La justicia anula el decreto de 2018 de la Generalitat que reabri¨® seis ¡®embajadas¡¯ a espaldas de Exteriores
La justicia estima el recurso de Josep Borrell porque el ministerio no pudo emitir los informes preceptivos
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha dictado una sentencia, conocida este viernes, que anula un decreto de la Generalitat de 2018 por el que el Govern reabri¨® sus delegaciones en el Reino Unido e Irlanda, Alemania, Estados Unidos, Italia, Suiza y Francia. La decisi¨®n judicial se fundamenta en el hecho de que la Generalitat procedi¨® a esa reapertura de las embajadas sin contar con los preceptivos informes del Ministerio de Asuntos Exteriores. La sentencia no implica la clausura de las delegaciones.
El origen del pleito es un decreto del 26 de junio de 2018 de la Generalitat, dictado a los pocos d¨ªas de que Quim Torra accediese a la presidencia y que supon¨ªa la reapertura de esas seis embajadas.?Estas hab¨ªan sido clausuradas por la aplicaci¨®n del art¨ªculo 155 por parte del Gobierno del PP, tras la celebraci¨®n del refer¨¦ndum ilegal y la declaraci¨®n de independencia de octubre de 2017.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Uni¨®n Europea y Cooperaci¨®n, cuyo titular era entonces Josep Borrell, impugn¨® el decreto y solicit¨® su anulaci¨®n al invocar que no pudo informar de la propuesta en el plazo de diez d¨ªas, tal como marca la ley. Por el contrario, lo que hizo la Generalitat es comunicar al ministerio la existencia del decreto de reapertura para su aprobaci¨®n en la reuni¨®n del Govern del d¨ªa siguiente.
El ministerio respondi¨® a la Generalitat que antes de que se produjese la reapertura era necesaria la existencia de ese informe preceptivo, pero el Gobierno catal¨¢n no hizo caso y aprob¨® el decreto. La sentencia dice que no cabe ninguna duda de que el Govern desatendi¨® la previsi¨®n legal, y a?ade: "Cabr¨ªa a?adir todav¨ªa que, atendido el inter¨¦s general para la ciudadan¨ªa (pol¨ªtico y presupuestario, cuanto menos) y no meramente organizativo interno, de la norma as¨ª aprobada, resultaba pertinente el sometimiento de la misma al tr¨¢mite de informaci¨®n p¨²blica".
Los jueces entienden que se produjo una "palmaria vulneraci¨®n en el procedimiento de elaboraci¨®n y aprobaci¨®n" del decreto de la Generalitat y anulan el decreto "por el modo en que fue elaborado y aprobado", sin necesidad de entrar en otros argumentos esgrimidos por el ministerio en su recurso.
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