Un juez de Alicante exige al Gobierno catal¨¢n traducir un escrito al castellano
Argumenta que el catal¨¢n no es cooficial y carece de reconocimiento legal en la Comunidad Valenciana
Un juez de Alicante ha requerido a la Generalitat de Catalu?a para que traduzca al castellano un escrito en catal¨¢n aportado a un procedimiento con el argumento de que esa lengua no es cooficial y carece de reconocimiento legal en la Comunidad Valenciana. El citado escrito, fechado el 23 de diciembre pasado, expon¨ªa la postura procesal de la administraci¨®n catalana sobre la competencia territorial del juzgado de lo Contencioso-administrativo n¨²mero tres de Alicante para tramitar una demanda dirigida contra la propia Generalitat. No obstante, el magistrado Jos¨¦ Mar¨ªa Mag¨¢n ha rechazado el documento y lo ha devuelto al Gobierno catal¨¢n con el requerimiento de que lo presente en castellano. El juez dict¨® el pasado jueves un auto en el que sostiene que rechaza la validez de ese escrito "al no existir reconocimiento legal ni ser admitida la lengua catalana como lengua cooficial por parte de la legislaci¨®n vigente en la Comunidad Valenciana¡±.
El juez aprecia un ¡°problema jur¨ªdico insalvable¡± porque entiende que la administraci¨®n parte de ¡°una extraterritorialidad de la lengua auton¨®mica catalana que nunca ha sido reconocida por la Comunidad Valenciana en ninguno de los Estatutos de Autonom¨ªa hasta ahora promulgados¡±. Ni el de 1982, ni el actual, que vio la luz por una ley org¨¢nica en 2006, contemplan la cooficialidad de este idioma en el territorio valenciano, puntualiza Mag¨¢n.
En esta l¨ªnea, invoca la legislaci¨®n que establece en el ¨¢mbito judicial ¡°reglas muy parecidas¡± a las contempladas para el procedimiento administrativo com¨²n. Se trata del art¨ªculo 231 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ), que permite utilizar a cualquiera de las partes en litigio, ¡°adem¨¢s del castellano, la lengua que sea tambi¨¦n cooficial en la comunidad aut¨®noma en cuyo territorio tengan lugar las actuaciones judiciales¡±.
El mismo texto legal establece la obligaci¨®n de traducir de oficio los documentos cuando estos deban ¡°surtir efecto fuera de la jurisdicci¨®n de los ¨®rganos judiciales sitos en la comunidad aut¨®noma con lengua propia, salvo si se trata de comunidades aut¨®nomas con lengua oficial propia coincidente¡±. El magistrado asegura que en este caso no se da dicha excepci¨®n, pues en su opini¨®n el valenciano y el catal¨¢n no son equiparables. ¡°Ambas lenguas cooficiales no son coincidentes¡±, seg¨²n recoge el auto, pues el escrito remitido por la Generalitat est¨¢ redactado en catal¨¢n mientras que la declarada cooficial en la Comunidad Valenciana es ¡°¨²nicamente la lengua valenciana¡±.
El juez aduce que esa cuesti¨®n, la de la denominaci¨®n del idioma propio, ¡°ya fue libremente decidida y resuelta por la Comunidad Valenciana¡± en sus propios estatutos auton¨®micos. ¡°La cuesti¨®n sobre si la variante catalana es asimilable o no a la lengua valenciana puede ser objeto de discusi¨®n ling¨¹¨ªstica, pero jur¨ªdicamente la cuesti¨®n esta resuelta desde hace d¨¦cadas: no estamos ante una misma lengua, lo que impide que pueda acudirse a la posibilidad contemplada en el art¨ªculo 231.4 LOPJ 6/1985¡±, agrega.
El auto, que puede ser recurrido y ha sido hecho p¨²blico hoy por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV), insta a la Generalitat a ¡°respetar el principio de legalidad, que impide que en la Comunidad Valenciana sean admisibles escritos presentados en lengua catalana, dado que la misma no ha sido considerada la lengua propia ni admitida como lengua cooficial¡± por sus instituciones de autogobierno.
El magistrado alicantino cita en apoyo de su decisi¨®n una sentencia dictada por el juzgado de lo Contencioso-administrativo n¨²mero uno de Lleida en 2012. En ese fallo, el juzgado dio la raz¨®n a un ciudadano valenciano que reclamaba a la Generalitat catalana ser atendido en castellano y recibir en esta lengua, y no en catal¨¢n, las notificaciones relativas a expediente de tr¨¢fico. Esa sentencia, apunta Mag¨¢n, ¡°neg¨® cualquier tipo de extraterritorialidad de la lengua catalana respecto a la Comunidad Valenciana ni a los ciudadanos valencianos¡±.
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