Enmienda peligrosa
La reforma que se pretende restringe el debate y el derecho de enmienda de los diputados
Junts pel S¨ª acaba de proponer una reforma que me parece preocupante: un cambio del apartado 2 del art¨ªculo 135 del reglamento del Parlament. El art¨ªculo citado se refiere a la tramitaci¨®n de iniciativas legislativas en ¡°lectura ¨²nica¡±. Esta expresi¨®n, propia del derecho parlamentario, significa que se prescinde del tr¨¢mite habitual que comporta dos debates: el inicial en comisi¨®n y el que tiene lugar al final en el pleno de la C¨¢mara.
En concreto y en lo que nos ocupa, el apartado 2 actual dispone que las proposiciones de ley firmadas ¡°por todos los grupos parlamentarios¡± pueden ser tramitadas en lectura ¨²nica. Al firmarlo todos los grupos, es irrelevante cu¨¢les de ellos dominan en la Mesa o en la Junta de Portavoces: todos est¨¢n de acuerdo. En estas condiciones, la lectura ¨²nica no perjudica la raz¨®n de ser de los Parlamentos: permitir el debate p¨²blico en el que se expresa el pluralismo pol¨ªtico que las C¨¢maras representan.
La propuesta de modificaci¨®n tiene un sentido distinto y preocupante. Si prospera el cambio del apartado 2, el nuevo permitir¨¢ que, con el acuerdo de la Junta de Portavoces y el del Pleno de la C¨¢mara, un solo grupo parlamentario pueda conseguir que una proposici¨®n de ley se tramite directamente en lectura ¨²nica. Si ese grupo, solo o con el apoyo de alg¨²n otro, goza de mayor¨ªa en la Junta de Portavoces y en el Pleno, puede permitirse el lujo de prescindir de la oposici¨®n: sin enmiendas ni debates en comisi¨®n, solo tendr¨¢ que soportar el debate de totalidad y hacer prevalecer la mayor¨ªa de sus esca?os.
Es preocupante porque se restringe el debate y el derecho de enmienda de los diputados. Se afecta as¨ª al derecho fundamental de participaci¨®n, incluido en el art¨ªculo 23 de la Constituci¨®n. Es cierto que el Tribunal Constitucional, en su sentencia 27/2000, plantea que el ejercicio del derecho de enmienda puede acomodarse a lo que dispongan los reglamentos acerca del procedimiento de lectura ¨²nica. Pero en nuestro caso la restricci¨®n para la oposici¨®n es evidente.
Especialmente grave, adem¨¢s, si, como se intuye, esa modificaci¨®n pretende utilizarse para aprobar las leyes de desconexi¨®n. Y ah¨ª se abre un riesgo peligroso para la sociedad catalana, porque con este tipo de lectura ¨²nica se recortar¨ªan las oportunidades de expresarse a los diputados opuestos a la secesi¨®n unilateral. Se reduce la legitimidad que proporcionan los debates, lo que no refuerza el impulso para saltarse la legalidad.
Xavier Arb¨®s es catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona
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