Anulada la metodolog¨ªa para las tarifas de la propiedad intelectual
El Tribunal Supremo atiende el recurso de la Conferencia de Rectores y tumba la orden ministerial aprobada en 2015
El Tribunal Supremo ha anulado la orden ministerial aprobada en 2015 que regula la metodolog¨ªa para determinar las tarifas generales de las entidades de gesti¨®n de derechos por la utilizaci¨®n de su repertorio. La sentencia no afecta a los criterios para fijar los precios, que est¨¢n detallados en la Ley de Propiedad Intelectual, seg¨²n explican expertos en derechos de autor.
Ante este nuevo panorama, podr¨ªa elaborarse una modificaci¨®n expr¨¦s sin modificar el contenido de la orden. En este caso la sentencia no tendr¨ªa ning¨²n impacto. Pero el ministerio tambi¨¦n podr¨ªa aprovechar la circunstancia y clarificar algunos aspectos de la orden, para evitar conflictos como los que est¨¢ tramitando la Comisi¨®n de Propiedad Intelectual (CPI). Uno de ellos enfrenta a las radios privadas con AGEDI-AIE y el otro dirime diferencias entre Telef¨®nica y EGEDA.
El Supremo, que ha atendido el recurso presentado por la Conferencia de Rectores, argumenta que durante la tramitaci¨®n de la orden del Ministerio de Educaci¨®n, Cultura y Deporte no se tuvo en cuenta el impacto que esta norma podr¨ªa tener en la econom¨ªa de las familias, pese a que hab¨ªa sido advertido de esta omisi¨®n por el Consejo de Estado.
Fuentes de Cultura quitaron trascendencia a la sentencia porque ¡°las tarifas de derechos no est¨¢n afectadas por la misma, sino la metodolog¨ªa y, por tanto, seguir¨¢n vigentes¡±. No obstante, el ministerio subsanar¨¢ los problemas detectados en la metodolog¨ªa por el Supremo en cuanto tenga ocasi¨®n. La sentencia entrar¨¢ en vigor tras su publicaci¨®n en el BOE.
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