas mayores y con discapacidad que sean usuarias de residencias financiadas por la Generalitat, entre otras", a?aden.
La demandante, Feafes, recuerda que esta es la segunda vez que los jueces consideran que "los servicios sociales de atenci¨®n a personas con discapacidad son servicios p¨²blicos esenciales para la vida de las personas al mismo nivel que otros servicios p¨²blicos como la Educaci¨®n y la Sanidad", y que son "servicios primarios asistenciales, b¨¢sicos e imprescindibles".
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