Multa de 860.000 euros a Ortiz por eludir pagar el impuesto de su yate
El empresario aleg¨® que iba a fletar cruceros para evitar la tasa de un barco al que convidaba a pol¨ªticos
El empresario Enrique Ortiz, imputado en el caso Brugal y procesado por G¨¹rtel, quiso evitar el pago del impuesto reclamado por Hacienda por el uso de su yate, el Elena, camuflando su compra como un negocio de cruceros ante el Tribunal Econ¨®mico-Administrativo Central. As¨ª consta en una sentencia de lo Contencioso-Adminsitrativo del pasado 2 de marzo en la que se confirma una sanci¨®n de 860.341 euros a una empresa del constructor por no abonar a tiempo el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) de esta embarcaci¨®n que prest¨® a pol¨ªticos imputados junto a ¨¦l por diversos delitos.
El yate de Enrique Ortiz ha sido el lugar de numerosos encuentros del empresario y pol¨ªticos imputados junto a ¨¦l en diversas piezas del Brugal. Fue uno de los 19 sitios que registraron los investigadores que cimentaron este caso que investiga a una presunta trama de intereses pol¨ªticos-empresariales entorno a la basura y el urbanismo en la provincia de Alicante.
En este yate se celebraron, entre varios saraos, las aprobaciones del plan urbano de la ciudad o el plan Rabassa, actuaciones urbanas que han llevado a la imputaci¨®n a este contratista de lo p¨²blico y a los dos anteriores alcaldes de Alicante, Luis D¨ªaz Alperi y Sonia Castedo.
La sentencia de la secci¨®n s¨¦ptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional confirm¨® la sanci¨®n impuesta contra la mercantil Enrique Ortiz e Hijos por no abonar a tiempo el impuesto correspondiente. El juzgado advirti¨® una conducta ¡°consciente y deliberada¡± en el empresario, que comenz¨® a ser investigado por la Agencia Estatal Tributaria en abril de 2009 al constatarse que el empresario no hab¨ªa matriculado en el plazo establecido el barco que le hab¨ªa sido entregado a inicios de 2008.
"No hay vestigio alguno en la contabilidad de que el buque fuese a destinarse a arrendamiento", se?alan los magistrados en el fallo al que ha tenido acceso Efe. Tampoco existe registro alguno en el Impuesto de Actividades Econ¨®micas o declaraci¨®n alguna de IVA relativa a ese negocio empresarial, que s¨ª est¨¢ exento del tributo especial.
El yate, un bimotor de m¨¢s de 36 metros de eslora de la sociedad italiana Azimut-Benetti Spa, fue encargado en diciembre de 2004 y cost¨® 9,5 millones. Ortiz no comenz¨® a usarlo hasta febrero de 2008 y obvi¨® el pago del impuesto por el que se le sanciona, que debe abonarse en los 30 primeros d¨ªas naturales a su entrega.
El Elena, amarrado en la marina de Alicante y observable desde su paseo, lleg¨® a atracar en nueve puertos de las Islas Baleares, la provincia de Alicante, Andaluc¨ªa y Gibraltar durante los meses posteriores a su entrega. Los letrados de Ortiz intentaron presentar estas actividades como pruebas realizadas a la embarcaci¨®n. Ortiz incluso adujo que no hab¨ªa constancia de que en todas aquella ocasiones hubiera a bordo personas ajenas a la tripulaci¨®n, lo que queda desmentido por el sumario del caso Brugal.
El expresidente de la Diputaci¨®n Provincial y posteriormente del Puerto de Alicante, Jos¨¦ Joaqu¨ªn Ripoll, disfrut¨® junto a su mujer del Elena en la feria de Abril de Sevilla ese mismo a?o. Meses despu¨¦s, hicieron lo propio en Mallorca. La sala hace alusi¨®n a ambas situaciones, admitidas por el propio Ripoll al apuntar que el destino del barco fue "un hecho notorio recogido en distintos medios de comunicaci¨®n". Seg¨²n los jueces, "es especialmente indicativo que el barco recalase en Sevilla justo durante los d¨ªas de feria" y "resulta dif¨ªcil de entender que un buque, que ya ha sido entregado por los astilleros y recibido por el adquiriente, est¨¦ haciendo navegaciones de prueba".
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