Desmontando a La Pepa
La Constituci¨®n de 1812 fue un icono liberal, que celebra su bicentenario aligerada de su halo m¨ªtico por los historiadores
A La Pepa le ocurri¨® lo que a James Dean. Murieron j¨®venes, cargados de promesas y alcanzaron similar podio: tanto el protagonista de Al este del Ed¨¦n como la Constituci¨®n de C¨¢diz de 1812 son mitos en sus respectivos parnasos. ?Fueron en realidad el mejor actor de su generaci¨®n y el arranque de la democracia en Espa?a? Dean aparte, los historiadores tienen una respuesta clara a prop¨®sito de la Carta Magna de 1812.
"Fue m¨ªtica a pesar de que estuvo pocos a?os vigente porque marc¨® dos pasos decisivos que son la base del sistema pol¨ªtico liberal: la soberan¨ªa nacional y la divisi¨®n de poderes", reflexiona Emilio La Parra, catedr¨¢tico de Historia Contempor¨¢nea de la Universidad de Alicante. "No se puede decir que es el inicio de la democracia, porque no reconoce derechos pol¨ªticos a todos, excluye a las mujeres, a los ind¨ªgenas, a los negros y a los esclavos, pero probablemente sea uno de nuestros textos jur¨ªdicos referenciales", a?ade.
El Consorcio del Bicentenario de la Constituci¨®n de 1812 conmemora con m¨²ltiples actividades los dos siglos desde la aprobaci¨®n de un texto que, seg¨²n el presidente del organismo, Francisco Menacho, "estableci¨® que las personas dejasen de ser s¨²bditos y pasasen a ser ciudadanos". Por vez primera la soberan¨ªa reside "en la naci¨®n", aunque el catedr¨¢tico La Parra aclare que la soberan¨ªa "popular", base de la democracia, no se reconoce hasta 1931.
A la efem¨¦ride se llega despu¨¦s de unas d¨¦cadas de revisiones historiogr¨¢ficas que han puesto las cosas en su sitio. En 1812, como ya se ha dicho, no naci¨® la democracia aunque se asentaron pilares de un modelo pol¨ªtico que romp¨ªa con el antiguo r¨¦gimen. A pesar de que solo se aplic¨® 15 meses en un territorio que convalec¨ªa de una guerra de liberaci¨®n contra Napole¨®n y, de nuevo fugazmente, entre 1820 y 1823, se incrust¨® en el imaginario liberal y popular como icono de la libertad. "Tiene una carga simb¨®lica muy fuerte, durante el XIX y el XX encarn¨® una idea del mito democr¨¢tico, aunque tuviese resabios del siglo XVIII", sostiene Isabel Burdiel, premio Nacional de Historia en 2011 por su biograf¨ªa sobre la reina Isabel II (Taurus). "Es una Constituci¨®n que hace de puente, se plantea los derechos y la idea de ciudadan¨ªa (masculina), pero su mundo de reflexi¨®n pertenece al XVIII", a?ade.
La protecci¨®n del individuo es una de las premisas jur¨ªdicas del texto
"Hoy sabemos que la Constituci¨®n se lee mucho m¨¢s acertadamente si se advierte que en ella hay m¨¢s de mantenimiento del tradicional mundo de las corporaciones y de los pueblos del antiguo estado jurisdiccional, que de establecimiento de un Estado liberal de nueva planta", plantea Javier Barrientos, miembro de la Academia chilena de la Historia.
Del pasado se arrastra igualmente la monumental injerencia eclesi¨¢stica: la naci¨®n se declara cat¨®lica, se proh¨ªbe el culto de cualquier otra religi¨®n y se otorgan fueros privilegiados al clero. Sobre La Pepa, mote acu?ado por la fecha de su aprobaci¨®n (19 de marzo de 1812, san Jos¨¦), elegida a su vez como gui?o al rey Fernando VII que arranc¨® su reinado el 19 de marzo de 1808, han corrido algunos bulos hist¨®ricos inherentes a los mitos. A la ya falsa idea de que fue la primera constituci¨®n democr¨¢tica espa?ola, se suman otras como la prohibici¨®n de la Inquisici¨®n. Emilio La Parra, que hizo su tesis doctoral sobre el tema, es rotundo: "Es mentira. La Inquisici¨®n se suprime el 23 de febrero de 1813, casi un a?o despu¨¦s, aunque es verdad que los diputados se plantean la supresi¨®n de la Inquisici¨®n tomando como punto de partida la Constituci¨®n de 1812".
En su art¨ªculo 303, la Carta Magna aprobada en C¨¢diz prohib¨ªa expresamente las torturas a los detenidos, lo que casaba mal con las t¨¦cnicas usadas en procesos inquisitoriales. La protecci¨®n del individuo es una de las premisas jur¨ªdicas que recorre el espinazo del texto gaditano. En Espa?a, sin duda supone la primera consagraci¨®n de los derechos humanos (entendidos en su contexto hist¨®rico, esto es, sin mujeres, negros ni indios). Se reconocen la libertad de expresi¨®n e imprenta y otros derechos como el de propiedad o la seguridad personal. Se establece como objetivo del Gobierno "la felicidad de la naci¨®n".
"La consecuci¨®n de la felicidad es una de las utop¨ªas de la Ilustraci¨®n", explica Alberto Ramos, catedr¨¢tico de Historia Contempor¨¢nea de la Universidad de C¨¢diz y coordinador de un proyecto de investigaci¨®n de historia comparada. "C¨¢diz se convirti¨® en una escuela pol¨ªtica que influy¨® en Am¨¦rica y Europa, como modelo de un pa¨ªs que lucha por su independencia contra un ej¨¦rcito invasor y al tiempo es capaz de hacer una revoluci¨®n pol¨ªtica", indica Ramos.
Para el historiador chileno Javier Barrientos, el momento m¨¢s relevante para la Am¨¦rica hispana arranca con la convocatoria de las Cortes porque introduce la discusi¨®n pol¨ªtica entre las ¨¦lites para elegir a sus diputados y porque el debate sobre la Constituci¨®n permite discutir "cuestiones americanas que hab¨ªan permanecido en el olvido: se es consciente de la existencia de una mayor¨ªa de poblaci¨®n ind¨ªgena respecto de la cual hay que tomar una posici¨®n pol¨ªtica frente a su declaraci¨®n como ciudadanos, se es consciente de la diversidad americana, de la existencia de castas, se es consciente del peso econ¨®mico de Am¨¦rica en la monarqu¨ªa...". Contribuy¨® en muchos casos, a?ade, a los procesos de independencia. En el caso de Chile, fue uno de los textos que nutrieron la Constituci¨®n liberal de 1828. Hasta aqu¨ª lo real, pero el mito tuvo tal auge que hasta Albert Camus situ¨® en el C¨¢diz de la ¨¦poca su obra El estado de sitio.
Al servicio de la felicidad y el civismo
- Art¨ªculo 3. La soberan¨ªa reside esencialmente en la naci¨®n, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
- Art¨ªculo 13. El objeto del Gobierno es la felicidad de la naci¨®n, puesto que el fin de toda sociedad pol¨ªtica no es otro que el bienestar de los individuos que la componen.
- Art¨ªculo 303. (...) No se usar¨¢ nunca del tormento ni de los apremios.
- Art¨ªculo 339. Las contribuciones se repartir¨¢n entre todos los espa?oles con proporci¨®n a sus facultades, sin excepci¨®n ni privilegio alguno.
- Art¨ªculo 366. En todos los pueblos de la Monarqu¨ªa se establecer¨¢n escuelas de primeras letras, en las que se ense?ar¨¢ a los ni?os a leer, escribir y contar; y el catecismo de la religi¨®n cat¨®lica, que comprender¨¢ tambi¨¦n una breve exposici¨®n de las obligaciones civiles.
- Art¨ªculo 371. Todos los espa?oles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas pol¨ªticas sin necesidad de licencia, revisi¨®n o aprobaci¨®n alguna anterior a la publicaci¨®n, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes.
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