Las diferencias entre el borrador para una nueva Constituci¨®n chilena y el texto de 1980 y que la democracia reform¨® 64 veces
La comisi¨®n de expertos termina el anteproyecto que el 7 de junio entregar¨¢ al Consejo Constitucional, el ¨®rgano electo que redactar¨¢ el texto final. La nueva propuesta, moderada, contiene cambios clave, como el Estado social y el establecimiento de nuevos derechos
La noche del martes 30 de mayo, entre aplausos y el canto espont¨¢neo del Himno Nacional de Chile, la comisi¨®n experta, compuesta por 24 integrantes nombrados por los partidos pol¨ªticos y visados por el Congreso, termin¨® la primera etapa del nuevo proceso constitucional chileno. A partir de marzo elaboraron un anteproyecto que servir¨¢ de base de trabajo al Consejo Constitucional, el ¨®rgano paritario electo de 50 miembros que tendr¨¢ seis ...
La noche del martes 30 de mayo, entre aplausos y el canto espont¨¢neo del Himno Nacional de Chile, la comisi¨®n experta, compuesta por 24 integrantes nombrados por los partidos pol¨ªticos y visados por el Congreso, termin¨® la primera etapa del nuevo proceso constitucional chileno. A partir de marzo elaboraron un anteproyecto que servir¨¢ de base de trabajo al Consejo Constitucional, el ¨®rgano paritario electo de 50 miembros que tendr¨¢ seis meses para redactar el texto final. En diciembre ser¨¢ sometido a un plebiscito en el que ciudadan¨ªa determinar¨¢ si lo aprueba o rechaza. Ser¨¢ una instancia en la que la extrema derecha, representada por el Partido Republicano, que obtuvo una mayor¨ªa en las elecciones del 7 de mayo, tendr¨¢ por s¨ª sola 23 consejeros (consigui¨® un 35% de los votos).
Este es el segundo intento de Chile en tres a?os por reemplazar la Constituci¨®n actual que naci¨® en 1980 en la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990) y que ha sido reformada en 64 ocasiones en democracia. En septiembre de 2022, los chilenos rechazaron por un 62% la propuesta de la Convenci¨®n Constitucional, que conten¨ªa transformaciones profundas a la institucionalidad chilena. En cambio, el anteproyecto de la comisi¨®n experta presentado el martes, aunque presenta varias modificaciones clave que marcan diferencias con la ley de leyes del r¨¦gimen autoritario, es un texto moderado que ha dejado a las izquierdas y derechas conformes, aunque no felices, pues todos los sectores tuvieron que ceder en favor de los acuerdos.
¡°No es la Constituci¨®n so?ada para ninguno de nosotros, pero s¨ª una Constituci¨®n bajo la que todos sintamos que podemos convivir y que sentimos como propia¡±, dijo la presidenta de los comisionados, Ver¨®nica Undurraga, del PPD, colectividad de centrozquierda del oficialismo del Presidente Gabriel Boric, al terminar la votaci¨®n el martes por la noche. Esto, mientras el vicepresidente Sebasti¨¢n Soto, de Ev¨®poli, de derecha moderada, agreg¨® sobre la nueva propuesta: ¡°Puede tener algunos art¨ªculos que a cada uno de nosotros no nos gustan tanto, pero que final nos satisface colectivamente¡±.
Con todo, el anteproyecto que recibir¨¢ el Consejo Constitucional, aunque no tiene un car¨¢cter refundacional ¨Ccomo fue criticado el proyecto que se rechaz¨® el a?o pasado¨C tiene varias diferencias con respecto a la Constituci¨®n actual que ha tenido reformas profundas y que desde 2005 lleva la firma del exmandatario socialista Ricardo Lagos (2000-2006), que sac¨® del texto los ¨²ltimos enclaves autoritarios. Por ejemplo, el nuevo borrador establece un Estado social de derecho que se distancia con el modelo actual, donde los privados tienen un papel clave.
Pero, simb¨®licamente, para el constitucionalista Javier Couso, profesor de la Universidad Diego Portales (UDP), antes que todo es fundamental relevar las implicancias que tiene la presentaci¨®n de este anteproyecto para la historia de Chile: ¡°En lo procedimental hay un cambio gigantesco ante una Constituci¨®n, la vigente, que fue impuesta por una dictadura objetivamente criminal y en un plebiscito fraudulento (en 1980)¡±.
Estos son algunos de los principales cambios de la nueva propuesta y que se diferencian con la Constituci¨®n que rige hoy en Chile.
El Estado social
La propuesta de la comisi¨®n experta contiene 14 cap¨ªtulos. El art¨ªculo 1 tiene dos incisos. El primero dice que ¡°la dignidad humana es inviolable y la base del derecho y la justicia. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Su respeto y garant¨ªa es el primer deber de la comunidad pol¨ªtica y de su forma jur¨ªdica de organizaci¨®n¡±. Pero es en el segundo donde se consagra una aspiraci¨®n hist¨®rica de centroizquierda chilena: ¡°Chile se organiza en un Estado social y democr¨¢tico de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeci¨®n al principio de responsabilidad fiscal y a trav¨¦s de instituciones estatales y privadas¡±.
El Estado social es un primer cambio fundamental con respecto al texto actual. Patricio Zapata, constitucionalista, recuerda que, aunque no se llam¨® Estado social, la Carta Magna de 1925 ¨Cque fue reemplazada por Pinochet¨C ya conten¨ªa el concepto, por lo que ahora, apunta, se retoma. ¡°La de 1925 se?alaba que el Estado ya no pod¨ªa jugar el papel que hab¨ªa tenido en el siglo XlX, que era solo de un gendarme, y que ten¨ªa que asumir compromisos en educaci¨®n, en salud y en previsi¨®n¡±.
Y agrega: ¡°No lo llam¨® Estado social, pero era. Y eso se profundiz¨® en 1971, cuando se hizo una gran reforma que se llam¨® el Estatuto de garant¨ªa, justo antes que asumiera Salvador Allende y, por lo tanto, qued¨® muy definido un Estado social. Eso se interrumpe con el golpe de Estado de 1973. Entonces, lo que estamos haciendo hoy es de alguna manera volver a un cauce con harta historia¡±.
El nuevo anteproyecto, dice Zapata, con respecto al modelo de Estado subsidiario actual, se diferencia en cu¨¢les, cu¨¢ntas y cu¨¢n intensas son ahora las responsabilidades que asume el Estado. ¡°Hoy tenemos uno que tiene pocas, aunque importantes, como cierta autonom¨ªa, derecho de propiedad, libertad de asociaci¨®n, libertad de expresi¨®n, derecho a elegir en un conjunto de terrenos econ¨®micos. Pero cuando llegan los problemas de la subsistencia, el Estado dice: ¡®Lo cierto es que no es lo m¨ªo. Eso lo tiene que proveer la econom¨ªa y el crecimiento econ¨®mico¡¯. Porque el Estado actual no asume responsabilidades frente al problema de la necesidad¡±.
Los nuevos derechos
El anteproyecto de la comisi¨®n experta, adem¨¢s, contiene varios derechos sociales que no existen en la Constituci¨®n actual. Entre ellos no solo est¨¢ el derecho a la vivienda, sino que una vivienda con apellido: adecuada.
Tambi¨¦n el nuevo borrador presenta un cambio muy relevante, destaca Couso. El texto actual, por ejemplo, en el art¨ªculo 19 sobre derechos y deberes constitucionales, dice lo siguiente sobre el trabajo: ¡°La libertad de trabajo y su protecci¨®n. Toda persona tiene derecho a la libre contrataci¨®n y a la libre elecci¨®n del trabajo con una justa retribuci¨®n¡±. En cambio, la comisi¨®n experta consagra ¡°el derecho al trabajo decente, a su libre elecci¨®n y libre contrataci¨®n¡±. Y a?ade que ¡±comprende el acceso a condiciones laborales equitativas, la seguridad y salud en el trabajo, as¨ª como a una remuneraci¨®n justa, al descanso y la desconexi¨®n digital, con pleno respeto de los derechos fundamentales del trabajador en cuanto tal¡±.
Tambi¨¦n la nueva propuesta tiene otra diferencia: el derecho a huelga: ¡°La libertad sindical. ?sta comprende el derecho a la sindicalizaci¨®n, a la negociaci¨®n colectiva y a la huelga¡±.
Otra distinci¨®n del borrador es que consagra constitucionalmente ¡°el derecho al agua y al saneamiento, de conformidad a la ley¡±. ¡°Es deber del Estado garantizar este derecho a las generaciones actuales y futuras¡±. Es un hecho importante, pero los especialistas destacan que la norma ya es parte del C¨®digo de Aguas, que fue reformado. Pese a eso, su eventual reconocimiento en la Carta Magna dista mucho de lo que existe en la Constituci¨®n actual, que se?ala que ¡°los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgar¨¢n a sus titulares la propiedad sobre ellos¡±.
Pueblos ind¨ªgenas e interculturalidad
En la actual Constituci¨®n, los pueblos ind¨ªgenas no aparecen mencionados. Pero en el borrador de la comisi¨®n experta tienen reconocimiento constitucional ¡°como parte de la Naci¨®n chilena, que es una e indivisible¡±. Adem¨¢s, ¡°el Estado respetar¨¢ y promover¨¢ sus derechos individuales y colectivos garantizados por esta Constituci¨®n, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes¡±. El experto Couso destaca, adem¨¢s, que el Estado reconoce su interculturalidad.
Sin embargo, el nuevo anteproyecto dista mucho de la propuesta de la Convenci¨®n Constitucional que se rechaz¨® en 2022, que estableci¨® que Chile era un Estado plurinacional y, entre otras normas, que fueron muy cuestionadas en su tiempo, se estableci¨® el pluralismo jur¨ªdico y que ¡°el Estado reconoce los sistemas jur¨ªdicos de los pueblos y naciones ind¨ªgenas, los que en virtud de su derecho de libre determinaci¨®n, coexisten coordinados en un plano de igualdad con el sistema nacional de Justicia¡±.
Mecanismos de democracia participativa
Couso destaca de la nueva propuesta los mecanismos participaci¨®n y democracia directa: ¡°Son importantes. Con el 4% del ¨²ltimo padr¨®n electoral, se podr¨¢ (la ciudadan¨ªa) proponer una iniciativa popular de ley, que el Congreso deber¨¢ considerar para estar de acuerdo o no. Y, con el 3% del ¨²ltimo padr¨®n, se podr¨¢ proponer la revocaci¨®n de una ley o parte de una ley, y ah¨ª deber¨¢, aceptarlo o no, un refer¨¦dum¡±.
Y a?ade: ¡°Esto instala mecanismos de democracia participativa como no hay¡±.
Familia y derecho a la vida
La Constituci¨®n actual dice que la familia es el n¨²cleo fundamental de la sociedad, una frase que tambi¨¦n contiene este borrador. Pero agrega otra l¨ªnea, que ampl¨ªa el concepto en plural: ¡°Es deber del Estado y la sociedad dar protecci¨®n a las familias y propender a su fortalecimiento¡±.
El texto que rige hoy en Chile, adem¨¢s, se refiere en su art¨ªculo 1 al derecho a la vida y a la integridad f¨ªsica y ps¨ªquica de la persona y que ¡°la ley protege la vida del que est¨¢ por nacer¡±. En cambio, el anteproyecto de la comisi¨®n experta se?ala solamente lo siguiente: ¡°El derecho a la vida¡±, y reitera, inmediatamente, que se proh¨ªbe la pena de muerte. ¡°El derecho a la integridad personal, que incluye el derecho a la integridad f¨ªsica y ps¨ªquica. Nadie ser¨¢ sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes¡±, agrega.
En la propuesta rechazada en 2022, en cambio, se consagr¨® el derecho al aborto en la Constituci¨®n: ¡°Toda persona es titular de derechos sexuales y reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, aut¨®noma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducci¨®n, el placer y la anticoncepci¨®n¡±.
Cambio clim¨¢tico y medioambiente
La Constituci¨®n de 1980 en su tiempo fue innovadora al establecer ¡°el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminaci¨®n¡±. Pero la nueva propuesta va mucho m¨¢s all¨¢: ¡°Es deber del Estado el cuidado y la conservaci¨®n de la naturaleza y su biodiversidad, protegiendo el medio ambiente y promoviendo la sostenibilidad y el desarrollo¡±.
Adem¨¢s, la comisi¨®n experta ha incorporado un nuevo cap¨ªtulo sobre Protecci¨®n del medio ambiente, sostentabilidad y desarrollo: se habla del cuidado de la naturaleza y su biodiversidad ¡°considerando a las actuales y futuras generaciones¡±, de energ¨ªas renovales y, entre muchos otros aspectos, de cambio clim¨¢tico por primera vez. ¡°El Estado implementar¨¢ medidas de mitigaci¨®n y adaptaci¨®n, de manera oportuna y justa, ante los efectos del cambio clim¨¢tico. Asimismo, promover¨¢ la cooperaci¨®n internacional para la consecuci¨®n de estos objetivos¡±, dice el texto aprobado el martes.
La Convenci¨®n Constitucional, en tanto, cuya propuesta fue rechazada rotundamente por la ciudadan¨ªa en septiembre de 2022, se?alaba en un art¨ªculo que ¡°la naturaleza tiene derecho a que se respete y proteja su existencia, a la regeneraci¨®n, a la mantenci¨®n y a la restauraci¨®n de sus funciones y equilibrios din¨¢micos, que comprenden los ciclos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad¡±.