Se reunificar¨¢n los tres organismos del Consejo Superior de Investigaciones Cient¨ªficas
La concepci¨®n del instituto de Investigaciones como unidad b¨¢sica de la estructura del Consejo Superior de Investigaciaonies Cient¨ªficas, es uno de los aspectos fundamentales de la futura ley de ordenaci¨®n de dicho organismo, que actualmente estudia el Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia.
El planteamiento del Instituto a trav¨¦s de la citada ley, hoy en proyecto, le sit¨²a en un nivel de autonom¨ªa para manejar los presupuestos recibidos a partir de la elaboraci¨®n previa de un programa de investigaci¨®n.Otro aspecto fundamental, que ya se ha abordado con el nombramiento de un secretario general, es la unificaci¨®n de los tres organismos que hoy forman el Consejo Superior de Investigaciones Cient¨ªficas, lo cual implica la desaparici¨®n de dos org¨¢nismos: el Patronato Juan de la Cierva y la divisi¨®n de Ciencias.
Esta reunificaci¨®n, ya que inicialmente el Consejo era un ¨²nico organismo que posteriormente se dividi¨® en tres, comporta una serie de beneficios como una unidad de criterios, un fortalecimiento de la autoridad del CSIC -tanto ante la Administraci¨®n y la sociedad como dentro de s¨ª mismo, el aprovechamiento m¨¢ximo de la colaboraci¨®n entre los diversos Institutos que permitir¨¢ la racionalizaci¨®n del trabajo, el ahorro de medios materiales y mejor distribuci¨®n del personal.
En el plano de la participaci¨®n, el proyecto de ley que se estudia, incluye la representaci¨®n de todos los estamentos del Consejo en los ¨®rganos de gobierno. En la junta de gobierno del CSIC se se?ala, adem¨¢s de la presencia del ministro de Educaci¨®n y Ciencia, como presidente nato, y la del titular del Consejo, la inclusi¨®n de representantes del personal investigador y del no investigador.
Por otra parte, el proyecto contempla la existencia de comisiones asesoras que integren representantes de organismos estatales, privados, y de sectores sociales que puedan colaborar con la labor del Consejo al objeto de facilitar una verdadera interconexi¨®n entre este organismo y la sociedad, en base al servicio que ¨¦sta deba ofrecer al CSIC y al conocimiento que los diferentes sectores sociales deben tener de la existencia y actividad de este organismo para atender una serie de necesidades reales del pa¨ªs.
En la actualidad se ha llegado a la tercera redacci¨®n del proyecto de reglamento que, entre otras cosas, establece las funciones de los ¨®rganos de gobierno o de los Institutos, y la participaci¨®n en los mismos de los diferentes estamentos. Por otra parte, se ha puesto de relieve en fuentes pr¨®ximas al proyecto de ley, que en el futuro reglamento, que desarrolle dicho proyecto se trate, como objetivo primordial, el mantener al CSIC fuera del alcance de los avatares pol¨ªticos.
En cuanto al tema presupuestar¨ªo, los medios consultados se?alan que ning¨²n ordenamiento legal tendr¨¢ fruto, ni ofrecer¨¢ consistencia al Consejo, si no se alcanzan ciertos niveles m¨ªnimos presupuestarios que permitan una actividad investigadora real. En este sentido se apuntan como cifras m¨ªnimas ideales, en comparaci¨®n con las cantidades destinadas a investigaci¨®n por otras naciones, har¨ªa falta que se dedicase, en Espa?a, a gastos de mantenimiento e investigaci¨®n el 18 y el 36 por 100, respectivamente, de los gastos, destinados a personal, que son actualmente unos 3.000 millones de pesetas anuales. Las mismas fuentes a?aden que a la hora de programar inversiones en investigaci¨®n, el 50 por 100 de las mismas se destinan a la importaci¨®n de materiales b¨¢sicos de investigaci¨®n, que.deben ser utilizados en los laboratorios espa?oles.
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