Condenado un guardia civil por redactar un parte falso de accidente de tr¨¢fico
El tribunal le impone un a?o y nueve meses de prisi¨®n e inhabilitaci¨®n especial para el cargo con la atenuante de retrasos judiciales
La Secci¨®n Sexta de la Audiencia Provincial de A Coru?a, con sede en Santiago, ha condenado a un cabo de la Guardia Civil que trabajaba en el puesto de Santa Comba en el momento de los hechos a un a?o y nueve meses de prisi¨®n, un a?o de inhabilitaci¨®n especial para empleo o cargo p¨²blico y 1.440 euros de multa por un delito de falsificaci¨®n de documento oficial cometido por siendo funcionario p¨²blico, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de retrasos indebidos en la causa.
El tribunal lo condena por haber redactado en el a?o 2012 ¡°unas diligencias policiales preventivas sobre un supuesto e inexistente accidente de circulaci¨®n ¡°por salida de v¨ªa de un veh¨ªculo ante la irrupci¨®n en la misma de un jabal¨ª¡±. El objeto de la falsificaci¨®n, seg¨²n el fallo, era que otra persona pudiese justificar su imposibilidad de comparecer en la oficina del INEM de Santiago de Compostela el d¨ªa se?alado para que, de ese modo, se pudiese paralizar la imposici¨®n de la sanci¨®n de cese en el pago de la prestaci¨®n de desempleo que estaba percibiendo.
La Sala, sin embargo, lo absolvi¨® del delito de descubrimiento y revelaci¨®n de secretos p¨²blico por el que el agente fue inicialmente acusado, al considerar que no ha quedado acreditado que el acusado consultase en la base de datos matr¨ªculas para alertar de posibles vigilancias a terceras personas que eran investigadas en un supuesto caso de tr¨¢fico de drogas.
Por estos hechos se celebr¨® un juicio el pasado 13 de marzo pero Ministerio Fiscal inform¨® en la vista oral que hab¨ªa alcanzado un acuerdo de conformidad con varios de los acusados por un presunto delito contra la salud p¨²blica y en la que aparec¨ªa como implicado el guardia civil.
El fiscal cambi¨® el criterio de su acusaci¨®n y solicit¨® en su informe de conclusiones la divisi¨®n de la causa por entender que no exist¨ªan razones de conexidad entre los acusados. La Sala, con el acuerdo de la acusaci¨®n p¨²blica y las defensas, decidi¨® continuar con el juicio para dictar sentencia de conformidad respecto de los delitos contra la salud p¨²blica y que en otra vista se enjuiciaran los otros hechos que motivaron la acusaci¨®n contra el agente Rafael M.G.
Seg¨²n los hechos probados en la sentencia, el acusado, en calidad de de agente de la autoridad y con pleno conocimiento de su falsedad, redact¨® unas diligencias policiales preventivas¡± sobre un supuesto e inexistente accidente de circulaci¨®n¡± sufrido por el turismo Toyota Corolla, haciendo constar como fecha de dicho accidente el 5 de febrero de 2012. Dicho documento fue presentado por el supuesto conductor en la oficina del INEM de Santiago de Compostela para justificar su incomparecencia en dicho organismo el d¨ªa se?alado.
Posteriormente, el 29 de marzo de 2012, dos funcionarios policiales que realizaban labores de seguimiento y vigilancia de varios investigados por tr¨¢fico de estupefacientes en las inmediaciones del domicilio del agente acusado, tuvieron que suspender la operaci¨®n al tener sospechas de que estos hab¨ªa sido advertidos de que estaban bajo vigilancia.
La sentencia considera que el guardia ¡°act¨²o abusando finalmente de su oficio al realizar un documento simulado, falso, sin correspondencia con la realidad¡±, pero no ha quedado probado que el guardia obtuviera informaci¨®n al consultar en la base de datos las matriculas de los coches policiales, ¡°ni que revelase informaci¨®n que no deb¨ªa ser divulgada a otras personas¡±.
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