Anulada la preferencia del catal¨¢n en las Diputaciones de Lleida y Girona
El Supremo resalta la necesidad de la "convivencia pac¨ªfica" de las lenguas cooficiales
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la anulaci¨®n de los art¨ªculos del reglamento de usos ling¨¹¨ªsticos de las Diputaciones de Girona y Lleida que establec¨ªan la preferencia del catal¨¢n en sus comunicaciones y ha resaltado la necesidad de articular la "convivencia pac¨ªfica" de ambas lenguas oficiales. En sendas sentencias, el Supremo desestima los recursos que ambas corporaciones provinciales presentaron contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) que anul¨® varios art¨ªculos de su reglamento de usos ling¨¹¨ªsticos, que hab¨ªan sido impugnados por la asociaci¨®n Convivencia C¨ªvica Catalana. Dichos art¨ªculos establec¨ªan la preferencia del catal¨¢n en las comunicaciones de las Diputaciones y que las notificaciones de la corporaci¨®n deb¨ªan ser en catal¨¢n excepto que el ciudadano solicitara expresamente su traducci¨®n al castellano.
Las Diputaciones de Girona y Lleida argumentaban en su recurso ante el Supremo que esta entidad denunciante carece de legitimidad para impugnar el reglamento de usos ling¨¹¨ªsticos que hab¨ªan aprobado en sus plenarios. El Supremo, sin embargo, reconoce que Convivencia C¨ªvica tiene legitimidad para recurrir los art¨ªculos, alegando que "es un hecho notorio los problemas y debates que tanto en el marco legislativo como en el ejecutivo y en el judicial se han puesto de manifiesto en torno al cumplimiento en Catalu?a de lo dispuesto en el art¨ªculo 3 de la Constituci¨®n, con el fin de articular una plena y pac¨ªfica convivencia de las lenguas castellana y catalana". "La riqueza de las distintas modalidades ling¨¹¨ªsticas en Espa?a es un patrimonio cultural que ser¨¢ objeto de especial respeto y protecci¨®n", a?ade la sentencia.
El Supremo ratifica tambi¨¦n la decisi¨®n del TSJC de negar la petici¨®n de Convivencia C¨ªvica de anular otros art¨ªculos del reglamento de usos ling¨¹¨ªsticos que alud¨ªan al uso del catal¨¢n en el ¨¢mbito exclusivamente interno de la corporaci¨®n provincial. Los tribunales coinciden en que esta asociaci¨®n s¨®lo puede velar por los intereses de los derechos ling¨¹¨ªsticos de la ciudadan¨ªa en general, pero no inmiscuirse en aspectos particulares internos de dichas instituciones.
Los reglamentos de usos ling¨¹¨ªsticos de las Diputaciones de Girona y Lleida fueron aprobados en junio de 2010, despu¨¦s de que lo hiciera la Diputaci¨®n de Barcelona, a la que el TSJC anul¨® tambi¨¦n art¨ªculos similares referentes a la preferencia del catal¨¢n en las comunicaciones.
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