Vives dice que no suavizar¨¢ las restricciones para pisos de emergencia
El tercer teniente de alcalde desoye las cr¨ªticas de la s¨ªndica de greuges, que califica de "regresiva" la ley municipal
Junio de 2014: el Consorcio de la Vivienda de Barcelona aprueba un nuevo y restrictivo reglamento que fija los criterios de adjudicaci¨®n de pisos sociales de la Mesa de Emergencias. Deja fuera a familias sin ingresos, que no tengan un contrato de alquiler de la vivienda donde viven o a personas sin permiso de residencia. Adem¨¢s, afirma que en ¨²ltima instancia, pese a cumplir los requisitos, la Mesa podr¨ªa decidir denegar un piso a una familia. Comienzos de noviembre 2014: La S¨ªndica de Greuges de Barcelona, Assumpci¨® Vil¨¤, escribe al Ayuntamiento afirmando que el reglamento es ¡°regresivo en la empara de los derechos de la ciudadan¨ªa ante la p¨¦rdida de su vivienda habitual¡±, afirma que ¡°puede estar viciado de nulidad¡± y pide que sea revisado. Entre otras cuestiones, porque la nueva norma no pas¨® por los organismos en los que participa la oposici¨®n.
La respuesta a la S¨ªndica lleg¨® a finales del mes pasado por parte del teniente de alcalde de Habitat Urbano, Antoni Vives: le traslada su ¡°total desacuerdo sobre las interpretaciones que hace¡± del reglamento y asegura que suprimirlo ¡°significar¨ªa de entrada la anulaci¨®n de la Mesa [¡] cuesti¨®n que no nos podemos permitir¡±.
La s¨ªndica critica el reglamento ya desde el procedimiento de elaboraci¨®n. Por ejemplo, reprocha ¡°la falta de dictamen de la Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora¡± o que no haya intervenido la Administraci¨®n local. Vil¨¤ tampoco cree que sea de recibo considerar a una persona ¡°sin hogar¡± solo alguien que haya sido desahuciado por no pagar el alquiler. Hay otras casu¨ªsticas anteriores a perder la casa: tratarse de alguien que hab¨ªa ocupado un piso tras un desahucio, que viv¨ªa realquilado¡
Tambi¨¦n critica la s¨ªndica que el reglamento no incluya a v¨ªctimas de violencia dom¨¦stica o de asedio inmobiliario, como s¨ª hac¨ªa el anterior reglamento; o que fije una exigencia m¨ªnima de ingresos para acceder a un piso social.Por ¨²ltimo, subraya su desacuerdo en el supuesto que afirma que en ¨²ltima instancia la Mesa puede denegar el piso a alguien aunque cumpla los requisitos.
En su respuesta, Vives responde que las v¨ªctimas de violencia dom¨¦stica disponen de un reglamento espec¨ªfico; o que aunque no hubiera un contrato de alquiler, ¡°la mesa atender¨¢ las situaciones si hay pruebas suficientes¡±. Sobre el hecho de que el reglamento se aprobara por parte del Consorcio y no pasara por organismos municipales, responde que se someti¨® a exposici¨®n p¨²blica como es preceptivo; y recuerda que al aprobarlo el Consorcio no era preceptivo el informe de la Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora. Finalmente, Vives afirma que suprimir el reglamento supondr¨ªa anular el la Mesa de Emergencias ¡°hasta una nueva reglamentaci¨®n¡±.
El jefe de filas de ICV en el Ayuntamiento, Ricard Gom¨¤, afirma que ¡°es falso¡± que anular el reglamento suponga anular la Mesa. Entiende que el Gobierno municpal ¡°se saca de encima¡± a la S¨ªndica y critica un reglamento ¡°que est¨¢ pensado para filtrar y que al final del embudo no entre nadie¡±. Un reglamento del que asegura que se basa ¡°en la sospecha preventiva generalizada sobre las personas usuarias de los servicios sociales¡±.
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