El grupo Triana no es una obra amparada por la propiedad intelectual
Un juez desestima la demanda del ¨²nico superviviente del m¨ªtico grupo de rock andaluz, que reclamaba 180.000 euros al actual vocalista por derechos de autor
?Constituye el grupo Triana una obra amparada por la propiedad intelectual? Esta es la reivindicaci¨®n que plante¨® Eduardo Rodr¨ªguez Rodway, el guitarrista y ¨²nico integrante vivo de la formaci¨®n original del m¨ªtico grupo de rock andaluz, en la demanda en la que reclamaba 180.000 euros al actual vocalista de la banda, Juan Reina, por derechos de au...
?Constituye el grupo Triana una obra amparada por la propiedad intelectual? Esta es la reivindicaci¨®n que plante¨® Eduardo Rodr¨ªguez Rodway, el guitarrista y ¨²nico integrante vivo de la formaci¨®n original del m¨ªtico grupo de rock andaluz, en la demanda en la que reclamaba 180.000 euros al actual vocalista de la banda, Juan Reina, por derechos de autor. Y es la pregunta a la que ha dado respuesta un juez del Tribunal de lo Mercantil de Sevilla. En su auto desestima la pretensi¨®n del m¨²sico por entender que no ha ¡°identificado con suficiente precisi¨®n y objetividad un objeto que constituya la obra susceptible de protecci¨®n¡±.
El magistrado sostiene que cada creaci¨®n musical ¡°tiene su propia individualidad respecto a su autor¨ªa y protecci¨®n¡±, mientras que Rodr¨ªguez en su demanda se refer¨ªa ¡°de forma general a la obra global e intelectual¡±, aludiendo tambi¨¦n a que se trataba de una obra ¡°universal e imperecedera¡±. El juez argumenta que el guitarrista no ha probado qu¨¦ elementos concretos, o canciones, pueden considerarse parte de esa obra universal e imperecedera y advierte de que ¡°la propiedad intelectual no protege las meras ideas, sino la plasmaci¨®n formal de las mismas en una obra determinada¡±.
Durante la vista oral celebrada telem¨¢ticamente el pasado mes de febrero, el abogado de Rodr¨ªguez asegur¨® que Triana es, adem¨¢s, ¡°un g¨¦nero musical¡±, ¡°una forma de pensar¡±, ¡°un legado cultural¡±. El juez tambi¨¦n rechaza esa descripci¨®n del grupo ¡°por la absoluta falta de actividad probatoria¡± y porque esos alegatos se incorporaron con posterioridad a que se hubiera fijado el objeto del juicio.
¡°Estoy contento, pero realmente yo en este juicio era un convidado de piedra, no pintaba nada¡±, se?ala a este peri¨®dico Juan Reina, que entr¨® a formar parte de la banda como vocalista en 1994, cuando el bater¨ªa Juan Jos¨¦ Palacios, Tele, acuciado por problemas econ¨®micos, decidi¨® resucitar al tr¨ªo, que hab¨ªa dejado de actuar tras el fallecimiento del cantante y fundador del grupo, Jes¨²s de la Rosa. Tele hab¨ªa registrado el nombre de la formaci¨®n en 1974. Cuando el percusionista falleci¨® en 2002, los nuevos componentes siguieron actuando. ¡°Yo soy un m¨²sico m¨¢s, no s¨¦ por qu¨¦ esa inquina¡±, se lamenta Reina.
Rodr¨ªguez demand¨® a Reina y a Daniel Mart¨ªnez, productor y manager de la banda, por entender que una vez fallecidos el resto de los integrantes originales de Triana, el ¨²nico legitimario de su legado era ¨¦l. En su demanda describ¨ªa la forma de operar de la formaci¨®n como una comunidad de bienes en la que cada uno de sus miembros ten¨ªa una participaci¨®n individual del 33,33% sobre todos los derechos y obligaciones que generaban. Rodr¨ªguez asum¨ªa su parte al¨ªcuota como propia e independiente de la de los dem¨¢s, incluyendo los derechos de autor de car¨¢cter moral y patrimonial como coautor y compositor de la obra global e intelectual. Con esta argumentaci¨®n justificaba que el legado de Triana ¡°conformaba una obra intelectual universal e imperecedera¡±.
Reina sostiene que esta demanda tiene su origen en otro pleito de 2016 impulsado, en esa ocasi¨®n, por el vocalista actual y los herederos de Tele por ¡°intromisi¨®n ileg¨ªtima en el honor¡± a ra¨ªz de algunos comentarios que Rodr¨ªguez verti¨® sobre ellos en varios medios de comunicaci¨®n. Aunque en primera instancia un juzgado de Carmona dio la raz¨®n a los demandantes, el pasado 30 de junio, la Audiencia de Sevilla revocaba el fallo.
Los magistrados reconoc¨ªan que las expresiones insultantes y vejatorias vertidas por Rodr¨ªguez ¡°si bien son imprecisas, desafortunadas y desmesuradas, no vulneran el derecho al honor de los demandantes y est¨¢n amparadas por la libertad de expresi¨®n de un integrante del grupo musical Triana, en franca disidencia con los actuales miembros del mismo y alg¨²n miembro anterior, pudiendo tildarse de sat¨ªricas¡±.
El actual vocalista ha confirmado a este diario que han recurrido esta sentencia ante el Tribunal Supremo. La trayectoria de rencores, traiciones, malentendidos, inquinas y resentimientos que se abre tras el fallecimiento en 1983 de De la Rosa parece que continuar¨¢ en el escenario judicial. Un feo legado que puede poner sordina al que sigue resonando gracias a temas como Tu frialdad, S¨¦ de un lugar o Una noche de amor desesperada.