El Supremo falla a favor de los descubridores de una necr¨®polis
El premio no puede limitarse al valor de hallazgo de los primeros restos ¨®seos, sino a todo el conjunto funerario encontrado en C¨¢diz
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha fallado que los descubridores de unos restos ¨®seo y cer¨¢micos de lo que luego result¨® ser la necr¨®polis de Monte Bajo en Alcal¨¢ de los Gazules (C¨¢diz), tienen derecho a ser recompensados seg¨²n el ¡°valor¡± de la totalidad de la necr¨®polis y no solo por el de los fragmentos hallados, que la Junta de Andaluc¨ªa evalu¨® en 15.800 euros.
El Supremo confirma as¨ª una primera sentencia dictada en 2008 por el Tribunal Superior andaluz, que dio la raz¨®n a Diego Gil Birues de Segovia y Manuela Lago L¨®pez, los descubridores del hallazgo arqueol¨®gico. Seg¨²n aquella sentencia, la valoraci¨®n del hallazgo procedente de una sepultura debe referirse a toda la necr¨®polis, tanto en sus elementos muebles como inmuebles.
El Supremo explica ahora que los demandantes descubrieron por azar restos ¨®seos y fragmentos de cer¨¢mica en los terrenos de la presa del r¨ªo Barbate, y el personal t¨¦cnico que lo visit¨® al d¨ªa siguiente comprob¨® la existencia de ¡°estructuras excavadas en el terreno natural y ostostratos que pod¨ªan configurar d¨®lmenes de peque?o y mediano tama?o, y por tanto, estructuras funerarias artificiales¡±. Es decir, el hallazgo de una sepultura desencaden¨® la intervenci¨®n arqueol¨®gica que dio lugar a la localizaci¨®n de la necr¨®polis del Paraje de Monte Bajo.
Para resolver si el valor que ha de tomarse en cuenta para el premio en met¨¢lico a los descubridores debe de ser el de los restos hallados (tesis de la Administraci¨®n), o el de la totalidad de la necr¨®polis (tesis de los descubridores y de los jueces del Tribunal Superior), el Supremo ha rebuscado en sus antecedentes y ha encontrado un caso similar fallado en 1992 sobre el hallazgo de un mosaico romano.
Entonces, el Supremo resolvi¨® que el hallazgo de un mosaico romano del siglo IV d.C., que adornaba el pavimento de la villa romana de Carranque, condujo al descubrimiento de 23 mosaicos m¨¢s y todos ellos eran ¡°elementos de un mismo conjunto arquitect¨®nico¡±. El alto tribunal rechaz¨® el criterio de que a efectos de la indemnizaci¨®n se ten¨ªa que reconocer al descubridor ¡°solamente el mosaico de una estancia de la villa¡± y se tom¨® como valor de referencia ¡°el correspondiente al del conjunto de los mosaicos¡±.
La sentencia no determina el premio por el descubrimiento, que deber¨¢ ser fijado a partir de ahora, pero dice que el criterio de indemnizar por el conjunto de la necr¨®polis ¡°no comporta un enriquecimiento injusto para el descubridor, pues el premio en met¨¢lico de ¨¦ste tiene como contrapartida el enriquecimiento del Patrimonio Hist¨®rico logrado con su hallazgo¡±.
Babelia
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