Warner Bros indemnizar¨¢ con 25.000 euros a un hombre por incluir su foto en ¡®El contable¡¯ y asociarla a un mafioso
La productora aleg¨® en un juzgado de Val¨¨ncia que la imagen se la dio el FBI y se inclu¨ªa en una orden de b¨²squeda de 2004 por estafa
Un juzgado de Primera Instancia de Val¨¨ncia ha condenado a Warner Bros Entertainmet Espa?a y a Warner Bros Pictures a indemnizar con 25.000 euros a un hombre por incluir una fotograf¨ªa suya en la pel¨ªcula de El contable y asociarla a un mafioso. Estima que se ha vulnerado su derecho al honor y/o a la propia imagen.
As¨ª se desprende de la resoluci¨®n, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el juez estima parcialmente la demanda formulada por la v¨ªctima, residente en Val¨¨ncia, contra Warner, y fija la indemnizaci¨®n de 25.000 euros m¨¢s los intereses legales correspondientes.
El demandante se percat¨® de que se hab¨ªa utilizado su fotograf¨ªa por la productora del film El contable, protagonizada por Ben Afleck y Anna Kendrick, y dirigida por Gavin O¡¯Connor, y se le asociaba a una familia mafiosa neoyorkina.
Su imagen aparec¨ªa en la parte superior de un grupo de fotograf¨ªas de la familia Gambino. El hombre, empresario, aleg¨® que con ello se hab¨ªa visto afectada su honorabilidad e imagen profesional y asegur¨® que nunca hab¨ªa consentido el uso de imagen para esa pel¨ªcula. Aludi¨® a da?os morales y reclamaba una indemnizaci¨®n de 250.000 euros en base a los ingresos obtenidos por Warner con la pel¨ªcula.
Las mercantiles cinematogr¨¢ficas se opusieron a esta pretensi¨®n argumentando que la imagen del hombre se la proporcion¨® una autoridad estadounidense (FBI). Se trataba de una imagen incluida en una orden de b¨²squeda emitida en el a?o 2004 como consecuencia de la imputaci¨®n del demandante de la presunta comisi¨®n de un delito de estafa inform¨¢tica.
Adem¨¢s, Warner aleg¨® que la fotograf¨ªa carec¨ªa de relevancia en la pel¨ªcula. Tambi¨¦n sostuvo que no se hab¨ªa lesionado su honor y que no hab¨ªa da?o moral. El ministerio fiscal, por su parte, interes¨® una estimaci¨®n parcial de la demanda al ver vulnerado el derecho a la propia imagen y solicitaba una indemnizaci¨®n de 15.000 euros.
Un segundo, en blanco y negro
Tras estudiar los hechos, el juez ve probada la aparici¨®n de la imagen sin ning¨²n tipo de consentimiento, ni expreso ni t¨¢cito, y recoge que se ve durante un segundo aproximadamente en un cuadro o panel de fotograf¨ªas en blanco y negro bajo el r¨®tulo suspected gambino family associates. Por tanto, estima una intromisi¨®n ileg¨ªtima en el derecho a la propia imagen del demandante. Y al mismo tiempo, por la forma en la que se utiliza la foto, incluy¨¦ndola junto a otros delincuentes buscados por la polic¨ªa, sospechosos de formar parte de una familia mafiosa, considera que se vulnera el derecho al honor.
Al respecto, el juez advierte de que no es lo mismo utilizar la imagen de forma positiva y ofreciendo con ella valores que hacerlo figurar como un posible delincuente, que es como aparece en este caso.
Pese a tratarse de una obra de ficci¨®n, cinematogr¨¢fica, el demandante no es un actor profesional para el que puede ser irrelevante representar un papel de delincuente, sino una persona ajena al mundo del arte para el que adquiere suma importancia la forma en que se le representa o el modo en el que se usa su imagen, recuerda la resoluci¨®n.
¡°Sabido es, por otra parte, que muchos actores y actrices son reacios a interpretar papeles en los que representen a personas malvadas o delincuentes¡±, apostilla el juez, quien pone de ejemplo lo que dec¨ªa Bette Davis en su autobiograf¨ªa sobre sus ¡®jefes¡¯ en la Warner: ¡°Mis patrones cre¨ªan que, interpretando a un personaje tan desagradable, echaba piedras sobre mi propio tejado... Creo que me identificaban con ¨¦l y que nos merec¨ªamos mutuamente¡±, reproduce.
Sobre la cuant¨ªa a indemnizar, el magistrado indica que se ha hecho hincapi¨¦ en los ingresos obtenidos por las demandadas en la comercializaci¨®n de la pel¨ªcula, pero ¡°ni se explica ni se entiende en qu¨¦ medida la utilizaci¨®n de la imagen del demandante guarda relaci¨®n con los ingresos obtenidos¡±. A su entender, ¡°m¨¢s importancia¡± tendr¨ªa el n¨²mero de espectadores, aunque no hay referencias al respecto.
Por otro lado, desliza un matiz: ha quedado acreditado que se hab¨ªa difundido informaci¨®n por distintos medios, y especialmente en internet, sobre la existencia de un procedimiento penal en el que se investigaba la posible participaci¨®n del demandante en la comisi¨®n de un delito de estafa. Adem¨¢s, el hombre hab¨ªa estado preso en la c¨¢rcel de Picassent.
Valorando estas circunstancias y teniendo en cuenta las cuant¨ªas que como indemnizaci¨®n suele establecer el Tribunal Supremo en supuestos de vulneraci¨®n de derecho al honor y/o propia imagen, as¨ª como que en este caso el desvalor de la conducta aumenta, al afear a dos derechos, se establece una indemnizaci¨®n total de 25.000 euros. La resoluci¨®n ya es firme.
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