El or¨¢culo jur¨ªdico
Carles Viver Pi-Sunyer busca una salida jur¨ªdicamente viable para el proceso independentista
Carles Viver Pi-Sunyer vive el peor sue?o de un jurista, enfrentarse a una Constituci¨®n petrificada. Despu¨¦s de chocar durante a?os contra la muralla de la interpretaci¨®n dominante, contraria a relecturas constitucionales amigas del desarrollo de los autogobiernos, abandon¨® su empe?o por in¨²til. Ahora, ejerce de or¨¢culo jur¨ªdico del movimiento independentista. Es el buscador de una salida jur¨ªdicamente viable para el Proceso, de ver c¨®mo saltar el muro sin faltar al respeto debido a la legalidad, exigible a todos, pero muy especialmente a un catedr¨¢tico de derecho constitucional, exmagistrado y exvicepresidente del Tribunal Constitucional.
¡°La relectura, inviable; el estatuto, no; el pacto fiscal, tampoco; la reforma, ni hablar de ella. Debo concluir que no siendo ¨²tiles ni para m¨ª, ni para una parte muy importante de los catalanes, la Constituci¨®n y el Estatuto interpretado como lo hace el Estado, no tengo otra alternativa que salir, intentar salir¡±. Nunca imagin¨® llegar al punto de ruptura intuido en estos momentos, ni se siente responsable de que las posiciones catalanas no hayan prosperado, m¨¢s bien lo considera gajes del oficio: ¡°no me lo planteo como una cuesti¨®n personal, ¨²nicamente profesional, el derecho civil es m¨¢s f¨¢cil, claro; el m¨ªo es un campo de normas lo suficientemente abiertas para que puedan existir varias interpretaciones¡±.
Cuando fue llamado por el Gobierno catal¨¢n para participar en la reforma del Estatuto, en 2004, puso como condici¨®n la de hacerlo respetando el texto constitucional. Entonces, a¨²n cre¨ªa en el Estatuto de Catalu?a ¡°como una ley org¨¢nica, fruto de un pacto entre las Cortes Generales y el Parlament¡±. El intento acab¨® en la sentencia 31/2010: ¡°Degrada al Estatuto como norma jur¨ªdica; nos dice que est¨¢ por debajo del legislador ordinario, en dos ¨¢mbitos sensibles como son las competencias y la financiaci¨®n; aparentemente, dej¨® el edificio estatutario como estaba, pero con precisi¨®n de relojero, desactiv¨® casi totalmente la eficacia pr¨¢ctica de las novedades introducidas por la reforma¡±.
¡°?Hasta qu¨¦ punto Escocia y Quebec no tienen ya derecho a la autodeterminaci¨®n?¡±
No comporte las cr¨ªticas de aquellos que han afirmado que hacer un nuevo estatuto fue una imprudencia, una provocaci¨®n innecesaria. ¡°Un pa¨ªs no puede estar treinta a?os quej¨¢ndose de no tener suficiente poder pol¨ªtico y no hacer nada¡±. Menos a¨²n acepta las tesis de quienes mantienen que la inconstitucionalidad del proyecto estaba cantada de antemano: ¡°Es mentira; si nos hubiesen aplicado la doctrina de la sentencia del estatuto valenciano, previa a la nuestra, el Estatut habr¨ªa sido convalidado¡±.
¡°Los tribunales constitucionales no est¨¢n vinculados por sus precedentes, pueden cambiar, pero deben explicar porqu¨¦; en este caso, el cambio fue flagrante¡±. No hubo explicaci¨®n, pero seg¨²n ¨¦l, lo que s¨ª hubo fue presi¨®n para modificar la doctrina valenciana. La defensa del papel de los estatutos como complemento de la Constituci¨®n en la funci¨®n de atribuci¨®n de competencias, fue objeto de una intensa campa?a de demolici¨®n acad¨¦mica, lleg¨¢ndose a la utilizaci¨®n de argumentos ad h¨®minem contra magistrados del tribunal. Esta operaci¨®n no fue tan vistosa como la oposici¨®n pol¨ªtica, pero igual de eficaz.
En su informe oficial al gobierno catal¨¢n sobre los efectos de la sentencia, entonces ya presidido por Artur Mas, no solo dejaba claro que la reforma constitucional era una hip¨®tesis remota, sino que, en caso de darse la eventualidad ¡°la reforma no deber¨ªa limitarse a reparar los efectos de la sentencia¡±. En este objetivo de ir m¨¢s all¨¢ de lo pretendido hasta el momento, fue nombrado presidente del Consell Assessor per a la Transici¨® Nacional (CATN).
¡°Es irrenunciable que todo se haga de forma pac¨ªfica y democr¨¢tica¡±
La ¨²nica alegr¨ªa profesional de estos ¨²ltimos a?os ha sido la respuesta del TC a la declaraci¨®n de soberan¨ªa del Parlament, en la que ¨¦l cree ver una luz para la esperanza. ¡°Nos dice que no podemos convocar refer¨¦ndums de autodeterminaci¨®n, consultas vinculantes; pero si actos preparatorios, yo entiendo que entre estos cabe considerar una consulta no vinculante para negociar, o iniciar, un proceso de reforma de la Constituci¨®n¡±. Sin duda, es una alegr¨ªa te¨®rica, dado su pesimismo de un nuevo pacto constitucional; seg¨²n ¨¦l esta hip¨®tesis presenta un gran inconveniente: la garant¨ªa de cumplimiento. ¡°La ¨²nica garant¨ªa ser¨ªa la aceptaci¨®n del derecho a la autodeterminaci¨®n, el derecho a marchar si no funciona¡±. Sabe que este derecho figura en muy pocas constituciones, la de Etiop¨ªa, ejemplarmente. Pero rebaja su calificaci¨®n de imposible a improbable. ¡°?Hasta qu¨¦ punto Quebec y Escocia no tienen ya este derecho a la autodeterminaci¨®n? Si no lo es, a m¨ª, este no derecho a la autodeterminaci¨®n que tienen ya me va bien. Si no lo quieren llamar as¨ª, que lo digan con otro nombre".
La pol¨ªtica es ahora el campo de juego, lo que plantea un desaf¨ªo extraordinario para un jurista, el enfrentamiento de la legalidad y la democracia. ¡°Hay que conjugar los dos principios. Cuando un poder se encuentra frente un 75% de la poblaci¨®n de una naci¨®n que le presenta una reivindicaci¨®n determinada, yo no digo que debe saltarse la legalidad, digo que debe interpretar la legalidad de tal manera que favorezca al m¨¢ximo el principio democr¨¢tico¡±.
¡°Nunca he mantenido que el derecho y el principio democr¨¢tico sean cosas diferentes. A mi entender, y es por lo que he luchado, la alternativa ¨®ptima es interpretar el derecho de acuerdo al principio democr¨¢tico¡±. La doctrina del CATN establece cuatro caracter¨ªsticas esenciales para el proceso: negociaci¨®n con el Estado, utilizaci¨®n de las v¨ªas legales hasta el final, actitud pac¨ªfica y car¨¢cter democr¨¢tico. ¡°Si no se puede hacer as¨ª, no se ha inventado ninguna otra manera¡±. En el horizonte solo se vislumbra la ¡°v¨ªa del hecho¡±, descartada la opci¨®n de convertirse en sujeto beligerante. ¡°Lo que es irrenunciable es que sea de forma pac¨ªfica y democr¨¢tica¡±.
El presidente del CATN dibuja el futuro inminente en dos etapas: una proclamaci¨®n inicial de la voluntad mayoritaria del Parlament, comunicada al Estado Espa?ol y a la Uni¨®n Europea; y una declaraci¨®n unilateral de independencia, superado el per¨ªodo de dieciocho meses de transici¨®n nacional. A su juicio, con un 50% de los votos ser¨ªa jur¨ªdicamente suficiente; aunque, pol¨ªticamente, es recomendable una mayor¨ªa cualificada. Sin embargo, para ¨¦l, el factor decisivo es la convicci¨®n de los ciudadanos. ¡°No he intentado esconder nunca que esto es complicado; pero con la misma contundencia digo: si hay una mayor¨ªa dispuesta a aguantar el tipo durante los dos a?os de adversidades, cuando se empiece a trabajar como un estado de facto, esto no hay quien lo pare¡±.
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